Reabren la causa contra Caixabank, Ibercaja, ING y Bandenia por blanqueo de capitales
La Sala dice que el juez archivó sin indagar lo suficiente y le ordena tomar declaración a representantes de los bancos
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha acordado reabrir la pieza separada del conocido como ‘caso Bandenia’ en la que se investigaba a las entidades bancarias ING, Caixabank, Ibercaja, Bandenia Banca Privada PLC y Bandenia Banca Privada Sucursal en España por presunto blanqueo de capitales.
En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados de la Sección Cuarta revocan la decisión del titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5, Santiago Pedraz, que decidió archivar esta línea investigación el pasado mes de julio «al no resultar debidamente justificada la perpetración de los delitos que se le imputaban» a los bancos.
Ahora, los magistrados han estimado parcialmente el recurso de Fiscalía, que pedía que se prorrogase la instrucción durante al menos seis meses para tomar declaración a investigados y testigos y seguir ahondando en las pesquisas.
En concreto, la Sala considera que procede acordar esa nueva prorroga de medio año «a fin de practicar la declaración de los representantes especialmente designados de las personas jurídicas», es decir, de los bancos.
El Ministerio Público, no obstante, había solicitado que declarasen los responsables de los programas de cumplimiento normativo de los bancos, una premisa a la que no han accedido los magistrados de la Sección Cuarta.
En el auto, la Sala reprocha al juez Pedraz que no haya efectuado «un análisis de los indicios, o cuando menos de aquellos que pudieran apuntar hacia una supuestas conductas delictivas a fin de desvirtuarlos».
«O cuando menos de acreditar su insuficiencia a fin de la continuación de las actuaciones, máxime cuando al parecer existen diligencias de investigación que aún no han sido incorporadas a la causa, y que por tanto, no han sido objeto de análisis por parte del instructor, siendo así que por el contrario, el Ministerio Fiscal en su escrito de recurso aporta números indicios derivados del resultado de las diligencias de investigación hasta la fecha practicadas, que exigirían cuando menos un pronunciamiento específico al respecto», concluyen los magistrados.
El origen de la pieza
El entonces titular del Juzgado, el magistrado José de la Mata, acordó la creación de esta pieza separada en julio de 2019. Y lo hacía, según explicó entonces, tras haber obtenido datos objetivos que apuntaban «al incumplimiento sistemático de la legislación vigente en materia de prevención de blanqueo de capitales por parte de Ibercaja, Caixabank e ING en las operativas bancarias desarrolladas en estas entidades por parte del Grupo Bandenia».
En su auto, el juez detallaba que «una de las principales actividades» de Bandenia era «actuar como banco pantalla para simular la prestación de un amplio espectro de servicios financieros, entre ellos realizar movimientos internacionales de divisas ocultando a los organismos fiscalizadores españoles y de otras jurisdicciones a los verdaderos titulares de los capitales desplazados».
«El principal mecanismo empleado por Bandenia para llevar a cabo los movimientos de divisas bajo la apariencia de actividades presuntamente lícitas, consistía en la apertura de cuentas omnibus en diversas entidades financieras españolas, junto con la emisión de garantías bancarias y la concesión de préstamos para justificar los movimientos de capital, que formalmente se atribuyen de modo único a alguna sociedad del grupo Bandenia», explicaba De la Mata.
Para ello, según el juez, en primer lugar se procedía a firmar un contrato de cuentas en participación con cada cliente, a través del cual Bandenia asignaba a cada uno de ellos una cuenta interna de su matriz o de alguna de las entidades asociadas a la misma.
Perder la trazabilidad del dinero
«En segundo lugar, Bandenia contrataba la apertura de cuentas bancarias de abono en entidades financieras españolas, como Caixabank, Ibercaja e ING. La titularidad de estas cuentas la ostentaba fundamentalmente Bandenia Banca Privada PLC», añadía el magistrado.
En tercer lugar, según el relato judicial, Bandenia vinculaba internamente cada una de esas cuentas bancarias abiertas en las entidades financieras españolas a varias cuentas internas de su propia matriz, las cuales pertenecen a diferentes clientes y agrupándolas normalmente por divisas.
«La conclusión es que, de esta manera, a través de una única cuenta titulada en alguna de las entidades bancarias anteriormente descritas, Bandenia realizaba operaciones financieras en las que participaban diversas cuentas internas de Bandenia, que correspondían a clientes diferentes», explicaba el instructor.
Así, mediante estas operaciones, los fondos se enviaban a través de una transferencia electrónica a bancos o sociedades extraterritoriales (centros offshore), ubicados en lugares donde el secreto bancario y societario es suficientemente fuerte como para que se pierda la trazabilidad del dinero, bien sea en bancos en paraísos fiscales, o a través de fiducias o sociedades pantalla.