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Economía

El Tribunal de Cuentas detecta que 281.000 autónomos recibieron ayudas indebidas

Se trata de la subvención entregada por cese de actividad durante la covid, que llegó a 1,5 millones de profesionales

El Tribunal de Cuentas detecta que 281.000 autónomos recibieron ayudas indebidas

Un camarera coloca un cartel de barra cerrada por covid. | Eduardo Sanz (Europa Press)

El Tribunal de Cuentas ha detectado que un total de 281.000 autónomos recibieron 505,5 millones de euros en ayudas por el cese de actividad en la pandemia sin cumplir los requisitos legalmente exigidos o sin estar su actividad económica suspendida por la emergencia sanitaria.

Es una de las principales conclusiones del informe de fiscalización sobre la gestión y control de la prestación extraordinaria por cese de actividad de los trabajadores autónomos afectados por la declaración del Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19.

La institución fiscalizadora ha detectado en su investigación incumplimientos de los requisitos legalmente exigidos a los trabajadores por cuenta propia. Estar dado de alta en la Seguridad Social o al corriente del pago de las cuotas son algunos de los requisitos que, al menos, 125.000 autónomos no cumplían y que recibieron 119,5 millones de euros.

A su vez, unos 156.000 autónomos recibieron 386 millones por cesar una actividad que, sin embargo, no estaba suspendida por la pandemia en el listado de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). Sumado a esto, el Tribunal de Cuentas afirma que los incumplimientos e incidencias relacionadas con el procedimiento de gestión y control de las exoneraciones de cuotas afectarían a 69.269 beneficiarios por un importe total de 41,6 millones de euros.

Medida con deficiencias

En su informe, el Tribunal de Cuentas indica que la prestación por ceses de actividad, que conllevaba tanto un prestación como la exoneración de las cotizaciones sociales, fue «eficaz» para mantener el empleo de los trabajadores autónomos, que era el fin para el que fue concebida.

Pero también ha advertido que la gestión de las ayudas ha sido «ineficiente» a tenor de las numerosa «incidencias e incumplimientos» detectados. Además, el organismo apostilla que la regulación de la prestación fue «insuficiente» en su origen y fueron necesarias hasta siete modificaciones entre 2020 y 2023. Esto, dice el Tribunal, ha provocado «inseguridad jurídica, desigualdad de trato entre los beneficiarios, y ha favorecido que surgieran disfunciones e ineficiencias en la gestión».

El organismo señala que de la prestación extraordinaria se beneficiaron en junio de 2020 casi 1,5 millones de trabajadores autónomos, el 44% de los afiliados. La prestación media abonada durante el periodo de vigencia se situó en 2.513 euros, mientras el promedio por beneficiario del importe exonerado en concepto de cotizaciones sociales ascendió a 1.007 euros. El gasto neto reconocido se ha elevado, al menos, a 3.741 millones de euros derivados del pago de esta prestación, a lo que se suman 1.495 millones de euros como consecuencia de las exoneraciones en las cotizaciones.

La comprobación de requisitos va tarde

El informe subraya que el 94% de las solicitudes de prestaciones tramitadas por las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social fueron resueltas favorablemente en 2020 de manera provisional, posponiendo la verificación del cumplimiento de todos los requisitos necesarios a la finalización del estado de alarma.

Sin embargo, esta revisión se ha pospuesto hasta 2023 con el riesgo, incluso, de que puedan verse afectadas por el plazo de prescripción de cuatro años establecido para las prestaciones indebidamente percibidas en el ámbito de la Seguridad Social. «Lo que podría, en última instancia, causar un perjuicio económico a la Seguridad Social», agrega el Tribunal.

En cuanto al procedimiento de gestión y control de las exoneraciones de cuotas, la institución ha constatado que existen «discrepancias e ineficiencias» en las distintas fuentes de información del Sistema de Seguridad Social. Con este panorama, el Tribunal recomienda que se inicie el procedimiento de revisión de las resoluciones provisionales adoptadas y que, cuando corresponda, se proceda al reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas. La institución apunta, eso sí, que estas revisiones ya se han iniciado tras recibir para alegaciones el anteproyecto de informe.

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