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Un fallo del Gobierno evita que los condenados por asaltar el Parlament entren en prisión

La Audiencia Nacional ha declarado prescritas las penas de tres años de los ocho culpables por el asalto al Parlament de Cataluña en junio de 2011

Un fallo del Gobierno evita que los condenados por asaltar el Parlament entren en prisión

Juicio por el asedio al Parlament catalán en junio de 2011. | EFE

Ninguno de los ocho condenados a prisión por el asalto al Parlament de Cataluña en 2011 irá finalmente a la cárcel. El motivo: el Gobierno ha dejado pasar más de cinco años sin resolver en un sentido u otro las peticiones de indulto, por lo que la Audiencia Nacional ha declarado prescritas las penas de tres años que pendían sobre sus cabezas.

En su auto, el Servicio de Ejecución Penal decreta prescribir la condena impuesta en marzo de 2015 a Olga Álvarez por dicho motivo, además de señalar que la Audiencia se ha pronunciado en el mismo sentido en las resoluciones relativas a los otros siete condenados: José María Vázquez, José López, Ángela Bergillos, Jordi Raymond, Ciro Morales, Rubén Molina y Carlos Munter.

Con esa condena, el Supremo corregía a la Audiencia Nacional, que un año antes había absuelto a los acusados. Los ocho fueron condenados por bloquear el acceso al Parlament catalán a varios parlamentarios durante una protesta realizada el 15 de junio de 2011, incluido al entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas, que tuvo que entrar en el edificio a bordo de un helicóptero.

En su sentencia, los magistrados del Supremo consideraban errónea la interpretación realizada por la Audiencia Nacional sobre la colisión de dos derechos fundamentales en conflicto derivados de la protesta ante el Parlament: el de libertad de expresión y el de reunión. Concluyeron que este tribunal incurrió en un «patente error» al solucionar el conflicto, puesto que esos dos derechos «colisionaban» con el derecho de participación de los ciudadanos a través de sus legítimos representantes en el órgano legislativo.

Es más, el Tribunal Constitucional avaló en junio de 2021 las ocho condenas por un delito contra las instituciones del Estado, aunque el Pleno no tomó la decisión de manera unánime, dado que hubo votos particulares de cuatro magistrados, quienes consideraron que debían de haberse estimado los recursos presentados por los condenados.

Cinco años esperando a La Moncloa

Tras la sentencia condenatoria del Supremo, los abogados defensores anunciaron que solicitarían a la Audiencia Nacional que suspendiera la ejecución del ingreso en la cárcel de sus representados mientras se tramitaban las peticiones de indultos.

La Audiencia explica en uno de los autos que en junio de 2015 se puso en suspenso la entrada en prisión de Olga Álvarez «en tanto se tramitara y resolviera la petición de indulto solicitada ante el Ministerio de Justicia«, una solicitud que «no ha sido resuelta a fecha actual».

«En atención al tiempo transcurrido» desde la sentencia del Supremo, la Audiencia remitió las actuaciones a la Fiscalía para que se pronunciara en cuanto a la extinción de la pena. El pasado 25 de noviembre, el Ministerio Público comunicó que estaba a favor, por lo que quedo el camino expedito para que los condenados por asaltar el Parlament no tengan que pisar nunca la cárcel.

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