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Condenan a indemnizar con 300.000 euros a la hija de una empleada que murió por el amianto

La Justicia vasca condena a Flexix por provocar un cáncer pleural a una trabajadora debido a la exposición al amianto

Condenan a indemnizar con 300.000 euros a la hija de una empleada que murió por el amianto

Concentración de afectados por el amianto. | Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictaminado este lunes que la empresa Flexix debe indemnizar con más de 300.000 euros a la heredera de una empleada fallecida por cáncer pleural debido a la exposición al amianto. Esta decisión revoca una sentencia previa del Juzgado de lo Social número 10 de Bilbao, que había desestimado la demanda por falta de pruebas concluyentes sobre la exposición al amianto.

La Sala de lo Social del tribunal vasco ha establecido que la indemnización asciende a 270.496,27 euros por los daños derivados de la enfermedad profesional, y otros 32.910,31 euros por daño moral debido al fallecimiento de la trabajadora. El total, que asciende a 303.406,58 euros, también incluye intereses.

La víctima, que trabajó en Flexix SA desde 1966 hasta 2007, estuvo expuesta al amianto mientras realizaba embalajes de ferodos de freno, utilizados en el centrifugado de lavadoras. A pesar de que la empresa afirmaba que las fibras de amianto quedaban atrapadas y no se dispersaban durante el embalaje, la realidad contrasta con esta versión.

En octubre de 2021, a la trabajadora se le diagnosticó un mesotelioma pleural epitelioide, un tipo de cáncer que se desarrolla por inhalar fibras de amianto. Tras su fallecimiento en diciembre de 2022, su hija, declarada heredera universal, presentó una demanda valorando los daños y perjuicios sufridos.

Incapacidad absoluta

Osalan, el Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, tras investigar, concluyó que la empleada estuvo probablemente expuesta al amianto durante sus labores. Además, el Instituto Nacional de la Seguridad Social reconoció en noviembre de 2022 que la lesión pleural de la mujer derivaba de una enfermedad profesional, otorgándole una incapacidad absoluta.

La sentencia inicial del Juzgado de lo Social número 10 de Bilbao fue desestimada, absolviendo a Flexix de cualquier responsabilidad al cuestionar la validez del informe de Osalan y la resolución del INSS. Sin embargo, la mayoría de la Sala del TSJPV ha rectificado esta decisión, destacando la contradicción de dudar de la conexión entre la enfermedad y la exposición al amianto cuando ya había sido reconocida oficialmente.

La Sala, en su mayoría, ha acordado acoger la demanda, aunque no en su totalidad. Se ha rechazado la cuantía solicitada por ayuda de tercera persona, al no probarse más allá de la contratación de una asistente días antes del fallecimiento. Tampoco se reconoció la gran invalidez de la trabajadora.

Un magistrado emitió un voto particular, basándose en que la resolución del INSS se apoyaba solo en un informe de Osalan que mencionaba una «mera posibilidad» de exposición al amianto, y concluyó que el ambiente polvoriento en el que trabajaba la fallecida no estaba causado por este material.

Asviamie ha valorado positivamente la sentencia de la mayoría de la Sala del TSJPV, criticando las decisiones previas que, a su juicio, intentaban minimizar los efectos nocivos del amianto y desentenderse de las estrictas medidas de seguridad que deberían haberse aplicado, tratando de ocultar los daños causados por los déficits preventivos de Flexix frente a esta sustancia altamente cancerígena.

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