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Sale en libertad el alto cargo condenado por los ERE y exonerado por el Constitucional

Serrano Aguilar sale de prisión horas después de que la Audiencia de Sevilla haya ordenado su puesta en libertad

Sale en libertad el alto cargo condenado por los ERE y exonerado por el Constitucional

Serrano Aguilar junto a su abogado, Juan Carlos Alférez. | Europa Press

El ex director general de IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano ha salido este martes de la cárcel de Sevilla. Se produce horas después de que el Tribunal Constitucional haya anulado la condena de prisión por malversación que cumplía por el caso de los ERE de Andalucía y tras la orden de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla de «mandamiento de libertad» al centro penitenciario donde se encontraba interno.

Acompañado de su abogado defensor, Juan Carlos Alférez, Serrano ha abandonado sobre las 20:50 horas la prisión en la que permanecía desde el pasado 2 de enero del 2023, para cumplir una condena de seis años y seis meses de prisión por malversación. Fue condenado por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla a otros 17 años de inhabilitación, por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con uno continuado de malversación, una pena avalada por el Tribunal Supremo al desestimar su recurso de casación, tras lo cual este ex alto cargo de la era socialista de la Junta de Andalucía ingresó en la cárcel el pasado 2 de enero de 2023 para cumplir su pena privativa de libertad.

La salida de prisión del que fuera director general de la agencia encargada de pagar las ayudas de los ERE se produce horas después de que la Audiencia de Sevilla haya ordenado su puesta en libertad, una vez anticipado por correo electrónico el fallo de la sentencia dictada en su recurso de amparo ante el Constitucional.

Tanto la Audiencia de Sevilla como el Supremo consideraron que Serrano Aguilar firmó, en su calidad de director general del antiguo Instituto de Fomento de Anfalucía, el IFA, después Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), convenios particulares con la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, núcleo de las actuaciones enjuiciadas, para el pago de ayudas sociolaborales y subvenciones a empresas en crisis carentes de publicidad y fiscalización con cargo a los fondos de la partida presupuestaria 440 del programa 3.1 L de las respectivas leyes de Presupuestos de la Junta de Andalucía, entonces gobernada por el PSOE.

Pero según el Constitucional, en una sentencia emitida por siete votos frente a cuatro en contra; aunque las firmas de convenios particulares puedan ser consideradas resoluciones recaídas en asunto administrativo, no puede apreciarse que incurran en arbitrariedad porque estaban amparadas en las leyes de Presupuestos de Andalucía 2002-2009, aprobadas por el Parlamento.

«Se elimina la malversación global»

«Se elimina por completo la malversación global a la que fueron condenados a excepción de aquellos actos que verdaderamente constituyan una desviación clara de la finalidad para la que el legislador creó la partida, lo que sin duda afectará al devenir de las piezas por enjuiciar», avanza además este letrado, en un marco en el que la Audiencia de Sevilla ha celebrado ya aproximadamente los juicios correspondientes a una veintena de piezas de la macrocausa de los ERE.

Alférez precisa que en el caso de los directores generales de la agencia IDEA a los que ha defendido, esta sentencia del TC «limpia por completo su conducta, su absolución es total», porque «la agencia IDEA nunca podría haber cometido infracciones penales, pues su actuar se ajustaba a los mandatos de las distintas leyes de presupuestos y no estaba a su alcance conocer el destino real de las ayudas concedidas».

«Creemos desde el máximo respeto que ha existido un enorme desconocimiento en la opinión pública sobre qué se enjuició en concreto en el llamado ‘procedimiento específico’, lo que lleva al error de sostener que se haya producido una malversación de 700 millones de euros. La malversación verdaderamente producida será la que se determine tras enjuiciar todas y cada una de las piezas y saber qué concretas ayudas se concedieron apartadas de la finalidad del programa y cuáles se ajustaron el programa», puntualiza el abogado defensor Juan Carlos Alférez.

En ese sentido, ha augurado que las ayudas aplicadas a finalidades ajenas al programa presupuestario 31L «serán la minoría, pues la mayoría del programa fue a parar a los más de 6.000 prejubilados que a día hoy siguen cobrando su prejubilación».

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