Campaña de la renta 2023: cómo modificar una declaración ya presentada
Es posible corregir errores en declaraciones tanto del ejercicio actual como de ejercicios anteriores que no hayan prescrito
Descubrir que hay un error en la declaración que ya has envíado a Hacienda es una de las situaciones más incomodas y desagradables que se pueden dar en relación a este tema. La cuestión es, ¿se puede modificar o anular una declaración de la renta ya presentada?
Y si, es posible corregir errores en declaraciones tanto del ejercicio actual como de ejercicios anteriores que no hayan prescrito. Sin embargo, es crucial saber cuándo y cómo hacerlo.
Los dos supuestos para modificar una declaración
Existen dos posibles situaciones por las que puedes querer modificar o anular una declaración ya presentada: que los errores u omisiones te causen un perjuicio económico a ti o que se lo causen a Hacienda. En función del caso, el procedimiento es diferente.
En el primer caso, si el error u omisión perjudica al contribuyente, se debe solicitar una rectificación de la declaración presentada.
En el segundo caso, si el error u omisión perjudica a Hacienda, la declaración original no se modifica y se debe presentar una nueva declaración, llamada declaración complementaria.
En algunas ocasiones, las circunstancias personales pueden cambiar, lo que puede resultar en la pérdida del derecho a una deducción, reducción o exención aplicada en una declaración anterior. En ese caso, también será necesario presentar una declaración complementaria para informar sobre esta nueva situación.
Modificar la declaración si te causa perjuicio económico
Es común olvidarse de incluir alguna deducción a la que se tiene derecho o, por error, incluir ingresos que no se han recibido. Estos errores pueden resultar en un perjuicio económico, lo que lleva a querer modificar una declaración de impuestos ya presentada.
Por ejemplo, es posible que la cantidad que se debe pagar a Hacienda sea menor de lo declarado o que se tenga derecho a una devolución de dinero mayor a la indicada en la declaración original.
Este tipo de situaciones requieren una rectificación de una declaración de la renta ya presentada. En estos casos, puedes solicitarla online a través de Renta WEB: solo tienes que acceder a tu expediente de renta y marcar la opción «Modificar declaración».
En este caso podrás rectificar directamente los datos en la propia declaración que presentaste con anterioridad. También puedes presentar un recurso o solicitud de rectificación ante el Registro; si optas por esta opción, puedes utilizar este formulario.
Eso si, debes tener en cuenta que no podrás pedir la rectificación si Hacienda ya hubiera practicado alguna liquidación —provisional o definitiva— por el error que quieres rectificar. Tampoco si han pasado ya cuatro años, que es el periodo de prescripción de las declaraciones.
Modificar la declaración si le causa perjuicio económico a Hacienda
Si descubre que ya no se cumplen los requisitos para una deducción, se omitió algún ingreso o se aplicó incorrectamente una deducción, se trata de una situación en la que la declaración de impuestos original perjudica a Hacienda. En este caso, se debe presentar una declaración complementaria para corregir la información y evitar posibles sanciones o multas.
El portal Renta WEB también te facilita este trámite. A través de la opción «Modificación de una declaración ya presentada», debes indicar que quieres presentar una declaración complementaria.
Básicamente, lo que harás será presentar una nueva autoliquidación, con todos los datos correctos. Por eso, debes incorporar, junto a los que ya estaban recogidos correctamente en la declaración presentada, los que quieras incluir o modificar ahora.
Para calcular la cuota que debes ingresar, tienes que restar del resultado de la autoliquidación complementaria que presentes el importe ingresado en la originaria, o bien sumar el importe devuelto si tu declaración inicial resultó a devolver. Ese resultado será el que deberás ingresar a Hacienda.
Plazos para modificar una declaracion ya presentada
En función del momento en el que te des cuenta del fallo en tu declaración de la renta y lo subsanes, tendrás que afrontar unas consecuencias u otras.
Si te has dado cuenta de un error en la Renta 2022, que es la que se presenta ahora, estás a tiempo de modificar tu declaración sin consecuencias hasta el próximo día 30 de junio de 2023.
La situación se complica si se te pasa el plazo. En este caso, Hacienda empieza aplicar recargos por el retraso. El recargo será un porcentaje igual al 1 por 100 más otro 1 por 100 adicional por cada mes completo de retraso con que se presente la autoliquidación o declaración respecto al término del plazo establecido para la presentación e ingreso.
A partir de los 12 meses de retraso se establece un recargo del 15 %, al que habrá que sumar los intereses de demora. Eso sí, no todos los supuestos por los que se debe presentar una autoliquidación complementaria llevan aparejados estos recargos o sanciones, tal y como recoge Hacienda en su web. Lo ideal es consultar cada caso concreto
Eso si, en el que caso en el que sea Hacienda la que detecte un error en la declaración, las sanciones pueden ser más severas, oscilando entre el 50% y el 150% de la cantidad no declarada, dependiendo de la gravedad del error. Además, se deben pagar intereses por la tardanza. Por lo tanto, es recomendable presentar una declaración complementaria lo antes posible para evitar consecuencias más graves.
Anular una declaración de la renta
La AEAT permite anular una declaración ya presentada, aunque no en todos los casos y siempre que se cumpla una serie de requisitos:
- Que hayamos presentado la declaración no estando obligados a ello.
- Que, al presentarla, sin estar obligados, hayamos perjudicado nuestros intereses o los de un miembro de la unidad familiar.
Para anular la declaración de IRPF presentada, deberás descargar y rellenar el formulario de comunicación que la AEAT tiene disponible en su web. Posteriormente tendrás que acudir en persona a tu delegación de la Agencia Tributaria para terminar de realizar la gestión.
Recuerda que la anulación deberá hacerse siempre dentro del periodo voluntario del pago del impuesto. Esto quiere decir que no se podrá anular la declaración de la renta más allá del plazo normal para presentarla, es decir, el 30 de junio.