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Sociedad

Esto es lo que se puede hacer (y lo que no) en la Comunidad de Madrid

Los vaivenes normativos han sembrado el caos entre muchos madrileños que se preguntan qué pueden hacer en estos momentos, a la espera de la nueva orden

Esto es lo que se puede hacer (y lo que no) en la Comunidad de Madrid

JAVIER BARBANCHO | Reuters

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de no ratificar las medidas del Ministerio de Sanidad que limitaban la movilidad en diez municipios de la región, incluida la capital, deja sin efecto la prohibición de entrar y salir de estas ciudades, pero siguen en vigor el resto de limitaciones, como las referentes a aforos y horarios.

Por el momento también siguen en vigor las restricciones aplicadas por el Gobierno regional desde el lunes 5 de octubre en tres zonas sanitarias básicas que quedaban fuera de estos diez grandes municipios: Reyes Católicos (en San Sebastián de los Reyes), Humanes y Villa del Prado. En estos casos, las medidas son las mismas que se aplicaron desde el viernes 2 de octubre en los diez grandes municipios (limitación de movilidad, restricciones de aforos y horarios), con la diferencia de que en las zonas sanitarias no está permitida la apertura de parques infantiles.

Pedro Sánchez ha convocado un Consejo de Ministros extraordinario para decretar el estado de alarma en Madrid, y estamos a la espera de una respuesta por parte del Ejecutivo de Ayuso que lleve a una posible negociación. Los vaivenes normativos de las últimas semanas han sembrado el caos entre muchos madrileños que se preguntan qué pueden hacer en estos momentos, a la espera de una nueva orden. A continuación, un decálogo para aclarar algunas de estas dudas:

¿Podré salir y entrar de la capital y de los otros nueve municipios afectados por la orden ministerial del 2 de octubre?

Los habitantes de Madrid capital, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Torrejón de Ardoz, Móstoles y Parla podrán moverse libremente. Son todos ellos municipios con una tasa de incidencia acumulada de 500 por 100.000 habitantes, uno de los tres criterios aplicados por el Ministerio de Sanidad para aplicar restricciones.

En cambio, los habitantes de las zonas básicas de salud de Reyes Católicos (San Sebastián de los Reyes), Humanes y Villa del Prado sí continuarán por el momento con las restricciones de movilidad y no podrán entrar o salir de estas áreas salvo para actividades esenciales, como ir a trabajar.

¿Me podrán multar si, pese a las recomendaciones de las autoridades, abandono mi Comunidad?

La Policía Nacional y la Policía Municipal de Madrid han retirado los controles para vigilar las restricciones a la movilidad en los diez grandes municipios una vez que las medidas han sido rechazadas por el Tribunal Superior de Justicia, pero se mantienen los controles internos, relacionados con el uso de mascarillas y el aforo de los establecimientos.

En consecuencia, no se puede multar a quien no respete las restricciones de salida y de entrada de los municipios confinados, aunque las sanciones nunca se llegaron a poner a la espera de una ratificación judicial que finalmente nunca llegó. Hasta ahora los controles policiales se limitaban a informar.

Por su parte, en las tres zonas básicas de salud pese a que continúan las restricciones de movilidad no es posible multar aún a la espera de ratificación judicial.

¿Puedo quedar con mi familia o amigos?

Las reuniones siguen limitadas a seis personas en toda la Comunidad de Madrid, tanto en espacios públicos como privados, salvo si son convivientes. Esta medida no se aplica en actividades laborales e institucionales o en aquellas en que se establezcan límites o medidas específicas.

¿Qué pasa con los parques y los jardines?

Pueden seguir abiertos en toda la Comunidad de Madrid salvo en las tres zonas sanitarias con restricciones, donde deberán permanecer cerrados.

¿Siguen limitados los aforos en la hostelería?

Los bares y restaurantes no echan la persiana, tampoco las casas de juegos y apuestas, pero el aforo no sobrepasará el 50 % en espacios interiores y el 60 % en exteriores.

Los establecimientos no podrán recibir nuevos clientes a partir de las diez de la noche, y la hora de cierre es una hora después, salvo servicios de entrega de comida a domicilio. El consumo en barra seguirá prohibido y no podrán sentarse más de seis comensales en una misma mesa.

 ¿Puedo asistir a un velatorio?

En los velatorios se limita a un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 en lugares cerrados, y en los entierros y cremaciones se restringe a 15 asistentes.

¿Puedo practicar deporte en mi gimnasio?

Tampoco cierran. El aforo se limita en el caso de dependencias al aire libre al 60 % mientras que las de interior será del 50 %.

¿Puedo ir de compras?

No hay limitaciones, aunque en los comercios el aforo máximo será del 50 % y no se podrá cerrar más tarde de las diez de la noche. En el caso de los cines el aforo tampoco podrá superar el aforo de un 50 %.

¿Qué pasa con mis clases de la autoescuela o de inglés en mi academia?

En las autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas, las clases podrán impartirse de forma presencial con un aforo del 50 %, además de garantizar la distancia de seguridad interpersonal.

¿Puedo asistir a misa?

No hay problema siempre que el aforo sea de un tercio y que se mantenga una distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.

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