La Audiencia no ampara el asilo a un marroquí que entró a nado en Ceuta en 2021
El tribunal determina que las dificultades económicas no justifican la concesión de protección internacional

La Guardia Civil y la Gendarmería marroquí controlan un nuevo intento de entrada a Ceuta en 2021. | Antonio Sempere (Europa Press)
La Audiencia Nacional ha rechazado la solicitud de asilo de un ciudadano marroquí que entró a nado en Ceuta en mayo de 2021, en el marco de la crisis migratoria que llevó a miles de personas a cruzar la frontera con España. El tribunal ha determinado que no existen motivos suficientes para concederle la protección internacional, ya que Marruecos no se encuentra en una situación de conflicto que justifique el asilo ni presenta circunstancias que pongan en peligro su integridad.
El solicitante llegó a Ceuta el 17 de mayo de 2021, en plena crisis diplomática entre España y Marruecos, cuando miles de ciudadanos marroquíes cruzaron de manera irregular la frontera. Su petición de asilo fue presentada en octubre de ese mismo año, alegando que la difícil situación económica en su país de origen, agravada por el cierre de la frontera, le impedía mantener a su familia.
Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha confirmado la decisión previa del Ministerio del Interior de denegar su solicitud. Según el tribunal, el demandante no ha demostrado que haya sido objeto de persecución en su país por razones políticas, religiosas, étnicas o de cualquier otro tipo que encaje en los criterios de la Convención de Ginebra. Además, se señala que Marruecos no atraviesa un conflicto interno o internacional que justifique la concesión de protección subsidiaria.
En su petición, el ciudadano marroquí declaró que no tenía problemas legales en su país, ni enfrentaba persecución por su religión, raza o cualquier otro motivo. Según ha podido corroborar THE OBJECTIVE, su principal argumento era la imposibilidad de sostener económicamente a su familia debido al cierre de la frontera, lo que le llevó a emigrar en busca de oportunidades laborales en España. Sin embargo, la Audiencia Nacional ha reafirmado que las dificultades económicas, por sí solas, no son motivo suficiente para obtener asilo.
Firmeza en la argumentación
La Audiencia Nacional ha enfatizado que el derecho de asilo está reservado para quienes huyen de situaciones de peligro real y no para quienes buscan mejorar su calidad de vida. En este sentido, ha remarcado que la pobreza o la falta de empleo no constituyen razones para obtener el estatus de refugiado. Asimismo, ha desestimado la posibilidad de otorgarle la residencia en España por razones humanitarias, al considerar que el solicitante no presenta una vulnerabilidad especial que justifique esta medida.
La sentencia también subraya que Marruecos es considerado un país seguro por las autoridades españolas, lo que refuerza el criterio de que los ciudadanos marroquíes, en general, no enfrentan un riesgo significativo que justifique la concesión de asilo.
Un contexto «consolidado»
El caso de este ciudadano marroquí es solo uno de los muchos que han sido rechazados por la Audiencia Nacional en los últimos años. Según datos recientes, aproximadamente el 90% de las solicitudes de asilo presentadas por ciudadanos de Marruecos son desestimadas por no cumplir con los requisitos establecidos en la legislación española e internacional.
Este fallo se produce en un escenario en el que España y Marruecos han reforzado su cooperación en materia migratoria. La reapertura de la aduana comercial de Ceuta y Melilla es una suerte de muestra del acercamiento entre ambos países, con medidas que buscan una gestión más eficiente de los flujos migratorios y del comercio transfronterizo.
En este sentido, el ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, ha asegurado recientemente que las relaciones bilaterales atraviesan «su mejor momento» y que el proceso de normalización de las aduanas es un paso clave en la hoja de ruta acordada entre ambas naciones. Mientras tanto, las autoridades españolas continúan evaluando las solicitudes de asilo bajo criterios estrictos, rechazando aquellas que no se ajusten a los requisitos legales.