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El TC sentenciará que el aborto es un derecho de la mujer exigible a las administraciones

El Pleno del Constitucional validará la ponencia redactada por la magistrada progresista Inmaculada Montalbán, que propondrá desestimar el recurso del PP

El TC sentenciará que el aborto es un derecho de la mujer exigible a las administraciones

El principal asunto de Constitucional el próximo 9 de mayo será el principal asunto será el recurso presentado por diputados del PP en 2010 contra la ley orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria. | Europa Press

El Tribunal Constitucional (TC) celebrará la próxima semana un Pleno en el que dará el aval definitivo a la ley del aborto aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, en una sentencia que reconocerá la interrupción voluntaria del embarazo como un derecho de la mujer de contenido prestacional, al tiempo que estimará el recurso de Ciudadanos contra los acuerdos de la Mesa del Parlament de 2019 donde ésta se ratificó en el ejercicio de la autodeterminación.

Según el orden del día del próximo Pleno, que comenzará el 9 de mayo, el principal asunto será el recurso presentado por diputados del PP en 2010 contra la ley orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo aprobada ese mismo año, que supuso la implantación del sistema de plazos estableciendo un límite de 22 semanas para poder abortar.

Las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press avanzan que el Pleno validará la ponencia redactada por la magistrada progresista Inmaculada Montalbán, que propondrá desestimar el recurso del PP con un sentencia que consagrará el aborto como un derecho de la mujer.

No obstante, las fuentes precisan que no se configurará como un nuevo derecho fundamental, sino enmarcado en el derecho a la integridad personal y, en este sentido, en la libre autodeterminación, siguiendo así la línea marcada por el TC en su sentencia sobre la ley de la eutanasia.

Al igual que con dicho fallo, también le otorgará un contenido prestacional para garantizar que el ejercicio de este derecho pueda ser exigido a las administraciones públicas.

Enfoque novedoso

La sentencia elaborada por Montalbán supondrá una aproximación novedosa respecto al anterior borrador, del magistrado conservador Enrique Arnaldo, que pivotaba sobre los derechos del no nacido o ‘nasciturus’. A este respecto, las fuentes aclaran que la nueva ponencia no niega los derechos del ‘nasciturus’ pero sí da mayor importancia a los de la mujer, así como a su bienestar.

La propuesta de Arnaldo pasaba por respaldar prácticamente toda la ley, salvo el artículo 17 por considerar que la forma de informar a la mujer –mediante un sobre cerrado– no garantiza suficientemente que dé un consentimiento informado a la interrupción voluntaria del embarazo.

El pasado 9 de febrero, el TC rechazó dicha ponencia y Arnaldo declinó redactar otra que recogiera el sentir mayoritario, por lo que el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, le encargó a Montalbán elaborar «una nueva resolución que desestime el recurso de inconstitucionalidad» del PP.

Posible conflicto

La ley aprobada en 2010 también eliminaba el consentimiento paterno en los casos de abortos de menores de 16 y 17 años pero ese artículo fue derogado en 2015 por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, con lo que el recurso ‘popular’ habría perdido su objeto en este punto.

Por ello, la nueva ponencia guarda silencio sobre este asunto, si bien desde el TC se avista un futuro conflicto por este mismo tema, ya que la nueva ley del aborto permite que las menores de esas edades aborten sin necesidad de consentimiento paterno.

Las fuentes consultadas lo achacan al hecho de que el Constitucional ha tardado tanto en responder al recurso del PP –concretamente, 13 años– que ha dado tiempo a que la ley impugnada se vea superada por una nueva regulación.

La Mesa del Parlament

En este Pleno, la corte de garantías también tiene previsto declarar inconstitucional los acuerdos de la Mesa del Parlamento adoptados el 24 y 25 de julio de 2019 por los que la sede legislativa se ratificó en «la defensa del ejercicio del derecho a la autodeterminación como instrumento de acceso a la soberanía del conjunto del pueblo de Cataluña».

Las citadas fuentes aseguran que el tribunal estimará el recurso presentado por Ciudadanos contra dichos acuerdos, que salieron adelante con el apoyo de JxCat, ERC, Comuns y CUP, y con el voto en contra de PSC y de PP. Cs, por su parte, decidió no participar en la votación.

También rechazará el recurso del PP contra la llamada ley Celaá, aplicando el mismo criterio por el que el pasado 18 de abril ya desestimó el de Vox y validó la norma educativa. Además, el Constitucional estudiará si admite a trámite el recurso del PP contra la reforma penal que derogó la sedición y modificó la malversación, y el de Vox contra la ‘ley trans’.

Asimismo, analizará la admisibilidad de los recursos de la Asamblea de Madrid y el Gobierno de Murcia contra el impuesto a las grandes fortunas, también impugnado por los ejecutivos de Andalucía, Madrid y Galicia, cuyos recursos fueron admitidos a trámite.

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