Los expertos no ven base legal para ilegalizar Bildu por la presencia de etarras en sus listas
La asociación Dignidad y Justicia pedirá a la Fiscalía del Supremo que estudie si las candidaturas de la formación ‘abertzale’ vulneran la Ley de Partidos Políticos
Los expertos entierran la ilegalización de Bildu. Las víctimas de ETA solicitaron a la Fiscalía de la Audiencia Nacional que estudiara las candidaturas de la formación abertzale para las elecciones del 28-M, que incluyen a 44 condenados por terrorismo. Sostienen que puede incurrir en una causa de inelegibilidad e, incluso, vulnerar la Ley de Partidos Políticos, pero el caso ha sido archivado. La Asociación Dignidad y Justicia insistirá ante el Ministerio Público del Tribunal Supremo, aunque los expertos consultados por THE OBJECTIVE consideran que el asunto tiene «poco recorrido» porque «no existe base jurídica».
El artículo 9.3.c de la Ley de Partidos establece que una formación puede ser ilegalizada cuando incluya «regularmente en sus órganos directivos o en sus listas electorales personas condenadas por delitos de terrorismo que no hayan rechazado públicamente los fines y medios terroristas». La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha archivado el caso de Bildu porque los hechos «no son constitutivos de ilícito penal».
La asociación insistirá en su propósito en el Supremo. La organización que preside Daniel Portero afirma en una nueva denuncia que el fiscal jefe y la teniente fiscal de la Audiencia Nacional «se han limitado a dar respuesta a la averiguación de si concurría causa de inelegibilidad (…) omitiendo consideración alguna a la vulneración del artículo 9.3.c de la Ley de Partidos».
Denuncia contra Bildu
El penalista Luis Romero considera que el asunto «tiene poco recorrido» porque la Fiscalía ya se ha pronunciado y es difícil que vuelva a hacerlo en sentido contrario. «Lo normal es que se resuelva en la misma dirección», señala. Una opinión que comparte Alfredo Arrien, abogado en Paredes & Asociados, que explica que el aval del Ministerio Fiscal (o del Gobierno) se antoja imprescindible para ilegalizar una formación, un procedimiento que regula el artículo 11 de la Ley de Partidos.
«Hay que presentar una demanda ante la Sala Especial del Tribunal Supremo. El partido político deberá comparecer en un plazo de ocho días. Los magistrados analizan la cuestión y resuelven», insiste Arrien. El penalista considera poco probable que se llegue a reunir este órgano compuesto por 15 jueces: los presidentes de cada sala y los magistrados más antiguos y recientes de cada una de ellas.
Javier Tajadura, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad del País Vasco, sostiene que la denuncia no tiene recorrido porque, para llegar a la ilegalización, es necesario que la formación incluya «regularmente» a personas condenadas, algo que no se cumpliría en el caso de Bildu. No obstante, Dignidad y Justicia alega que la formación abertzale incluyó candidatos condenados por terrorismo en los comicios de 2016 y 2019, lo que supone «una reiteración de tal práctica».
El autor de Partidos Políticos y Constitución, el primer estudio publicado de la norma aprobada en 2002, considera que la Ley de Partidos fue «un avance», pero que aún tiene carencias. «Presentar condenados por terrorismo es una indecencia, pero no hay base jurídica para la ilegalización ni para la ilegibilidad. La ley dice que las causas deben ser reiteradas y graves», admite Tajadura.
Renuncia al acta
Un escenario que ya adelantaron a este diario fuentes de Covite. La asociación de víctimas que alertó de la inclusión de 44 personas condenadas por terrorismo en las listas de Bildu renunció a presentar una denuncia al entender que no existía base jurídica y que tan solo obtendría repercusión mediática. La misma que ha llevado a los siete penados por delitos de sangre a renunciar al acta en caso de resultar elegidos (no se admiten ya modificaciones en las listas).
Dignidad y Justicia cuestiona que todos los candidatos hayan rechazado «los fines y medios terroristas», como establece el artículo 9.3.c de la Ley de Partidos. El coordinador general de Bildu, Arnaldo Otegi, aseguró el martes que todos los miembros de la formación abertzale que se presentan a estos comicios se adhieren a la Declaración del 18 de octubre de 2021, realizada una década después de que ETA anunciara el cese definitivo de la lucha armada.
El texto destaca el compromiso de superar «el conflicto» en el País Vasco a través de «vías exclusivamente pacíficas y democráticas», aunque no pide perdón abiertamente a las víctimas. «Desgraciadamente el pasado no tiene remedio, nada de lo que digamos puede deshacer el daño causado, pero estamos convencidos de que es posible al menos aliviarlo con respeto, la consideración y la memoria». Los expertos coinciden en la dificultad que entraña el asunto del perdón.
«La declaración del 18 de octubre no resulta suficiente», manifiesta Arrien. En su opinión el artículo 131.1 del Código Penal establece que los delitos de terrorismo, como los de lesa humanidad, no prescriben. «La ley es muy fácil de sortear. Basta con que los candidatos digan ahora que se arrepienten y que piden perdón. Podría haber sido más exigente, por ejemplo, exigiendo la colaboración para esclarecer los 379 crímenes de ETA que continúan sin resolver», reconoce Tajadura.
Derecho de participación política
Luis Romero sostiene que estos candidatos solo tienen que decir que «ya han pedido perdón por su cuenta» y que no tendrán mayor problema para presentarse porque «la ley da prevalencia al derecho de participación política». En su opinión, que ETA anunciara su disolución hace cinco años no dificulta la ilegalización, ya que 44 candidatos han sido condenados por terrorismo y eso «enturbia el proceso democrático».
Arrien subraya que para que la formación abertzale sea declarada ilegal es necesario «vislumbrar el apoyo político a las acciones terroristas para subvertir el orden constitucional», circunstancia que en estos momentos no se cumple. El profesor Javier Tajadura concluye que, aunque ETA no exista, podrían darse circunstancias para ilegilizar las listas de Bildu: «La ley no dice nada de que la organización debe estar activa».
El magistrado emérito del Tribunal Supremo José Antonio Martín Pallín sostiene que Bildu no puede ser ilegalizado porque es una coalición electoral. En declaraciones a TVE, el jurista afirma que integra a partidos como Eusko Alkartasuna: «Creo que Carlos Garaikoetxea, que lo fundó (fue lehendakari entre 1980 y 1985 con PNV), no es un extremista. Oskar Matute (portavoz de Bildu en el Congreso) es un sindicalista, aunque al final también hay gente procedente de Sortu y de ETA».