Estas son las infracciones de tráfico más comunes de los motoristas, según la DGT
Los excesos de velocidad son la infracción más repetida en carretera por parte de los motoristas. A ella se suman también los problemas con la ITV o los adelantamientos antirreglamentarios.
Cada vez son más las personas que optan por cambiar el coche por la moto, especialmente en las grandes ciudades. Sin embargo, un uso poco adecuado de estos vehículos de dos ruedas puede tener consecuencias negativas para los conductores. Los resultados de la última campaña de vigilancia para motoristas en carretera de la Dirección General de Tráfico, en la que se alertaba del papel de los usuarios de otros vehículos en la siniestralidad de los conductores sobre dos ruedas, han dejado ver cuáles son las infracciones más cometidas tanto en carretera como en vías de alta capacidad.
Esta campaña, que se llevó a cabo durante los días 7 y 8 de mayo en aquellas carreteras más frecuentadas por motoristas, culminó con 963 denuncias formuladas sobre un total de 25.884 motocicletas.
Exceso de velocidad, problemas con la ITV o adelantamientos peligrosos
Los excesos de velocidad son la infracción más repetida en carretera por parte de los conductores de este tipo de vehículos. A ella se unen también los problemas con la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), como llevar la pegatina caducada, portar silenciadores o contar con modificaciones no regladas. Por su parte, la tercera falta más repetida es adelantar de manera peligrosa o antirreglamentaria.
De los 20.102 controles que se realizaron en las carreteras nacionales, hubo 290 denuncias formuladas por exceso de velocidad, 88 por el uso de silenciadores, 84 por carecer de la ITV en vigor y 28 por adelantamientos antirreglamentarios. La mayoría de los controles se llevaron a cabo en carreteras convencionales, ya que es en ellas se concentran más del 80% de los accidentes mortales con motoristas implicados, además de constituir algunas de las vías más peligrosas para ellos.
En cuanto a las autopistas y autovías, las infracciones cometidas por los motoristas siguen un patrón similar a las detectadas en carreteras convencionales. De esta manera se registraron 22 denuncias por exceso de velocidad, 15 por no haber pasado la Inspección Técnica de Vehículos y 7 por adelantamientos antirreglamentarios. Cabe destacar que el adelantamiento con línea continua es uno de los comportamientos más arriesgados.
Por otro lado, el uso de alcohol y drogas en el colectivo motorista también está presente. Del total de conductores controlados en esta campaña, 32 resultaron positivos en la prueba de alcoholemia y 3 en la de drogas, estos últimos en carreteras convencionales exclusivamente.
Además, la DGT ha querido resaltar la sorpresa al encontrar un total de 8 motoristas que no usaban el casco mientras conducían. La sanción por no llevarlo son 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet, además de las lesiones mortales que se puedan llegar a sufrir en caso de accidente.
Otras infracciones de tráfico en moto penalizadas por la DGT
Con motivo de la publicación de la nueva Ley General de Tráfico, han surgido dudas entre los motoristas sobre las infracciones más graves. Sin embargo, existen otras prácticas, aparentemente, más leves que la gente puede estar cometiendo por puro desconocimiento. Todas ellas pueden tener sanciones que vayan desde una multa económica hasta la resta de puntos.
Circular con una cámara de vídeo acoplada en el casco
Circular con una cámara acoplada en el casco puede acarrearnos una multa de 200 euros y la retirada de 4 puntos del carnet de conducir. Esto es debido principalmente a que muchos de estos dispositivos de seguridad que se utilizan hoy en día no están homologados para llevarlas acopladas.
Llevar (o no) pegatinas
Generalmente suele ser un elemento decorativo; no obstante, lo que mucha gente no sabe es que no todas las pegatinas están permitidas. Dentro de ellas podemos distinguir entre las obligatorias y las voluntarias. En el primer caso, entraría la pegatina de la ITV. Este adhesivo, al igual que en los coches, es un artículo obligatorio en cualquier vehículo que circule por la vía pública. Con él queda claro que pasó la inspección técnica cuando debía cumpliendo los estándares obligatorios. No hacer uso de esta pegatina puede suponer una multa de entre 80 y 100 euros. Además, debe ir colocada de una manera específica para que se pueda ver de primeras, ya sea en el carenado, en el chasis, en la horquilla o en el guardabarros delantero.
En el caso de las voluntarias, pueden existir pegatinas decorativas o medioambientales. En las decorativas se recogen todas aquellas que el usuario utilice para mejorar la estética de su vehículo, estando permitidas siempre y cuando no sean reflectantes o luminiscentes y, por tanto, afecten a la buena circulación de la vía. No cumplir este precepto nos puede acarrear una multa de 200 euros. Por su parte, , las medioambientales, de momento son pegatinas voluntarias. Sin embargo, en caso de uso es imprescindible llevarlas igual de visibles que las de la ITV, evidenciando que el vehículo cumple con la normativa de emisiones.
Circular sin la L siendo conductor en prácticas
Se considera conductor novel a aquel que obtiene un permiso de circulación por primera vez, una condición a la que estará sometido durante su primer año y en la que deberá cumplir una serie de obligaciones. Entre ellas destaca el uso de un distintivo con una ‘L’ blanca en fondo verde para distinguirlos del resto de conductores. . Al igual que pasa con los vehículos de cuatro ruedas, ésta debe colocarse en un lugar visible en la parte posterior de la moto. Incumplir esta normativa puede significar una multa de hasta 150 euros.
Llevar pasajeros en la moto
Antes de llevar a un pasajero, es importante conocer si el vehículo está homologado para llevar más de un ocupante. Esto se puede ver en el permiso de circulación del vehículo en el apartado S.1. Si en él aparece un dos es que la moto está certificada para llevar ocupantes. Si por el contrario aparece un 1 quiere decir que solo está homologado para una persona e incumplir esta norma puede acarrear una sanción de 200 euros.
En caso de cumplir con esta condición, lo siguiente que se debe tener en cuenta es la edad de la persona transportada. El reglamento especifica que sólo podrán ejercer de acompañantes aquellos que tengan más de doce años o que su edad esté comprendida entre los 7 y los 12 años y el conductor sea el padre, madre o tutor, o una persona mayor de edad que haya sido autorizada. La multa por no cumplirlo es de 200 euros.
Para todos los acompañantes, incluidos los mayores de edad, siempre esta prohibido colocarse entre el manillar y el piloto. Los conductores menores de 17 años nunca podrán ir acompañados.
Usar el claxon sin justificación
La función del claxon es únicamente la de advertir de peligro a otros conductores o dar a conocer la situación en la vía en caso de carreteras estrechas y con poca visibilidad. Utilizar la bocina sin causa justificada conlleva multas que pueden ascender hasta los 80 euros. Además, instalar en el vehículo señales acústicas no reglamentarias o simplemente no llevar ningún tipo de señal, está multado con 200 euros.
Acelerar al ser adelantado
Una de las maniobras más peligrosas que se pueden hacer al circular por una vía pública es la de adelantar; por ello es necesario señalizar con anterioridad y calcular tiempos. Sin embargo, algunos conductores no ven el peligro en este tipo de situaciones, y en vez de facilitar el adelantamiento, al optan por acelerar para evitar que les rebasen. La práctica de esta acción está sancionada con una multa de 200 euros.