Hacienda obliga a declarar el cheque de 200 euros y el bono cultural... y puede salir a pagar
Estas prestaciones pueden suponer no sólo hacer la declaración, que sin esta ayuda no se haría, sino también pagar a Hacienda
Fin del ‘regalo’. La Campaña de la Declaración de la Renta de 2023 se prolonga desde este martes hasta el 30 de junio, y aunque parezca sorprendente, algunas de las ayudas estrella del Gobierno de Pedro Sánchez para combatir la inflación, como el bono cultural, el bono al alquiler y, la famosa ayuda de 200 euros para familias con bajo nivel de ingresos y patrimonio tendrán que pasar por los rayos X de la Agencia Tributaria, dependiente del Ministerio de Hacienda. En determinadas circunstancias, el contribuyente, que sin dicha ayuda no tendría obligación de declarar, ahora sí tendrá que hacerlo, y esto puede suponer no sólo hacer la declaración, sino también pagar.
Bastaría con que el beneficiario, además de esta ayuda, perciba más de 1.000 euros anuales por la suma total de los rendimientos del trabajo, del capital mobiliario o inmobiliario, de otras ganancias patrimoniales -con o sin retención- o de rendimientos de actividades económicas.
Esta es una situación -recuerda Fernando Jesús Santiago Ollero, presidente de Consejo General del Colegio de Gestores Administrativos (Cgcga) a THE OBJECTIVE– que además de que supone «tener que afrontar los inconvenientes administrativos para hacer la declaración de la Renta -cuyo impreso se hace en internet (en el caso de domiciliar el pago de ésta, el plazo finaliza el 27 de junio de 2023)- contempla la posibilidad de que esta declaración salga a pagar, o lo que es peor, que en el caso de que se declaren rentas superiores anuales a 1.800 euros por todos los conceptos, suponga para sus descendientes, o en su caso a sus ascendientes perder la posibilidad de ejercer los correspondientes mínimos familiares por descendientes, ascendientes o discapacitados».
Y ahí va otro ejemplo, el del un contribuyente obligado a declarar por este concepto. Puede ser el caso de un padre, mayor de 65 años, incluido en la declaración de su hija; o el de un hijo incluido en la declaración de sus padres, que practica el correspondiente mínimo familiar por convivencia y dependencia y aun por discapacidad. Entonces, el importe de los mínimos familiares que pueden verse comprometidos oscilan entre los 1.050 euros y los 14.150 euros por término general. Algo parecido, según explica el presidente de los Gestores Administrativos a THE OBJECTIVE, ocurre con el bono cultural o con las ayudas o bonos que las entidades locales facilitan o impulsan para el comercio y el turismo.
Las ayudas que retornan a Hacienda
La declaración de la renta cuenta este año con nuevas casillas en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales, donde incorpora la ayuda correspondiente al Bono Cultural Joven, las ayudas públicas al alquiler (Bono Alquiler Joven), la ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio y, en su caso, las ayudas derivadas de los bonos-consumo, normalmente dirigidas al consumo en comercios, hostelería y turismo, otorgadas en los últimos años por las CCAA, las diputaciones o los ayuntamientos.
Tales cantidades –que no están exentas de tributación, según detalla el Cgcga- no obligan por sí mismas a presentar declaración, pero sí obligan a ello si su importe individual o conjunto o el importe total junto con otras subvenciones o ayudas públicas no exentas, con los rendimientos del capital mobiliario sin retención (Letras del Tesoro) o con las imputaciones de rentas inmobiliarias (el 1,1% o el 2% del valor catastral de inmuebles diferentes a la vivienda habitual, viviendas arrendadas o afectas a actividades económicas, entre otros inmuebles) superan la cuantía de 1.000 euros anuales.
Puede ser el caso de un solo pagador, que reciba ingresos de 21.000 euros y otros 800 euros al año en importes de capital mobiliario y inmobiliario (subvenciones covid, ayudas al ahorro energético). En el momento en que esas ayudas sumen 1.000 euros (200 euros más por el cheque) y los ingresos ya no estén por debajo de 22.000 euros, éste se ve obligado a pagar; y es entonces cuando ese pago le puede salir por 283,03 euros.
Precisamente este es uno de los problemas sobre los que el presidente de los Gestores Administrativos pone el acento al advertir que la medida de ayuda se ha convertido en un dardo envenenado. En opinión de Fernando Santiago, la solución es sencilla. Y es que el Gobierno modifique la norma e indique que esta ayuda está incluida entre las ganancias patrimoniales exentas o que su percepción no obliga a presentar declaración a quienes no estuvieran obligados a hacerlo por otras rentas.
Declaración sólo por internet
Un año más se mantiene el mecanismo de obtención del número de referencia para acceder al borrador y/o a los datos fiscales, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, o bien utilizando certificados electrónicos reconocidos y el sistema Cl@ve PIN, y mediante la aplicación app para dispositivos móviles.
La confirmación de los borradores o la presentación de las declaraciones debe realizarse obligatoriamente por internet: ya no es posible obtener la declaración en papel impreso, ni siquiera en el formato generado a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la AEAT. Lo que sí puede obtenerse en formato papel es, en su caso, el documento para el ingreso de la deuda tributaria directamente en una entidad financiera.