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El Constitucional tumba artículos clave de la ley catalana sobre la emergencia habitacional

Estima así parcialmente el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el PP

El Constitucional tumba artículos clave de la ley catalana sobre la emergencia habitacional

Fachada de la Sede del Tribunal Constitucional | Marta Fernández (Europa Press)

El Tribunal Constitucional (TC) ha tumbado artículos clave de la ley aprobada en 2022 por el Parlament de Cataluña para frenar la emergencia habitacional, entre ellos los que establecen la obligación de ofrecer una propuesta de alquiler social antes de interponer demandas judiciales o de desahucio.

En concreto, el pleno del TC ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el PP, si bien ha rechazado la queja dirigida contra la totalidad de la ley por motivos competenciales. Según ha informado el TC en un comunicado, esta resolución no afectará a las situaciones ya consolidadas, de forma que la inconstitucionalidad y nulidad solo tendrá efectos de cara al futuro, según recoge EFE.

El pleno, con el voto particular de cinco de los magistrados, ha declarado inconstitucional el artículo 1.3 de la ley de marzo de 2022 del Parlament, que establece como causa de incumplimiento de la función social de la propiedad de una vivienda o un edificio de viviendas la contravención de la obligación de ofrecer una propuesta de alquiler social antes de interponer una demanda judicial.

También anula parte del artículo 12, que hace extensiva la obligación de ofrecer una propuesta de alquiler social antes de interponer determinadas demandas judiciales a cualquier acción ejecutiva derivada de la reclamación de una deuda hipotecaria y a determinadas demandas de desahucio y prevén la interrupción de los procedimientos iniciados en los que no se haya acreditado la formulación de la oferta de alquiler social.

El pleno del tribunal de garantías también ha declarado inconstitucionales por vulnerar la competencia estatal varios preceptos de la ley catalana, como el artículo 11, que contempla la renovación de los contratos de alquiler social por una sola vez cuando finalicen.

El TC también ha anulado el artículo 7, que impone al adquiriente de una vivienda una especie de responsabilidad objetiva que le obligaría a responder por hechos ajenos, en contra del principio de culpabilidad derivado del artículo 25.1 de la Constitución. El Parlament aprobó 2022 una nueva ley antidesahucios que recuperaba medidas anteriormente tumbadas por el TC, como la obligación a grandes tenedores de ofrecer alquileres sociales a quienes ocupen sus inmuebles, entre otras medidas para frenar la emergencia habitacional.

Una ley con apoyo de ERC, JxCat, CUP, PSC-Units, comunes y entidades como la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) que trataba de subsanar los errores de la normativa de vivienda aprobada en 2019 y que fue tumbada por el TC al entender que vulneraba el derecho a la propiedad e incluía medidas que no pueden imponerse mediante decreto ley porque son «coactivas, no voluntarias».

Tras la aprobación de esta ley, el PP ya anunció que interpondría un recurso de inconstitucionalidad ante el TC.

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