El general Villarroya realizó obras irregulares en su vivienda oficial cuando era Jemad
Defensa pone bajo la lupa un contrato de más de 20.000 euros que se tramitó por urgencia durante el primer estado de alarma
El anterior jefe del Estado Mayor de la Defensa (Jemad), el general del Aire Miguel Ángel Villarroya, autorizó en junio de 2020 una serie de obras irregulares en su vivienda oficial ubicada en la sede del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (Ceseden) cuando aún estaba vigente el estado de alarma, según la documentación a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE en exclusiva.
El general Villarroya ocupó este pabellón de cargo que se encuentra enfrente del Estado Mayor de la Defensa (EMAD). Se trata de un chalet con piscina al aire libre ubicado en un extremo del elegante edificio de estilo ecléctico que está en el paseo de la Castellana. Aquella decisión provocó malestar dentro del Ejército del Aire, tal y como desveló Vozpópuli.
A los pocos meses de la llegada del Jemad a este sitio, el EMAD procedió al desembolso de 66.000 euros para adquirir mobiliario y cambiar instalaciones de una vivienda que su antecesor había remodelado en profundidad unos meses antes, según relató El Confidencial Digital.
Uno de estos contratos -el expediente número 2020/SP02020902/00000012- está ahora bajo la lupa del Ministerio de Defensa por las presuntas irregularidades que se cometieron durante su tramitación en un edificio considerado Bien de Interés Cultural (BIC) por parte de la Comunidad de Madrid. En especial, destaca la celeridad con la que se aprobó en pleno estado de alarma.
El Jemad tramita el contrato en tiempo récord
El proyecto de obra se firmó el 15 de junio de 2020, una semana antes de que concluyese el primer estado de alarma, y tras la recepción en tiempo récord de las tres ofertas mínimas que exige la ley, fue adjudicado a la empresa Maral Dos el 7 de julio por un importe de 21.389,07 euros (IVA incluido).
Si bien en dicho «contrato de obras» se justificaba la urgencia de las mismas debido a que «los elementos que forman las dependencias (paredes, techos y solados) han alcanzado un estado de deterioro bastante avanzado», la partida de albañilería es la de menor importe de todas y supuso un gasto residual de apenas 1.470 euros por un alicatado en la vivienda del Jemad.
El resto son actuaciones de carácter estético y ornamental de las que, en último término, se beneficiaron el general Villarroya y su familia. Así, se incluye una partida de pavimentación (5.507 euros) para el acuchillado y barnizado del parqué. Otra para el revestimiento de una pared con papel vinilo, junto con la sustitución del cristal de una puerta por otro traslúcido, la instalación de dos aparatos de aire acondicionado para la climatización de la vivienda por un importe de 4.559 euros o el pintado y barnizado de varias estancias (3.118 euros).
La ley 9/2017 de Contratos del Sector Público señala en su artículo 231 que la adjudicación de un contrato de obras requerirá «la previa elaboración, supervisión, aprobación y replanteo del correspondiente proyecto que definirá con precisión el objeto del contrato». El proyecto de obra se firmó el 15 de junio de 2020, a escasos días del fin del primer estado de alarma, por lo que se deduce que los técnicos del EMAD tuvieron que acceder a la vivienda en pleno confinamiento.
Además, la memoria descriptiva, el presupuesto y el estudio básico de seguridad y salud se firmaron el mismo día, según consta en la firma electrónica. Este tipo de trámites no se suelen hacer de la noche al día ya que los técnicos han de visitar el inmueble para comprobar su estado, evaluar las necesidades y hacer las correspondientes mediciones.
Por lo tanto, la diligencia con la que se actuó en la vivienda del Ceseden significaría que durante el confinamiento se estuvo trabajando en el pabellón oficial del Jemad para hacer el proyecto. O, por el contrario, que el proyecto tan solo se aportó para cumplimentar los trámites administrativos. «Ambas opciones serían igualmente irregulares», subrayan fuentes militares consultadas por este diario.
Igualmente, aunque la mayoría de la documentación preliminar está en el expediente remitido a este diario a través del Portal de Transparencia, resulta llamativo que tratándose de una obra no haya planos de la misma, ni de conjunto ni de detalle, a pesar de que el artículo 233.b de la citada ley así lo exige.
Tampoco existe ningún tipo de licencia ordinaria o especial de las requeridas para edificios catalogados BIC. Defensa explicó a THE OBJECTIVE que en este caso se aplicó una excepción. «Se comunica que las actuaciones referidas son de conservación y según lo indicado en el artículo 163 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 1/2020, de 8 de octubre, se trata de un acto no sujeto a título habilitante de naturaleza urbanística», señaló el departamento de Margarita Robles.
Sin embargo, en ningún documento del expediente se dice que las obras son de conservación ni que las partidas que se contemplan en la memoria tengan dicho carácter. Además, el artículo 163 de la citada norma no establece una excepción. Tan solo determina un procedimiento especial que, en ningún caso, exime de la presentación de la preceptiva documentación. En concreto, la normativa contempla que la licencia o título habilitante puede ser sustituida por un acta de recepción, pero en el expediente no consta ni lo uno ni lo otro.