La Junta Electoral Central decidirá el lunes si revisa los votos nulos como reclama el PSOE
Los socialistas aspiran a recuperar el escaño que perdieron en favor del PP tras el recuento del voto extranjero en Madrid
La Junta Electoral Central decidirá el lunes si revisa los votos nulos de Madrid, como reclama el PSOE. Tras el recuento del voto CERA (el de los residentes en el extranjero), los socialistas perdieron un escaño que se antoja vital para la investidura de Pedro Sánchez. Sus representantes solicitaron entonces examinar las papeletas que habían quedado invalidadas el 23-J. El órgano administrativo se ha reunido este jueves, pero el asunto no estaba en el orden del día.
Los miembros de la Junta Electoral Central han recibido los dos recursos que ha presentado el PSOE. Los partidos que se puedan sentir afectados por la pretensión de los socialistas dispondrán de 48 horas para realizar posibles alegaciones. Una vez que se complete el expediente, los 13 miembros decidirán si mantienen la postura del órgano provincial o la rectifican.
La Junta Electoral Provincial rechazó el domingo la petición del PSOE para revisar más de 30.000 votos nulos tras perder un escaño en favor del PP tras el recuento del voto extranjero. Los socialistas han presentado dos recursos: uno contra esa decisión y otro cuestionando el resultado definitivo al considerar que ciertos votos pueden ser válidos. Sus representantes han acusado al órgano de vulnerar la Constitución al infringir la normativa electoral.
Recursos del PSOE
Los recursos del PSOE se amparan en dos artículos de la Ley Orgánica Régimen Electoral General (LOREG), el 21 y el 108.2. Además, subrayan que otro precepto, el 97.3, establece que «las papeletas extraídas de las urnas se destruirán en presencia de los concurrentes con excepción de aquellas a las que se hubiera negado validez o que hubieran sido objeto de alguna reclamación, las cuales se unirán al acta y se archivarán con ella, una vez rubricadas por los miembros de la Mesa».
Las representantes socialistas, Cristina Pavón y Sara Bonmatí, esgrimieron ese artículo para recurrir la decisión de la Junta Electoral Provincial. El escrito, al que tuvo acceso THE OBJECTIVE, denuncia que se trata de una vulneración del derecho fundamental a la participación política del artículo 23. de la Constitución.
«La existencia del derecho reclamado por la actora aparece diáfana en la medida en que no hay en la LOREG ningún precepto que prohíba expresamente reclamar la revisión de los votos nulos que, de hecho, están en poder de la Junta Electoral en el acto de escrutinio general como parte del sobre número uno remitido por cada mesa electoral», señala el recurso del PSOE. Se basa en una sentencia del Tribunal Constitucional resuelta a favor de IU tras las elecciones autonómicas de Extremadura en 2015.
Los socialistas consideran que existen 30.302 votos sin computar, los considerados nulos, que podrían variar los resultados de las elecciones del 23-J. Ese día, el PP se quedó a apenas 1.939 papeletas de arrebatarle un escaño al PSOE. El escrutinio del voto CERA fue determinante para conseguirlo, después de que los residentes en el extranjero apostaran mayoritariamente por los populares, que con 19.006 votos casi doblaron en apoyos a la segunda fuerza.
El escaño de Madrid
PP se quedó a apenas 1.939 papeletas de arrebatarle un escaño a los socialistas el pasado 23-J. El escrutinio del voto CERA fue determinante para conseguirlo, después de que los residentes en el extranjero apostaran mayoritariamente por los populares, que con 19.006 votos casi doblaron en apoyos a la segunda fuerza más votada.
Con esos resultados, el PSOE perdió el diputado número 11, pero no se dio por vencido. Sus representantes solicitaron revistar los votos nulos, pero la Junta Electoral Provincial lo desestimó al considerar que «no hay razón sobre posibles irregularidades en el voto nulo» que exijan la revisión extraordinaria. Una decisión con la que no estuvo de acuerdo una de sus vocales, que emitió un voto particular.
«Teniendo en cuenta que el peso del total de voto nulo sobre la diferencia, no puedo compartir la afirmación taxativa que se realiza en el acuerdo de la Junta Electoral Provincial que refiere que esta «no deduce que la revisión de votos nulos altere las diferencias entre partidos que dan lugar al resultado final».
La vocal también incluyó en el texto una denuncia inusual: acusó al PP de haber filtrado el acuerdo «de modo interesado» antes de que «hubiéramos podido examinarlo o rebatirlo» y sin «la firma de la correspondiente acta». Más tarde, este diario ha podido confirmar cómo se desarrolló la convulsa reunión que celebró la Junta Electoral Provincial el pasado domingo, tras el recuento del voto extranjero.
El precedente más cercano es el recurso que presentó Vox en las elecciones municipales del 28-M. La formación que preside Santiago Abascal solicitó a la Junta Electoral de Barcelona que ordenara reabrir los sobres de los votos nulos y que diese por válidas todas aquellas papeletas en los que constara el nombre de su partido. El órgano electoral rechazó la demanda alegando que «lo que se pretende es repetir el escrutinio ya realizado (…) cuando no se aducen indicios suficientes de irregularidades».