Lesmes diseña la hoja de ruta para dimitir tras un último intento por renovar el Constitucional
El presidente del Poder Judicial sería sustituido por Francisco Marín Castán, presidente de la Sala Civil y el más antiguo del Tribunal Supremo
Carlos Lesmes amenaza con irse, pero no arroja la toalla. El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) explicará la próxima semana la hoja de ruta a seguir si finalmente dimite. Ya amenazó con hacerlo durante la apertura del año judicial si no había acuerdo para renovar el Tribunal Constitucional. Antes de consumar su advertencia hará un último intento. Convocará un nuevo pleno del Consejo a principios de octubre. Si no hay fumata blanca, pondrá punto y final a su mandato. Un informe señala que debe sustituirle Francisco Marín Castán, presidente de la Sala Civil y el más antiguo del Supremo.
El relevo está especificado en un documento que el propio Lesmes ha encargado al gabinete técnico del Consejo. En el texto emerge la figura de Marín Castán, actual vicepresidente del Tribunal Supremo. Quien antes ocupaba ese puesto, Ángel de Juanes, se jubiló hace tres años y no ha podido ser sustituto porque el CGPJ sigue en funciones. Se trata de un documento interno que corrobora las intenciones de Lesmes, que preside el Poder Judicial desde 2013.
Marín Castán no es vocal del CGPJ, pero el informe establece que debe asumir su presidencia «de forma automática», sin necesidad de acuerdo del Consejo. Esa conclusión permitirá sortear el veto a realizar nombramientos discrecionales que ata de pies y manos al órgano de gobierno de los jueces desde que una reforma legislativa prohibió estas designaciones mientras su mandato esté caducado.
¿El último pleno de Lesmes?
El presidente del CGPJ no quiere abandonar la institución sin dejar resuelta varias cuestiones. Por un lado, la renovación de los vocales del Consejo, cuyo mandato caducó hace cuatro años. Y especialmente, la de los dos representantes que les corresponden en el Tribunal Constitucional, vacantes desde junio. Esta última cuestión debería haberse resuelto el 13 de septiembre, día en el que se agotaba el plazo impuesto por el Gobierno. El bloqueo de parte del sector conservador ha impedido la renovación hasta el momento.
El miércoles fracasó la segunda ronda de negociaciones entre conservadores y progresistas. La intención de Lesmes es convocar un nuevo pleno del CGPJ a principios de octubre si no hay acuerdo en el cónclave previsto para el jueves 29 de septiembre. Todo parece indicar que no lo habrá. Ese mismo día, el comisario de Justicia europeo, Didier Reynders, llega a España para mediar en el conflicto.
El presidente del órgano de gobierno de los jueces ha trasladado a varios magistrados que planea citarles el 3 de octubre para que nombre de una vez por todas a los dos magistrados del Tribunal Constitucional que les corresponde. Sin embargo, el hecho de que se celebre un pleno extraordinario no significa que se logre un acuerdo. La clave sigue siendo concitar el suficiente consenso entre los dos sectores del CGPJ para sumar los 12 votos que hacen falta de los 19 en liza.
La maniobra de Lesmes tiene una explicación. El CGPJ se encuentra en funciones, por lo que no puede elegir un nuevo presidente. Además, la vicepresidencia del alto tribunal se encuentra vacante tras el cese por jubilación en octubre de 2019 de su titular, Ángel Juanes. Desde entonces el cargo ha sido cubierto de forma interina por el presidente de Sala del Tribunal Supremo más antiguo, Marín Castán. El presidente del Consejo dudaba si debería sustituirlo una persona o el cargo debería desdoblarse.
Ante semejante dilema, Lesmes optó por solicitar un informe al Gabinete Técnico del órgano de gobierno de los jueces para que examinara los mecanismos de sustitución. El texto concluye, entre otras cosas, que «tanto la Constitución como la Ley Orgánica del Poder Judicial conciben la presidencia del Tribunal Supremo y del CGPJ como una titularidad conjunta e indisociable».
El texto excluye la posibilidad de «articular vías diferenciadas de sustitución: a través del vicepresidente del Tribunal Supremo o de quien ejerza sus funciones en la presidencia del Tribunal Supremo y por el vocal de mayor edad en la presidencia del CGPJ». El magistrado que se encuentra en este último caso es Rafael Pozo, del sector progresista. El documento aclara que, «excluida la doble vía de sustitución, esta ha de proveerse como canal único a través de la vicepresidencia del Tribunal Supremo, a cuyo titular atribuye la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en sus artículos 590 y 591.1 la función de sustituir al presidente».
La constitucionalidad de la medida
Para despejar cualquier sombra de duda, incluye la sentencia del Constitucional 191/2016, que examinó la constitucionalidad del régimen de sustitución previsto en los citados artículos de la LOPJ y concluyó que «(…) ninguna vulneración de la Constitución es de apreciar en que el legislador haya dispuesto que la sustitución del Presidente del Tribunal Supremo por el Vicepresidente del mismo lo será, cuando proceda, no solo para el Tribunal Supremo, sino también para el Consejo General del Poder Judicial, manteniendo así (en opción tal vez no única, pero constitucionalmente inobjetable) la conjunción en un solo titular, para casos de sustitución, de la presidencia de uno y otro órgano, conjunción que, en general, ha querido la Constitución».
Por último, el informe señala que la sustitución del presidente del Supremo y del CGPJ por quien ejerce interinamente las funciones de vicepresidente del Tribunal Supremo tiene lugar, como sucede en la de este último, «ope legis (en virtud en este caso de lo dispuesto en el artículo 590 LOPJ) y de manera automática, sin necesidad de acto o acuerdo alguno. Por tanto, queda al margen de la la limitación de atribuciones del Consejo en funciones establecida por la Ley Orgánica 4/2021».