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La Justicia gallega autoriza el pasaporte covid para los gimnasios, residencias y eventos hasta el 18 de enero

Los magistrados destacan en el auto que las personas no vacunadas tienen la alternativa de presentar un certificado de prueba diagnóstica negativa

La Justicia gallega autoriza el pasaporte covid para los gimnasios, residencias y eventos hasta el 18 de enero

Los magistrados destacan en el auto que las personas no vacunadas tienen la alternativa de presentar un certificado de prueba diagnóstica negativa

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha autorizado la decisión de la Xunta de exigir el certificado covid-19 a las personas para acceder a residencias de mayores y de diversidad funcional, a instalaciones cerradas de práctica de deportes, piscinas cubiertas y eventos multitudinarios o a los autorizados a vender alimentos o bebidas para el consumo.

Según informa el TSXG, la medida estará vigente a partir de las 00:01 horas del día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y hasta la medianoche del 18 de enero de 2022.

Además, el alto tribunal autoriza al Gobierno gallego a prorrogar, hasta esa fecha, la condición de pedir el certificado de vacunación a visitantes y acompañantes de pacientes de centros hospitalarios y la extiende a los hospitales de día para tratamientos oncológicos y de diálisis y a los hoteles de pacientes.

También ese documento será exigido para entrar en albergues turísticos, locales de ocio nocturno y establecimientos de hostelería y de juego que cuenten con servicios de restauración.

Los magistrados destacan en el auto que las personas no vacunadas tienen la alternativa de presentar un certificado de prueba diagnóstica negativa.

Así, inciden en la necesidad de establecer la medida en los espacios indicados para que puedan mantener su aforo y el normal desarrollo de sus actividades «en situaciones en que se aprecia el incremento de riesgos de contagio, por las características peculiares de actividad, que deben ser adecuadamente controladas, o por las características de especial vulnerabilidad que concurren».

Además, los jueces subrayan que el hecho de que aunque el pasaporte covid-19 «no elimine completamente la posibilidad de nuevos contagios» sí reduce el riesgo de transmisión del virus, por lo que entienden que la medida es idónea y proporcionada.

La sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo también indica en la resolución que la medida se implementa «en respuesta a indicios racionales que ponen de manifiesto la existencia de un peligro para la salud de la población que se puede ver agravado si no se adopta».

Además, el TSXG ha autorizado que la validación y control de los certificados se realice con la lectura del código QR mediante la aplicación telemática «Passcovid de Galicia», diseñada por la Consellería de Sanidad.

Fuente: EFE

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