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El TC admite a trámite el recurso de Vox contra la reforma de la malversación y la sedición

La corte de garantías rechaza varias de las recusaciones lanzadas contra su presidente y exministro de Justicia Juan Carlos Campo

El TC admite a trámite el recurso de Vox contra la reforma de la malversación y la sedición

Santiago Abascal junto a otros dirigentes de Vox en el Constitucional. | A. Pérez Meca (EP)

Los últimos cambios en el Código Penal siguen en el candelero. El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este martes el recurso que presentó Vox contra la reforma de la malversación y la derogación de la sedición aprobada en diciembre. El partido que lidera Santiago Abascal alega que la norma podría ser inconstitucional por defectos en su procedimiento de aprobación. La corte de garantías también ha rechazado las recusaciones lanzadas en varios asuntos contra su presidente, Cándido Conde-Pumpido, y otros magistrados, incluido el ex ministro de Justicia Juan Carlos Campo.

Vox crítica la forma en que se reformó el Código Penal, a través de una ley orgánica que incluía la transposición de directivas europeas y otras reformas penales para delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso.

El portavoz del Comité de Acción Política de Vox, Jorge Buxadé, ya anunció a mediados de enero que su formación presentaría sendos recursos de inconstitucionalidad contra la reforma del Código Penal que incluyó la supresión de delito de sedición y la reforma del de malversación, así como contra la nueva Ley de Memoria Democrática, aprobada en octubre.

Vox: medio centenar de recursos

Desde el inicio de la legislatura, cuando Vox alcanzó el listón mínimo de 50 diputados que exige la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para interponer recursos, los de Abascal han acudido al tribunal de garantías cerca de medio centenar de ocasiones. En la rueda de prensa celebrada en enero, Buxadé defendió la impugnación de la reforma penal que afectó a los delitos por los que fueron condenados los líderes del procés porque «deroga» la sedición y «abarata» la malversación.

El cónclave celebrado este martes también ha estudiado las recusaciones presentadas por Vox en distintos recursos contra Conde-Pumpido, Campo y las magistradas María Luisa Segoviano y Laura Díez. Ha rechazado «de plano» 11 recusaciones, entre ellas las referidas a la conocida como ley del solo sí es sí, la de Memoria Democrática y al decreto-ley de medidas urgentes para la reforma laboral.

El Pleno ha argumentado que estas recusaciones afectan al quorum del Constitucional, que exige un mínimo de ocho de los 11 magistrados que lo componen en estos momentos, por lo que supondrían «una paralización inaceptable de las funciones del tribunal». Y han insistido: «La salvaguarda del ejercicio de la jurisdicción constitucional reclama y justifica al mismo tiempo que, para dictar esta resolución, no deba excluirse de la conformación del Pleno a ninguno de sus magistrados».

Los magistrados también han declarado la pérdida de objeto de las recusaciones promovidas en relación a dos recursos: la
que reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, y otra contra el decreto-ley que prorroga las medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

Fuentes de la corte de garantías han explicado que estas recusaciones carecen de objeto porque ambos procedimientos están resueltos. El primero en sentido desestimatorio por una sentencia del 13 de septiembre y el segundo porque se inadmitió a trámite el 28 de abril del año pasado. También ha apuntado a «una pérdida sobrevenida del objeto» de varias recusaciones contra Campo porque el Constitucional ya acordó a finales de febrero respaldar la decisión de este magistrado de apartarse voluntariamente de la deliberación de varios asuntos.

En ese grupo se enmarcan las recusaciones en los recursos contra la denominada ley Celáa; la reforma del Estatuto de los Trabajadores para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales; el decreto-ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público; la ley de protección integral a la infancia y la adolescencia; y la norma contra el ingreso mínimo vital.

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