PP y Vox piden al Gobierno desvelar su recurso al fallo de la UE que permite excarcelar etarras
Registran sendas iniciativas en el Congreso para que el Ejecutivo publique los escritos y alegaciones presentadas ante el TEDH en el ‘caso Atristain’
¿Utilizó todos los argumentos a su alcance la Abogacía del Estado para impedir que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) fallase en favor del etarra Xabier Atristain? Es la gran incógnita aún sin resolver sobre la reciente sentencia de Estrasburgo por la que Bildu exige al Ejecutivo de Pedro Sánchez la excarcelación de «más de la mitad» de los presos de ETA. Por eso, PP y Vox han registrado sendas iniciativas en el Congreso de los Diputados, a las que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, para que el Gobierno entregue copia de todos los escritos de oposición y recursos presentados por la Abogacía del Estado contra la sentencia del TEDH que obligó a España a excarcelar a Atristain y anular los 17 años de prisión a los que fue condenado en 2013, además de pagarle 20.000 euros de indemnización.
El Ministerio de Justicia se ha negado hasta el momento a hacer públicos los documentos que ahora solicitan los dos principales partidos de la oposición, a pesar de que este y otros diarios los han solicitado varias veces desde la semana pasada sin obtener respuesta. El departamento que dirige Pilar Llop tampoco ha accedido a revelar algún extracto literal de los fundamentos jurídicos o jurisprudencia previa utilizados por España para rebatir los argumentos de Atristain, que logró condenar al Estado por haber vulnerado su derecho a un juicio justo.
El objetivo de PP y Vox es esclarecer si se han utilizado todos los argumentos al alcance de la Abogacía del Estado para frenar la sentencia de Estrasburgo. «Existen serias dudas de que el compromiso del Gobierno esté con las víctimas y nos tememos que el Ejecutivo utilice la ‘doctrina Atristain’ para favorecer sus acuerdos políticos con Bildu», señala Luis Santamaría, portavoz del PP en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, que firma junto a la Diputada Isabel Borrego la solicitud al Gobierno sobre el caso Atristain.
Como ya adelantó este diario, un sector de las víctimas de ETA teme que el Gobierno de Pedro Sánchez utilice como excusa la doctrina Atristain para reforzar sus pactos con Bildu. «Consideramos de la máxima relevancia este asunto. Vamos a esclarecer si se usaron todas armas legales al alcance para minimizar los efectos de esta doctrina y no permitiremos que el Gobierno utilice a las víctimas como moneda de cambio», añade Santamaría.
La última petición de Olona en el Congreso
En el mismo sentido, Vox ha registrado este miércoles una iniciativa similar a la de los populares, en la que solicitan «copia de todos los escritos por la Abogacía del Estado de España en el procedimiento» iniciado por la demanda interpuesta por el etarra ante el tribunal de Estrasburgo, así como del recurso presentado ante la Gran Sala del TEDH, que fue inadmitido el pasado 9 de mayo, lo que hizo que el fallo pasara a ser firme.
La opacidad del Gobierno sobre la jurisprudencia alegada por España ante Estrasburgo aumenta la preocupación entre las víctimas por las repercusiones políticas que puede tener en el futuro la ‘doctrina Atristain’, que por el momento ya ha facilitado la absolución de los etarras Gorka Palacios y Juan Carlos Iglesias Chouza (alias Gadafi) por parte de la Audiencia Nacional en dos sentencias recientes de las que ha sido ponente el magistrado José Ricardo de Prada.
Según explican fuentes del partido presidido por Santiago Abascal, el objetivo de Vox es comprobar y analizar el trabajo de la Abogacía del Estado en el caso Atristain. Se trata de la última iniciativa firmada por Macarena Olona en el Congreso de los Diputados antes de dejar su escaño para centrarse en su candidatura a las elecciones andaluzas. Una petición que también suscribe Francisco Javier Ortega Smith en condición ambos de portavoces adjuntos del grupo parlamentario de Vox.
El caso Atristain
Xabier Atristain acudió a Estrasburgo para denunciar que mientras estuvo incomunicado en prisión preventiva fue interrogado por la Policía sin la presencia de un abogado de su elección. El preso basaba su recurso en el artículo 6.1 y el 6.3.c del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y preguntaba al TEDH si se puede considerar que la detención en régimen de incomunicación, que sólo ofrece al detenido un abogado de oficio como representante legal y le priva de un abogado de su elección, cumple con los requisitos establecidos por la jurisprudencia de la Corte.
Lo único que se conoce oficialmente de los argumentos alegados por el Gobierno español en su escrito de oposición previo al juicio, según consta en la sentencia, son dos casos. Uno de Suiza de hace 43 años y otro de Alemania de hace tres décadas. El primero de los casos referidos por la Abogacía del Estado se utilizó para alegar que el CEDH no establece que una persona deba estar representada por un abogado mientras se encuentra bajo custodia policial. El segundo, para defender que «el derecho a la asistencia letrada no supone necesariamente que el abogado que asiste al acusado sea de su propia elección».
La agencia de noticias Europa Press publicó el pasado sábado que la Abogacía del Estado advirtió en su recurso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de que si la ‘doctrina Atristain’ se consolidaba podría ser invocada como precedente en futuros juicios para invalidarlos. Además, podría perjudicar a la lucha antiterrorista, al tiempo que reprochó a Estrasburgo que con esa sentencia favorable al etarra impusiera a España un estándar reforzado, superior al exigido hasta ahora, sobre el régimen de incomunicación. Sin embargo, la información no aludía a la jurisprudencia utilizada por la Abogacía del Estado para intentar derrotar en Estrasburgo a Atristain.
Las víctimas piden transparencia
La asociación Dignidad y Justicia (DyJ), que ya ha solicitado al Gobierno a través del portal de Transparencia los escritos de oposición previos a la sentencia del TEDH sobre el caso Atristain y el recurso presentado por la Abogacía del Estado en abril -inadmitido a trámite por Estrasburgo-, expresa su gran preocupación sobre si España pudo haber aludido o no a varias sentencias más recientes para rebatir «desde el principio» la demanda del etarra y evitar que el tribunal de Estrasburgo fallase en favor del terrorista ahora excarcelado.
«La insistente negativa del Gobierno de España sólo hace que la sombra de la sospecha crezca, no hay absolutamente ningún argumento que impida facilitar con luz y taquígrafos la jurisprudencia TEDH invocada por España; toda jurisprudencia TEDH es pública, el propio TEDH la publica en su web, ¿qué jurisprudencia se invocó en concreto y finalmente nos llevó a este desenlace?, ¿qué tienen que ocultar?», señalan a este diario fuentes de la asociación que preside Daniel Portero.
Entre otras resoluciones que España podía haber utilizado en su favor para rebatir los argumentos de Atristain se encuentra el caso de Aleksandr Ivakhnenko contra Rusia. En este asunto, resuelto en el año 2008, el TEDH estimó que el interrogatorio sin abogado durante la etapa preliminar del proceso no privó al demandante de la oportunidad de defenderse posteriormente durante la investigación previa al juicio y el juicio. Como Atristain, que contó con su propio abogado en ambas fases ante la Audiencia Nacional y en sus posteriores recursos ante el Tribunal Supremo y el Constitucional. Todos ellos respaldaron la condena a 17 años de cárcel al etarra.
La jurisprudencia que España pudo usar
Otro de los casos que podría haber aprovechado España, y que también data de 2008, es el de Nina Sydorivna Tsyuz contra Ucrania. Entonces, Estrasburgo estableció que si bien todo imputado tiene derecho a «defenderse o ser asistido por un abogado defensor (…)», el artículo 6.3.c del Convenio Europeo de Derechos Humanos -al que también apeló Atristain- no especifica las condiciones para el ejercicio de este derecho.
En esa resolución la Corte decía que la forma en que se aplica el artículo 6.3.c durante la investigación «depende de las especificidades del procedimiento y de las circunstancias del caso». En este caso, el TEDH dio la razón a Ucrania debido a que la demandante fue representada poco tiempo después, y su interrogatorio sin abogado durante la etapa preliminar del proceso no le privó de la oportunidad de defenderse posteriormente durante la investigación previa al juicio y el juicio.
Un tercer caso al que pudo apelar España durante el ‘caso Atristian’ es el de 2005 y tenía a Reino Unido como demandado. El demandante Neil Fraser Latimer, miembro de un grupo unionista de Irlanda del Norte condenado por el asesinato del hermano de un miembro del Sinn Fein, brazo político del IRA. Estuvo durante una semana en detención preventiva, durante la cual admitió su culpabilidad. Después se retractó y aseguró que lo hizo como consecuencia de las presuntas torturas policiales a las que fue sometido, lo mismo que alegaba Atristain.
El TEDH dio la razón a Reino Unido y falló entonces que el acceso a un abogado desde la detención policial «no está establecido explícitamente» en el Convenio de Derechos Humanos y que además «puede estar sujeto a restricciones por una buena causa». Además, recordó que las confesiones de este terrorista ante la Policía británica «fueron examinadas en varias ocasiones» por distintos tribunales del Reino Unido, en los que estuvo representado por su abogado y se le permitió declarar. El Reino Unido consiguió que el tribunal de Estrasburgo ni siquiera admitiera el recurso, al contrario de lo que le ha ocurrido a España con Atristain, donde la sentencia ya es firme.