El hecho de que los independentistas hayan presentado un recurso en contra de la decisión de la Eurocámara tras retirarles la inmunidad no frena el recorrido judicial de la extradición
La retirada de la inmunidad del eurodiputado Carles Puigdemont supone un paso imprescindible para reactivar la euroorden dictada por el Supremo aunque no es definitivo para lograr su extradición y enjuiciamiento, ya que ahora el asunto pasa a los tribunales belgas y, tal vez, al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
El pleno del Parlamento Europeo ha retirado este martes la inmunidad de los eurodiputados Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí como solicitó la Justicia española a principios de 2020, que recibe un importante aval de Europa tras varios años de decepciones y golpes de los tribunales belgas, alemanes y escoceses.
Pero este trámite no supone que pierdan su condición de eurodiputados ni que sean extraditados automáticamente, sino únicamente que se reactiven las euroórdenes en su contra que quedaron paralizadas cuando asumieron su escaño como eurodiputados.
Dicho de otro modo, la concesión del permiso para actuar contra Puigdemont y los exconsellers (el suplicatorio) permite retomar la vía judicial en Bélgica (que decide sobre Puigdemont y Comín) y Escocia (que resuelve sobre Ponsatí) pero no garantiza su entrega.
Tribunal belga para Puigdemont y Comín, escocés para Ponsatí
Porque ahora el asunto pasa nuevamente a los tribunales escoceses y belgas, que hasta la fecha no han sido proclives a los intereses españoles en ninguna de sus decisiones, especialmente los jueces belgas que se han aferrado a cuestiones de forma y también de fondo para esquivar la extradición.
El último ejemplo es el del exconseller Lluis Puig, uno de los líderes independentistas que no fue juzgado por huir del país, cuya entrega fue denegada por Bélgica al considerar «que la autoridad española que ha emitido ese mandato no era competente para hacerlo».
Precisamente, el Tribunal Constitucional avaló recientemente la competencia del Alto Tribunal para juzgar a los líderes independentistas catalanes por el 1-O, en una sentencia que puede interpretarse en clave de respuesta a la Justicia belga.
Los criterios para llevar a cabo o denegar las euroórdenes
Como no podía ser de otra forma, el magistrado instructor de la causa, Pablo Llarena, no está de acuerdo con la argumentación de los tribunales belgas y, antes de conocer el resultado de la votación, ya dio un primer paso consultando a las partes si eleva una cuestión prejudicial al TJUE acerca de las euroórdenes.
La decisión de los jueces belgas «discrepa de la que sostiene este Tribunal Supremo» afirma Llarena, para quien «la interpretación definitiva de la norma (…) afecta a las decisiones de entrega que deban tomarse en un futuro y a su eficacia procesal».
Fuentes jurídicas señalan que Llarena teme que los jueces belgas apliquen este mismo criterio a Puigdemont y los exconsellers para tumbar la extradición a España, de ahí que cobre sentido su estrategia de consultar al TJUE para que este fije de forma clara y precisa los criterios para denegar las euroórdenes.
En caso de optar por esta vía, la tramitación de la cuestión de prejudicial supondría la paralización del proceso en Bélgica y Escocia a la espera del dictamen de Estrasburgo, a donde también tienen previsto acudir los líderes independentistas.
Ahora bien, la presentación de un recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE contra la decisión de la Eurocámara de retirarles la inmunidad no frena el recorrido judicial de la extradición, que discurre al margen del recurso de los independentistas.