El TC completa la amnistía encubierta de los ERE y libra de la cárcel a Chaves y Griñán
Griñán fue condenado a seis años de cárcel aunque su ingreso en prisión quedó suspendido por el cáncer que padece
El Tribunal Constitucional ha decidido perdonar al expresidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves, la condena de nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación continuada en el «procedimiento específico» de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos con cargo a los fondos autonómicos. La corte de garantías también ha estimado parcialmente el recurso presentado por el ex presidente de la Junta, José Antonio Griñán, según la sentencia a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, a quien se le anula la condena relativa a la malversación de caudales públicos y, parcialmente, la relativa a los prevaricación administrativa.
La mayoría del Pleno ha avalado el borrador de la ponencia de la vicepresidenta Inmaculada Montalbán, que proponía anular su condena y ordenar a la Audiencia de Sevilla que dicte una nueva que se limite a la posible prevaricación cometida entre 2000 y 2001. El fallo del TC reconoce que se ha vulnerado el derecho a la legalidad penal, recogido en el artículo 25.1 de la Constitución Española, y a la presunción de inocencia (artículo 24.2 CE). Y por ello, insta a la Audiencia Provincial de Sevilla a a que «se dicte un nuevo pronunciamiento respetuoso con los derechos fundamentales vulnerados, en los términos que se indican en el fundamento jurídico 8 de esta sentencia».
Sin embargo, en el caso de Griñán se trata de una estimación parcial. Se acuerda la «íntegra nulidad de las resoluciones impugnadas en relación a la condena de malversación de caudales públicos» porque la condena del Tribunal Supremo, según el fallo del TC, «carece de de todo soporte constitucional». Pero sólo anula parcialmente la condena sobre el delito de prevaricación. El tribunal de garantías considera que se vulneró el derecho de legalidad penal de Griñán al ser condenado por un delito de prevaricación continuada en la concesión de las ayudas socio laborales a través del proyecto de Ley de presupuestos en los años 2005 a 2009 y por haber participado en las modificaciones presupuestarias de los mismos años, de 2005 a 2008.
Sin embargo, declara que «no es lesiva del derecho a la legalidad penal la condena por delito de prevaricación en su intervención en la aprobación de la modificación presupuestaria de 9 de diciembre de 2004, por la que se incrementaron los créditos correspondieres» al programa de concesión de ayudas. Un argumentación que ha sorprendido al PSOE andaluz en la medida en que sí fue anulada la condena de la número dos de Griñán, Carmen Martínez Aguayo, hace dos semanas por los mismos hechos.
Como en los casos anteriores relativos a los ERE, la votación se ha cerrado con siete votos a favor y cuatro en contra. La sentencia cuenta con los votos particulares de los cuatro magistrados del ala conservadora: Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Concepción Espejel. El fallo de este martes completa la corrección de la sentencia de Tribunal Supremo por parte del Constitucional, que se erige en corte de casación del alto tribunal, como adelantó THE OBJECTIVEen octubre del 2023, tras publicar el informe del letrado adscrito a la ponente Inmaculada Montalbán.