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Política

La 'ley del solo sí es sí' ha beneficiado ya a 400 condenados por delitos sexuales

En España, los reclusos por este tipo de crímenes ascienden a 4.008 lo que significa que la norma de Igualdad ha favorecido a más del 10% de los reos

La ‘ley del solo sí es sí’ ha beneficiado ya a 400 condenados por delitos sexuales

Irene Montero y Ángela Rodríguez Pam.

El número de condenados por delitos sexuales que se ha visto beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la ley del solo sí es sí asciende al menos a 400, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma. Desde el 7 de octubre, cuando entró en vigor la reforma del Código Penal, se ha ordenado la excarcelación de 28 personas. Las últimas 26 rebajas de pena han trascendido este jueves y viernes y se han producido en Andalucía, Baleares, Cataluña, Navarra y País Vasco.

El número de presos por delitos sexuales en España asciende a 4.008 reclusos -incluidos aquellos que se encuentran en prisión preventiva-, esto significa que la ley del solo sí es sí, impulsada por el Ministerio de Igualdad, ha supuesto ya la rebaja de las condenas de más del 10% de los condenados por este tipo de crímenes hasta el momento, ya que al aplicarse retroactivamente las leyes favorables a los reos, cualquier recluso puede acogerse a este principio, tal y como indica el propio Código Penal, en su artículo 2.2.

Son 122 casos más que el pasado viernes, cuando el número de condenados que había visto rebajada sus condenas alcanzaba los 278. El lunes la cifra subió hasta los 338. El miércoles llegó a los 374. Este viernes, en el marco de las negociaciones que mantienen los ministerios de Igualdad y de Justicia para llevar a cabo una reforma de la ley, el número agresores sexuales beneficiados se sitúa en los 400.

Los últimos casos registrados han sido comunicados por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía, que ha sumando seis nuevas rebajas: cinco en Málaga –uno de ellos ha conllevado excarcelación– y uno en Jaén.

En Baleares, por su parte, el TSJ ha informado de 11 nuevas modificaciones de pena a condenados por delitos sexuales. Según ha precisado, las secciones penales de la Audiencia Provincial han estudiado hasta ahora un total de 94 asuntos susceptibles de revisión: en 55 casos no se ha rebajado la pena; en 39, sí. Quedan pendientes de revisar otras 90 condenas.

En Cataluña, la Audiencia Provincial de Lleida ha rebajado de siete a cinco años y cuatro meses la pena de prisión a un hombre condenado por un delito de agresión sexual. Asimismo, la Audiencia Provincial de Barcelona ha acordado aplicar la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual a un hombre que cuando era entrenador en un club de fútbol de Sant Joan Despí cometió un delito de agresión sexual contra una menor de 16 años. El tribunal le ha impuesto la pena de nueve años de prisión y ha explicado que lo hace en cumplimiento de la reforma penal por ser «más favorable al reo».

En la lista también consta una nueva rebaja en Navarra, donde la Audiencia Provincial ha modificado de nueve a siete años la pena de prisión impuesta a un hombre que violó a su expareja en junio de 2020 en Pamplona. Al margen, otros seis agresores sexuales han visto reducidas sus penas de cárcel en Álava. Uno de ellos se ha beneficiado de una rebaja de cinco años, al ver pasar su pena de prisión por un delito de agresión sexual de 12 a siete años.

Casos por comunidades

A 3 de febrero, se confirman revisiones de sentencia y rebajas de pena en 17 comunidades autónomas. Según los datos recabados hasta ahora por Europa Press, constan 70 en Andalucía, 53 en País Vasco, 46 en Comunidad Valenciana, 42 en Madrid, 39 en Baleares, 33 en Galicia, 21 en Castilla y León, 20 en Castilla-La Mancha, 16 en Asturias, 14 en Canarias, 13 en Cataluña, nueve en el Supremo, ocho en Extremadura, siete en Cantabria, tres en Navarra, dos en Murcia, dos en La Rioja y dos en Aragón.

De estos 400 casos, 29 han conllevado la excarcelación de condenados: seis de Madrid, seis en País Vasco –uno por orden del Tribunal Supremo–, tres de Baleares, dos de Galicia, dos en la Comunidad Valenciana, dos de Cantabria, dos en Andalucía, dos en Asturias, uno en Extremadura, uno en Castilla y León, uno en Canarias y uno en Castilla-La Mancha.

Los casos aquí contabilizados representan una estimación a la baja, toda vez que no todos los TSJ llevan un registro actualizado al día del número de casos de rebajas que se dictan en sus tribunales. Al margen, se ha computado también cientos de revisiones en las que los jueces han considerado que no corresponde aplicar la reforma penal de forma retroactiva, entre otras razones, porque la pena se encuentra dentro de la horquilla ahora vigente.

«Más favorable al reo»

En las 400 modificaciones acordadas hasta ahora, los magistrados explican que estas revisiones a la baja se hacen porque el propio Código Penal, en su artículo 2.2, establece que siempre deberá aplicarse la ley «más favorable» al reo.

La ley del solo sí es sí ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual. Así las cosas, las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press explican que el número de casos en los que se aplican las rebajas seguirá creciendo ante las revisiones pendientes en todas las comunidades autónomas.

El criterio del Supremo

El Tribunal Supremo aseguró en su sentencia sobre el ‘caso Arandina’ que la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual es «obligatoria» por ser «más favorable» al reo. El alto tribunal tuvo que hacer uso de la modificación penal al revisar la sentencia del ‘caso Arandina’ y condenó a nueve años de cárcel –y no a 10, como pedía la Fiscalía– a dos exjugadores de ese club de fútbol al aplicar la ley del solo sí es sí.

Los magistrados elevaron las penas -desde los cuatro y tres años que había fijado el TSJ de Castilla y León- tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima. El Supremo ha rebajado ya nueve penas de prisión relativas a delitos de agresión sexual desde que entró en vigor la reforma del Código Penal. Una de ellas ha conllevado una excarcelación en el País Vasco.

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