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El escudo antiopas del Gobierno ya ha obligado a 263 empresas a pedir el plácet de Moncloa

Esta herramienta fue incorporada en 2020 y endurecida en la ley de inversión extranjera en verano del año pasado

El escudo antiopas del Gobierno ya ha obligado a 263 empresas a pedir el plácet de Moncloa

Carlos Cuerpo, ministro de Economía. | Carlos Luján / Europa Press.

El Gobierno ha condicionado la totalidad de las operaciones de entrada de capital foráneo en empresas estratégicas españolas en los últimos cuatro años gracias al escudo antiopas. Los datos de control de inversiones extranjeras cribados por THE OBJECTIVE indican que desde 2020 se ha superado de manera sucesiva el número de solicitudes que se han analizado con esta herramienta, acumulando 263 expedientes, 97 solo en el año 2023. O lo que es lo mismo: 263 empresas se han visto obligadas a pedir el plácet de Moncloa.

El escudo antiopas -que en julio del año pasado se incorporó a la ley de inversiones extranjeras– ha estado en el punto de mira de los inversores y empresas españolas desde que se estableció por decreto como parte de las medidas económicas urgentes para mitigar los efectos de la pandemia. De hecho, muchos fondos consideran que frena la entrada de capital foráneo al generar incertidumbre y otorgar al poder político decisiones que -creen- deberían estar solo en el ámbito de la economía.

Desde 2020 este escudo antiopas ha condicionado inversiones y operaciones tan importantes como la entrada de IMF en Naturgy, la irrupción de Vivendi en Prisa, la compra de MásMóvil por parte de los fondos KKR, Cinven y Providence o más recientemente la adquisición de Vodafone por Zegona, la entrada de los saudíes de STC en Telefónica, la de Magyar Vagon en Talgo o la posible opa de Taqa y Criteria, también por la energética Naturgy.

Crecimiento progresivo

Los datos de la Secretaría de Estado de Comercio indican que su instauración –cuando se aplicó el decreto antiopas con la excusa de proteger a las empresas estratégicas españolas de la arremetida de fondos extranjeros– se han analizado 263 operaciones de extranjeros que buscaban adquirir más de un 10% del capital de una compañía española. De ellas, 212 se aprobaron sin aplicar medidas de mitigación. Es decir, sin establecer condiciones «al no apreciarse riesgos significativos para la seguridad, salud u orden públicos».

Solo una fue rechazada (en 2022), aunque el Gobierno no da nombres ni personaliza los expedientes. Del resto de las operaciones, a 24 de estos solicitantes se les aplicaron medidas de mitigación y otras 26 se archivaron tras su análisis y discusión, al considerarse que no concurría ningún supuesto del artículo 7 bis que justificara la suspensión del régimen general. Por tanto, salieron adelante sin intervención del Ejecutivo, ya que no se detectó que necesitaran someterse al control de inversiones.

Respecto de los condicionantes establecidos, el Gobierno cita medidas encaminadas a garantizar el suministro de determinados bienes o servicios considerados fundamentales y difícilmente sustituibles para la prestación de servicios esenciales; para limitar el acceso del inversor a información sensible; o destinadas a evitar pérdida de soberanía en ciertos ámbitos, especialmente en el ámbito tecnológico.

Inversión por años

Por años, en 2023 se produjo el mayor nivel de solicitudes: en total, 129 solicitudes de autorización previa en materia de inversiones extranjeras aunque finalmente se informaron 97, ya que 32 operaciones se abortaron por el solicitante, «principalmente debido a procesos de unificación de expedientes».

De ellas, nueve se archivaron tras su análisis y discusión, al considerarse que no concurría ningún supuesto que justificara la suspensión del régimen general, mientras que de las 88 operaciones restantes, 80 se autorizaron sin medidas de mitigación y a ocho se le aplicaron condicionantes. En los años anteriores, se produjeron 83, 55 y 28 peticiones, respectivamente entre los años 2022 y 2020.

Los datos demuestran -según las fuentes consultadas- que el efecto del escudo antiopas es completamente disuasorio y, pese a que solo se ha rechazado un expediente en cuatro años, permite al Ejecutivo adaptar las operaciones a sus intereses, frenando o alentando adquisiciones antes de que se llegue el final del proceso. Un mecanismo que solo por el hecho de existir fomenta el uso político de la herramienta y otorga al Ejecutivo un poder omnímodo que obliga a las empresas a adaptar sus proyectos a los requerimientos del Gobierno de turno.

Escudo antiopas

Oficialmente, el Ejecutivo indica que esta norma (el escudo antiopas) supone que la administración somete a escrutinio previo aquellas operaciones que puedan suponer un riesgo para la salud, seguridad y orden públicos. «El objetivo no es establecer barreras a la inversión extranjera, sino analizar el riesgo de estas inversiones para España, y en su caso establecer medidas de mitigación», indican descartado cualquier utilización política.

Las fuentes consultadas indican que el hecho de que no se rechacen expedientes no significa que el Gobierno tenga menos injerencia. Al contrario, advierten que es una fórmula para evitar generar revuelo entre el mundo inversor. Para ello, hay veces que frenan proyectos incluso antes de que se presenten y otras fuerzan a que se retire la petición, como ya ha pasado en casos como el de Vivendi en 2021. El grupo francés dejó sin vigor su propuesta al recibir el imput negativo del Ejecutivo.


Salida a bolsa de Talgo, empresa en la que quiere entrar Magyar Vagon y para la que ha solicitado su entrada al Gobierno a través del comité de inversión.
Salida a bolsa de Talgo, empresa en la que quiere entrar Magyar Vagon y para la que ha solicitado su entrada al Gobierno a través del comité de inversión. | Agencias

El Gobierno y la inversión

Las fuentes consultadas -algunos han participado asesorando a empresas extranjeras en estos procesos- indican que tras varias semanas o meses de discusiones previas y en el caso en que el Gobierno valore positivamente el proyecto deja que se presente la solicitud tras la que se sugieren las modificaciones pertinentes para dar el plácet definitivo a la operación y con las condiciones que exige Moncloa. Muchas de estas sugerencias se incorporan antes de la aprobación y otras -las mínimas- se incluyen como mitigantes.

De esta manera, en todos los escenarios y etapas del proceso, Moncloa -a través del Comité de Inversiones Extranjeras dependiente del Ministerio de Economía- tiene el control de quien puede (o no) adquirir participaciones relevantes de empresas estratégicas españolas, aunque en la práctica esto no se refleje en las cifras de rechazos formales. Las fuentes consultadas advierten que con el paso de los años se ha hecho imprescindible el plácet de Moncloa para cualquier operación.

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