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Economía

Así son los okupas en España: mafias e inquilinos que fingen ser vulnerables

En caso de okupación o impago, los expertos recomiendan no tomar ninguna acción desajustada ni la justicia por nuestra cuenta

Así son los okupas en España: mafias e inquilinos que fingen ser vulnerables

Tensión en La Bonanova esta semana | Europa Press

El fenómeno de la okupación, aunque se ha incrementado en los últimos años en España, existe desde hace cuatro décadas. Según los datos del Observatorio del Suelo, órgano dependiente del Ministerio de Transportes y Agenda Urbana, la ocupación ha crecido de media un 41% desde que Pedro Sánchez está al frente del Gobierno. También según los últimos datos disponibles, Cataluña aglutina más del 50% de los casos denunciados (4.341 en un año).

Hace años el perfil de estas personas estaba casi siempre ligado a una vulnerabilidad o situación económica o personal compleja que les llevaba a tomar la decisión de entrar en una vivienda que no era suya, lo que se conocía como ocupación ilegal. No obstante, «según la última información que disponemos en el sector inmobiliario vemos que muchas de las personas que cometen este delito ya no se encuentran en situación de vulnerabilidad, sino que con ingresos estables y a sabiendas de lo que hacen, deciden rechazar el fin del contrato de sus arrendamientos, por ejemplo, lo que sería considerado inquiocupación», Jesús Pérez, Director Comercial de Finaer.

Nuevos perfiles

El perfil del okupa ha cambiado a lo largo de los años. Actualmente existen principalmente dos tipos. Por un lado están «los clásicos del movimiento» que entran en inmuebles desocupados desde hace años ya sea por una situación de vulnerabilidad o para utilizar la vivienda con fines delictivos. Y, por otro lado, «cada vez más, nos encontramos aquellos que se dedican a okupar viviendas que no están vacías, de las que han tenido conocimiento que en ese momento no esta su propietario», explica Arantxa Goenaga, abogada y socia del despacho Círculo Legal Barcelona, experta en derecho inmobiliario.

Desalojo de okupas en Bonanova I Europa Press

Este segundo perfil, mas ‘profesionalizado’, sigue un modus operandi muy claro. «En cuanto se inician las acciones judiciales, venden su derecho a otra familia que ocupa el inmueble. Incluso están organizados para controlar las viviendas que pretenden ocupar o que efectivamente okupan», asegura la experta en derecho inmobiliario a THE OBJECTIVE. Una identificación con la que Goenaga coincide con Pérez.

Por un lado encontramos a los considerados ‘okupas por necesidad’, entre los que se incluye a personas o familias en situación de vulnerabilidad económica o social, que no tienen acceso a una vivienda adecuada y recurren a la ocupación como una solución temporal. Suelen ser personas con bajos ingresos, desempleadas o en riesgo de exclusión social. Pero también hay «quienes aprovechan la situación para ocupar una propiedad con intención de subarrendar o utilizarla para actividades delictivas».

Aumento de la inquiocupación

No obstante, cuando hablamos de ocupación también se puede dar otro contexto para los propietarios. Este es el caso de los inquilinos que están viviendo en un inmueble en régimen de alquiler con todo en orden y en un determinado momento dejan de pagar y deciden, por diferentes causas, quedarse en el inmueble. A esto se le conoce como la inquiocupación. Esta situación, se ha disparado en los últimos años causando verdaderos perjuicios para los propietarios

Lo cierto es que siempre ha existido el impago de los alquileres y que los inquilinos se quedaban en el piso o en el local hasta que el juzgado los desalojaba mediante el lanzamiento. «La diferencia es que con todas las moratorias que se han aprobado tras la pandemia, guerra de Ucrania, etc.. se están prologando indefinidamente estos procedimientos judiciales y los lanzamientos», asegura Goenaga. Esta situación está llevando a situaciones desesperadas a algunos propietarios «que acaban convirtiéndose en vulnerables porque no pueden pagar el préstamo hipotecario del inmueble que tienen alquilado, por ejemplo, y provocando verdaderas situaciones muy complicadas que no están siendo previstas por el Gobierno».

En este sentido, la socia del despacho Círculo Legal Barcelona asegura que han experimentado en su despacho un incremento notable de estos casos. En algunos casos estos inquilinos, sin una situación real de vulnerabilidad, se están aprovechando de la situación. En el despacho están viendo como está aumentando el perfil de personas que alquilan una casa, de inicio ya no pagan y se quedan todo el tiempo que puedan hasta que el juzgado los eche. «Ya son casi profesionales que hacen transferencias para dar la apariencia de que pagan y luego la devuelven. Lo hacen hasta con los honorarios de la inmobiliaria», asegura Goenaga.

¿Qué puede hacer el propietario?

No hay que perder de vista que muchas familias se han enfrentado desde la pandemia a un contexto de inflación en el que los precios de los alimentos, de la gasolina y de la electricidad no dejaban de subir y en algunos momentos han encontrado dificultades para realizar ciertos pagos. Sin embargo, es importante destacar que la inquiocupación es un problema que afecta tanto a los propietarios como a los inquilinos que buscan alquilar una vivienda, ya que la falta de garantías para el propietario «puede hacer que los alquileres sean más caros y difíciles de obtener», apuntan los expertos consultados.

Ante esta situación, ¿qué puede hacer el propietario ante estas situaciones? Según la experta en derecho inmobiliario, el propietario puede adoptar medidas como instalar un sistema de alarmas o contratar un seguro de impago o de protección contra la ocupación, así como actuar rápido cuando un inquilino deja de pagar la renta -en el caso de la inquiocupación-.

En definitiva, «procurar tener los medios previos y actuar rápidamente cuando se produce la situación». Para ello es muy importante que estén bien asesorados por un buen profesional, añade. Es prioritario, ante estas eventualidades, que los «propietarios adquieran hábitos legales que garanticen todo lo acordado con el inquilino de una manera formal», añaden desde Finaer -empresa dedicada a las garantías del alquiler-.

Para ello, Pérez recomienda que a la hora de alquilar un inmueble aunque el trato sea cercano con el futuro inquilino «no se debe acordar ningún contrato de forma verbal, que es aconsejable que durante la redacción del contrato haya un supervisión legal del escrito por un abogado o un experto inmobiliario».

Asimismo, en caso de okupación o impago es «clave no tomar ninguna acción desajustada ni tomar la justicia por nuestra cuenta, como cambiar la cerradura o acceder al interior de la casa y vaciarla, dado que estos gestos podrían tener consecuencias penales para los propietarios».

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