Ábalos pide al Supremo que retrase su declaración como imputado
El juez citó a declarar voluntariamente al que fuera mano derecha de Pedro Sánchez el próximo día 12 de diciembre
El exministro José Luis Ábalos pide ahora al Tribunal Supremo que retrase su citación como imputado, prevista para el 12 de diciembre, después de haber asegurado que iría en dicha fecha a declarar. El juez Leopoldo Puente citó al actual diputado del Grupo Mixto a las 10.00 horas para interrogarlo «de forma voluntaria» y llamó para que declaren en calidad de investigado al comisionista de la trama, Víctor de Aldama, el 16 de diciembre y a Koldo García un día más tarde.
En un auto al que tuvo acceso THE OBJECTIVE, Puente ofrece a Ábalos, que continúa aforado, la posibilidad de declarar de forma voluntaria. Lo hace de acuerdo con el artículo 118 bis de la ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), en aras de favorecer su derecho de defensa. La maniobra se realizó con carácter previo a resolver la procedencia de elevar el correspondiente suplicatorio al Congreso. El Supremo asumió el pasado 7 de noviembre la investigación sobre Ábalos al apreciar indicios de delitos por tráfico de influencias, malversación y cohecho en la exposición razonada que remitió al Alto Tribunal el juez que instruye el caso Koldo. Puente decidió que la Audiencia Nacional continuara la instrucción contra las personas que no están aforadas, aunque dejó abierta la puerta a hacerse cargo de ellos si se aprecia conexión «inescindible» respecto al antiguo secretario de Organización del PSOE.
El que fuera mano derecha de Pedro Sánchez comunicó al Tribunal Supremo que iría a declarar voluntariamente el próximo día 12 como investigado por el caso Koldo, sobre presuntas comisiones en contratos públicos de mascarillas en plena pandemia. Sin embargo, ahora cambia de opinión y ha solicitado que se retrase dicha citación para que le dé tiempo a estudiarse el sumario antes de acudir a sede judicial, según un escrito presentado por su abogado al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE.
El letrado de Ábalos ha presentado un escrito ante la Sala Segunda del Alto Tribunal en el que expone que «habida cuenta de la extensión de la causa, dándole traslado de la misma al Sr. Ábalos Meco, para su estudio y preparación de la comparecencia que viene señalada, le resulta a todas luces imposible poder realizar el estudio de la misma, al objeto de poder comparecer ante esa Exma. Sala con todas las garantías para el ejercicio de su defensa, y poder contestar a todas las preguntas que se le formulen».
El papel de Ábalos
El magistrado también cita a declarar como investigados a Aldama y al antiguo asesor de Ábalos, Koldo García. Puente acuerda asumir la competencia para investigar a ambos en relación con los hechos que están relacionados de forma «directa e inescindible» con los que pudiera haber protagonizado el aforado. Según el juez, los hechos que objetivamente conforman el perímetro de esta causa consisten en la adjudicación de contratos entre la Administración o entidades vinculadas a ella a empresas privadas o conductas equivalentes.
La exposición razonada indica que Aldama sería la persona que, en beneficio propio y de terceros, a través de determinados pagos o de contraprestaciones económicas y aprovechando su influencia sobre Koldo García y sobre el propio Ábalos, «habría logrado para sí o para terceros y con beneficio económico propio, la adjudicación de determinados contratos, fundamentalmente con las entidades Puertos del Estado y ADIF, pero también con otras administraciones o entidades a ella vinculadas».
Respecto a Koldo García, las investigaciones realizadas por el Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional revelan se trataría de la persona que podría haber actuado como enlace entre la Administración o entidades vinculadas a ella a empresas privadas o conductas equivalentes, es decir, entre Aldama y Ábalos.
El instructor indica que los pagos de Aldama «siempre en los términos indiciarios que resultan propios de esta muy incipiente fase de la investigación, podría haber realizado a los dos primeros, aparecen en el escenario fáctico inescindiblemente vinculados a los cobros, como igualmente no resulta factible desconectar las gestiones intermediadoras que se atribuyen al Sr. García del efecto que las mismas pudieran haber proyectado sobre la persona del aforado».