El Supremo advierte: cobrar más indemnización de la mínima legal por despido puede dejarte sin subsidio por desempleo
El tribunal Supremo acaba con la gran duda y establece que el SEPE y Hacienda no tienen que seguir las mismas reglas

Despido laboral | Canva Pro
Según establece la ley, cuando te echan de una empresa por causas objetivas, como por ejemplo cuestiones económicas, o un ERE, te corresponden de manera legal 20 días de salario por año de servicio, con un tope de 12 mensualidades. Respecto a esta cantidad de dinero, el Tribunal Supremo establece que el SEPE no puede contarlo como ingresos, por lo que en este caso no habrá ningún tipo de problema a la hora de pedir ayudas. Sin embargo, si al despedirte, la empresa te otorga más de ese dinero establecido el SEPE podría contarlo como un ‘extra‘, lo que dificultaría que te otorgaran próximas ayudas.

Que el SEPE mire tan de cerca ese dinero de más que te pueden dar, ha generado dudas durante mucho tiempo acerca de porque ese dinero debería interferir en próximos subsidios, si según hacienda estaba libre de impuestos, y de hecho es lo que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia estuvo defendiendo durante mucho tempo. Sin embargo, el 9 de diciembre de 2025 el Tribunal Supremo declaró una nueva resolución (sentencia nº 1209/2025, de 9 de diciembre) con la que establecía que el SEPE no tenía por qué seguir las mismas normas que Hacienda y que efectivamente podía contar ese dinero como nuevos ingresos a la hora de decidir no otorgar ciertas ayudas o suspenderlas de manera temporal hasta que el nivel de rentas vuelva a situarse por debajo del límite legal.
¿A quién afecta esto exactamente?
El Supremo distingue con claridad cuando puede afectarte o no este tema:
- indemnización mínima fijada por la ley: en este caso no habrá problemas a la hora de pedir ayudas asistenciales por desempleo. Es decir, si has obtenido una indemnización con la cantidad mínima del SMI no tendrás problema ninguno.
- indemnizaciones superiores: (habituales en muchos ERE) en este caso sí que pueden rechazarte las ayudas (de manera total o temporal) al considerar que tienes ingresos suficientes debido a esa cantidad extra y no es necesario otorgártelas. Sobre todo, si esa cantidad de más supera el 75% del SMI.
El límite de los 20 días
La justicia establece que si recibes exactamente los 20 días de salario por año trabajado, el SEPE no lo contará como ingresos y podrás pedir tus ayudas sin problemas. Sin embargo, todo el dinero que supere esa cantidad se considera renta para la Seguridad Social; incluso si el acuerdo realizado con la empresa es totalmente legal y aunque hacienda no cobre impuestos por ese dinero.
Esto se debe principalmente a que el SEPE y Hacienda actúan de maneras totalmente distintas. Hacienda se encarga de comprobar el dinero que tienes para saber cuánta cantidad de impuestos debes pagar. Por otro lado, el SEPE se encarga de ver la cantidad de dinero que tienes para saber si darte ayudas o no. En este caso, si el SEPE ve que debido a esa indemnización tienes una cantidad de dinero mayor a la establecida por la ley, decide que no necesitas esa ayuda, ya que este considera como un sueldo toda aquella cantidad que sobre pase los 20 días por año trabajado. Esto zanja finalmente la disputa que se venía generando desde hace tiempo entre los distintos Tribunales y aclara de manera definitiva las acciones del SEPE.
