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Andalucía

El Supremo pondrá orden en el caos judicial sobre el ‘petaqueo’ de los narcos en Andalucía

La Fiscalía apela al riesgo para la seguridad colectiva para sentar en el banquillo a los logísticos del Estrecho

El Supremo pondrá orden en el caos judicial sobre el ‘petaqueo’ de los narcos en Andalucía

Imagen de archivo de petacas de combustible en una playade Huelva | Guardia Civil

El Tribunal Supremo tendrá que pronunciarse sobre una de las grietas jurídicas más relevantes en la lucha contra el narcotráfico en Andalucía: si el transporte y almacenamiento de grandes cantidades de gasolina destinadas a abastecer narcolanchas puede castigarse como delito penal, incluso cuando no se prueba de forma directa su conexión con una operación de drogas.

La Fiscalía del alto tribunal ha presentado un recurso de casación contra el archivo acordado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz en una causa instruida en Chiclana contra un presunto petaquero. Con este recurso, el Ministerio Público busca evitar que este tipo de conductas queden fuera del ámbito penal. Como adelantó Europa Sur, ahora será el Supremo quien fije doctrina sobre este caso.

Un debate abierto en los tribunales

El suministro de gasolina es una pieza esencial para el funcionamiento de las lanchas rápidas empleadas por las redes del narcotráfico. El consumo de estas embarcaciones es tan elevado que necesitan un suministro constante de cientos de litros para mantener sus motores a pleno rendimiento durante las persecuciones, lo que explica la proliferación de transportistas y puntos de acopio de combustible tanto en la costa como en el interior. Sin embargo, esa realidad operativa no siempre encuentra una respuesta clara en el Código Penal.

En ausencia de una tipificación específica, los jueces han venido aplicando criterios dispares. Mientras algunas resoluciones consideran que el transporte masivo de carburante sin autorización supone un riesgo grave para la seguridad colectiva, otras sostienen que no puede castigarse penalmente de forma aislada, al tratarse de una sustancia de uso legal.

La clave de la ofensiva fiscal está en el uso del artículo 568. Esta norma, aunque no menciona el narcotráfico, castiga duramente el manejo imprudente de materiales inflamables. La Fiscalía quiere que este artículo se use para castigar el peligro real que supone mover miles de litros de gasolina sin control alguno. La tesis de la Fiscalía no es nueva. Ya en la primavera del año pasado, la mayoría de los jueces de lo Penal de Cádiz intentaron unificar posturas en una reunión técnica para dar una respuesta contundente al fenómeno del petaqueo.

Resistencia de la Sección Cuarta

Frente a ello, la Sección Cuarta de la Audiencia de Cádiz ha mantenido una posición contraria. En una sentencia dictada en septiembre de 2025, el tribunal rebajó la condena de un acusado interceptado en una narcolancha con hachís y más de cincuenta garrafas de combustible. Aunque se le castigó por el tráfico de drogas, los magistrados le absolvieron del cargo de tenencia de sustancias inflamables. Para la Sala, aplicar el artículo 568 en este contexto supone una interpretación extensiva que choca con el principio de tipicidad penal.

Esa resolución, aún no firme, ha sido recurrida también ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, lo que añade al asunto otro frente judicial pendiente de resolver.

A la espera de una respuesta definitiva

La decisión del Supremo será clave para unificar criterios y aportar seguridad jurídica a jueces, fiscales y fuerzas de seguridad. Mientras tanto, las incautaciones de combustible continúan aumentando en el litoral andaluz y los procedimientos siguen teniendo castigos distintos según el órgano que los juzgue.

Como ya informó THE OBJECTIVE, tanto la Guardia Civil como la Fiscalía llevan tiempo reclamando una respuesta normativa clara que permita perseguir de forma eficaz estas redes logísticas. Si el alto tribunal avala la aplicación del artículo 568, se consolidará una vía penal que hasta ahora ha estado señalada por la división.

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