El Supremo establece que conducir sin puntos es delito y no falta
El Tribunal Supremo ha establecido este lunes que conducir con todos los puntos del carné agotados es un delito y no una falta administrativa. El Alto Tribunal considera que un delito contra la seguridad vial «no requiere un elemento adicional de poner en un riesgo concreto la seguridad vial, y basta con la puesta en peligro en abstracto que supone conducir sin las condiciones legales para ello», informa el organismo en un comunicado.