THE OBJECTIVE
Francesc de Carreras

Un referente mundial negativo

«La ley de amnistía es un referente mundial de lo que no debe ser nunca una amnistía si quiere respetar las reglas de un Estado de derecho»

Opinión
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Un referente mundial negativo

Ilustración de Alejandra Svriz.

Mucho se habla de la amnistía pero no todo el mundo entiende su verdadero significado y alcance, la gravedad de concederla en estas condiciones y circunstancias. 

Se dice que más importante que la amnistía es el aumento del salario mínimo o las desgravaciones fiscales de productos de primera necesidad para evitar que suban el precio. Todo es importante, por supuesto, y las cosas de comer son importantísimas. Pero la amnistía supone una abierta ruptura con piezas clave de nuestro Estado de derecho, afecta a nuestra arquitectura constitucional y es un antecedente peligroso que puede dar lugar a otras rupturas de mayor alcance. 

En el fútbol son importantes los goles y las jugadas bonitas, pero si por partidismo e interés propio el árbitro no pitara los penaltis porque necesitas el favor de quien los ha cometido, vulnerando con ello el reglamento, no habrá ni goles ni bonitas jugadas y, además, se acabará el fútbol. Si adoptamos un tono solemne podemos distinguir entre las cuestiones estructurales y las coyunturales, las estructurales las reglas del futbol, las coyunturales los goles. Pues bien, en el plano de la política la amnistía afecta a lo estructural y subir el salario mínimo o desgravar determinados productos a lo coyuntural. Y es más determinante lo primero que lo segundo.

¿Por qué afecta la amnistía a los principios estructurales de un Estado de derecho? Porque vulnera claramente a algunos de ellos, precisamente los más importantes: la división de poderes, la seguridad jurídica, la igualdad y no discriminación, el principio de legalidad y la interdicción de la arbitrariedad. ¿Les parecen pocos? 

Con ello se abre un boquete en el Estado de derecho que se agrava porque el autor de tal fechoría es una ajustada mayoría parlamentaria que para ser mayoría debe contar con el apoyo de quienes se benefician de la amnistía. Una amnistía que es, en definitiva, una autoamnistía. «Yo, Puigdemont, no he cometido ningún delito porque me amnistiaron las Cortes Generales». Esto es el poder soberano. 

«Se trata de una medida arbitraria, injustificada, sin motivos ni argumentos racionales y razonables»

Quizás la principal objeción a esta amnistía es que se trata de una medida arbitraria, es decir, injustificada, sin motivos ni argumentos racionales y razonables que solo podrían ser tales si estuvieran encaminados a realizar principios y finalidades constitucionales. Pero es evidente que ello no es así, todos lo sabemos, y que esta amnistía sólo tiene un propósito: obtener el voto de los nacionalistas catalanes para que Pedro Sánchez («haciendo de la necesidad virtud», como él mismo ha confesado) siga al frente del Gobierno. Después vendrán los devastadores acuerdos escritos del PSOE con ERC, Junts y PNV, y el no escrito con Bildu. Pueden destruir el Estado constitucional.

¿Son buenas o malas las amnistías? Pues, como en tantas cosas, depende. En todo caso son excepcionales, en el sentido literal del término, porque siempre son la excepción a una ley vigente. Se ha utilizado en muchos países, también en el nuestro, para resolver situaciones muy difíciles, normalmente tras conflictos bélicos que inauguran un nuevo tiempo de paz con consenso, con el acuerdo de todos. 

Recuerden la famosa y excelente película Vencedores o vencidos (1961), dirigida por Stanley Kramer y cuyo título original es El juicio de Nuremberg, en traducción literal al castellano. Es una de las grandes películas de tema judicial, materia que ha dado lugar a films memorables.

Pues bien, si no me falla la memoria, hay un momento de la película en que la viuda de un general alemán contrario a Hitler (Marlene Dietrich) le dice al juez estadounidense (Spencer Tracy) que preside en aquel tiempo el tribunal (1948) que tenga en cuenta que el alemán medio empieza a considerar que las sentencias condenatorias están dictadas más por un espíritu de venganza que por el de justicia, que los fallos judiciales pueden ser contraproducentes porque una gran parte de los alemanes colaboraron con el régimen nazi y no hay cárceles para encerrarlos a todos. Esta es aproximadamente el sentido de aquella conversación entre dos personas sensatas que se han hecho amigas. 

«Para esto sirven las amnistías: para pacificar una sociedad en la que unos han sido derrotados y otros son los vencedores»

Poco después, los aliados que ocupaban Alemania y a cuyo cargo actuaban estos tribunales cesaron de actuar. Las penas ya habían surtido los efectos deseados. La Constitución de 1949 no menciona la amnistía aunque en el mismo año se promulga una ley llamada de «impunidad» con efectos parecidos a la amnistía con el fin de resolver el problema planteado por la viuda del general antinazi en Vencedores o vencidos. Pero nunca se aplicó esta ley a quienes sostenían que estaban dispuestos a repetir («ho tornarem a fer») las barbaridades de la dictadura hitleriana.

Para esto sirven las amnistías: para pacificar una sociedad en la que unos han sido derrotados y otros son los vencedores pero, tras la victoria, todos quieren vivir pacíficamente en un sistema liberal y democrático. Así pasó también en Francia después de 1945 y tras el fin de la guerra de Argelia en 1962, incluso tras los sucesos de mayo del 68 y en alguna otra ocasión semejante. La amnistía figura en la Constitución francesa.

También sucedió algo parecido en Italia tras de la derrota de Mussolini, la amnistía se incluyó en la Constitución de 1948 y fue aplicada para pacificar un país hasta hacía poco dividido. Pero hay que señalar una significativa cuestión: con el tiempo se abusó de ella al aplicarla a delitos electorales y financieros, lo cual fue escandaloso y muy criticado por políticos, juristas y la opinión pública. Hasta 20 amnistías se concedieron a partir de principios de los años cincuenta. Pero tales fueron las críticas que en 1992 se cambió la ley que regulaba la amnistía y se puso una condición clave: que fuera aprobada por los 2/3 de las Cámaras (diputados y senadores), uno por uno cada artículo y todo el texto final. Tomada esta medida legislativa, nunca más se han concedido amnistías. 

Nuestra amnistía, sin previsión constitucional ni ley que la regule, considerada hasta la noche del pasado 23 de julio como inviable al ser inconstitucional por todo el PSOE, desde el presidente hasta del último militante, que no entraba en los planes de ningún partido excepto los afectados por el procés, nuestra amnistía, digo, no tiene que nada que ver con eso, ni con los demás países europeos en que es admitida, ni con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ni con la doctrina de la famosa Comisión de Venecia.

Nuestra ley de amnistía no tiene precedentes en Europa, es única y, en este sentido, tiene razón el ministro Bolaños cuando dice que «es un referente mundial». Naturalmente, es un referente mundial negativo, es un referente de lo que no debe ser nunca una amnistía si quiere respetar las reglas de un Estado de derecho. 

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