Pedraz da carpetazo a la causa que le quedaba abierta al líder del Polisario, Brahim Ghali
Considera que no queda constatado que «ordenara o participara» en las torturas que denunciaba el querellante
El juez Santiago Pedraz ha decretado la conclusión de sumario sin procesamiento en la causa abierta por la querella presentada por el activista Fadel Breica contra el líder del Frente Polisario Brahim Ghali por un delito de tortura, la última que tiene pendiente en la Audiencia Nacional tras el cierre de otra por genocidio.
En un auto, el magistrado, que toma esta decisión en línea con lo solicitado por la Fiscalía, explica que «de las diligencias practicadas no pueden seguirse indicios racionales de criminalidad en relación a los hechos investigados respecto de la comisión de los delitos imputados» a Ghali y otros.
Añade que las testificales practicadas se basan en meras referencias no constatadas, concretándose en apreciaciones subjetivas y no coincidentes en casos con las fechas y momentos que se señalan en los hechos.
No queda constatado, apunta el instructor, que Ghali «ordenara o participara en orden a menoscabar la integridad del querellante (torturas) al no existir testimonio directo u otra diligencia que lo confirmara».
«Con ello, practicadas cuantas diligencias se han podido realizar para la comprobación del delito, participación que han tenido los investigados y las circunstancias que en su comisión han concurrido y no hallándose indicada ninguna otra, es procedente concluir conforme determinan los artículos 622 y 623 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal», concluye el juez.
El sumario se eleva ahora sin procesamiento a la Sala Penal de la Audiencia Nacional, que deberá decidir sobre el sobreseimiento o continuación de la causa. Mientras se encuentra pendiente de recurso ante el Tribunal Supremo el cierre de la investigación de una querella contra el líder Brahim Ghali por genocidio al rechazar que los hechos que le atribuye estén prescritos.