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Tribunales

Condenada una mujer por acosar a su expareja a la que vigilaba a diario hasta con GPS

La situación generó en la víctima una situación de ansiedad e intranquilidad constante y afectó a sus rutinas diarias

Condenada una mujer por acosar a su expareja a la que vigilaba a diario hasta con GPS

Fachada del Juzgado de Vélez-Málaga, Andalucía | Álex Zea (Europa Press)

Una mujer ha sido condenada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Marbella (Málaga) como autora de un delito de acoso a su expareja al que vigilaba a diario incluso con GPS, una conducta de control y hostigamiento que se produjo ante la negativa del hombre de continuar la relación con ella.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, se destaca que la procesada durante meses y casi a diario se sentaba en un banco, situado enfrente de la oficina en la que él trabajaba (durante toda su jornada laboral) desde las 8:00 hasta las 15:00 horas, «en actitud vigilante, controladora e injustificada».

La mujer además accedía al interior de la oficina, «en reiteradas ocasiones», bajo la excusa de efectuar gestiones innecesarias relativas a la comunidad y aprovechaba para pedirle explicaciones acerca de sus relaciones con otras mujeres en presencia de los demás trabajadores y usuarios.

En los hechos probados se señala que la acusada le interrogaba sobre lo que había hecho y dónde había estado y le llegó a manifestar que era un portador de un virus muy peligroso y lo acusaba de habérselo transmitido. Cuando el hombre abandonaba su trabajo, la mujer se levantaba del banco y le seguía con un teléfono móvil en la mano en actitud de realizar una grabación.

Toda esta situación de control, vigilancia y hostigamiento de la mujer, según la sentencia, generó al hombre una situación de ansiedad e intranquilidad constante y le afectó a sus rutinas diarias. Incluso dejó de hacer sus salidas en bicicleta por miedo a ser perseguido o de sufrir daño así como a supervisar los bajos de su vehículo para comprobar la ausencia de dispositivos de control por parte de la mujer.

Así, según la resolución, la versión ofrecida por el hombre tiene «mayor verosimilitud y credibilidad», ya que el testimonio «se ha mantenido firme y persistente», apuntando que la mujer ya fue condenada por hechos similares previamente por un delito leve. Además, también se tiene en cuenta las declaraciones de los testigos en el mismo sentido.

Asimismo, «resulta acreditado que dicha actuación obsesiva y controladora produjo y tenía entidad suficiente para producir una alteración sustancial en las costumbres y hábitos cotidianos» del hombre, «a causa de los seguimientos y controles, incluso por GPS, que la acusada efectuaba», lo que le llevó a pedir una medida cautelar de prohibición de aproximación de la acusada.

La mujer ha sido condenada a la pena de cuatro meses de multa con una cuota diaria de diez euros como autora de un delito de acoso y además se le impone la prohibición de aproximarse al afectado, a su domicilio, lugar de trabajo u otro que él frecuente a una distancia no inferior a 50 metros, así como comunicarse con él por cualquier medio por un tiempo de tres años.

Óscar Gómez, socio de Balms Abogados y responsable de la defensa del afectado, ha dicho a EFE que están muy satisfechos con la resolución porque es una «sentencia excepcional, estamos acostumbrados a que sean los hombres los que acosan y no las víctimas».

Durante el juicio la mujer se excusó diciendo que permanecía durante horas en el banco frente a la oficina de su acosado porque allí tenía mejor wifi, aunque no se ha podido demostrar que en su domicilio no tuviera este servicio, según la sentencia.

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