THE OBJECTIVE
Tribunales

La Justicia obliga al Cabildo de Tenerife a declarar BIC el monumento a Franco

El tribunal sostiene que el monumento «goza de valor artístico y cultural que lo hacen merecedor de dicha declaración»

La Justicia obliga al Cabildo de Tenerife a declarar BIC el monumento a Franco

Monumento franquista en Santa Cruz de Tenerife | Europa Press

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 3 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado al Cabildo de Tenerife a la incoación de expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) del Monumento a Franco, erigido en la capital tinerfeña por el escultor Juan de Ávalos. Este monumento, también conocido como Monumento del Ángel, se encuentra en la confluencia de la rambla de Santa Cruz y la Avenida de Anaga y fue inaugurado en 1966.

Según el fallo judicial, adelantado por «Diario de Avisos» y «El Día», el tribunal sostiene que dicho monumento «goza de valor artístico y cultural que lo hacen merecedor de dicha declaración». La sentencia da la razón al recurso interpuesto por la Asociación para la Investigación y Protección del Patrimonio Histórico San Miguel Arcángel contra la resolución del director insular de Coordinación y Apoyo al entonces presidente del Cabildo, Pedro Martín, dictada el 9 de marzo de 2022.

El dictamen judicial se basa en la prueba pericial realizada por tres peritos: dos a instancias de la parte actora y uno por parte del Cabildo como demandada. Uno de los peritos, catedrático de Historia Contemporánea, defiende la calificación BIC del conocido popularmente como Monumento a Franco por la «importancia artística» de la obra de Ávalos y su «valor excepcional».

Otro de los peritos, experto en valoración artística, considera que el Monumento a Franco «no exalta la sublevación, represión o la guerra» y lo describe como una obra arquitectónica «de especial valor artístico», lo que, según él, lo exime de la aplicación de la Ley de Memoria Histórica. En su informe, destaca que la obra es «excepcional» tanto por la valía del autor como por su mérito arquitectónico, escultórico y urbanístico.

El perito del Cabildo, en contraposición, concluyó que los valores del monumento de Juan de Ávalos «no eran excepcionales» y calificó la obra como «prácticamente desfasada» para la época en la que se erigió (segunda mitad del siglo XX), argumentando que «no tiene la relevancia que sería de esperar o que tendrían obras consideradas relevantes por la comunidad artística de ese periodo».

La sentencia también menciona que, el 30 de abril de 2018, la Real Academia Canaria de Bellas Artes de San Miguel Arcángel solicitó al Cabildo de Tenerife la incoación de procedimiento para la declaración de Bien de Interés Cultural del Patrimonio Histórico de Canarias, con la categoría de Monumento, a la obra de Juan de Ávalos. La solicitud se basaba en «sus valores artísticos» y por ser la única obra de dicho autor existente en Canarias. Asimismo, la Academia proponía cambiar su denominación por otra que haga referencia a la paz, concordia o conciliación.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de quince días desde su notificación ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 3 de Santa Cruz de Tenerife.

Publicidad
MyTO

Crea tu cuenta en The Objective

Mostrar contraseña
Mostrar contraseña

Recupera tu contraseña

Ingresa el correo electrónico con el que te registraste en The Objective

L M M J V S D