Moncloa limita los contratos al sector privado y aumenta un 84% los encargos al Estado
La externalización del gasto público en España es un 27,6% inferior a la de las economías de la UE, según el IEE
Según el último informe elaborado por el Instituto de Estudios Económicos (IEE), esta vez referido a «la colaboración público-privada y a su contribución a la eficiencia del sector público, en la provisión de los servicios públicos», en 2022, año preelectoral, el Gobierno de Pedro Sánchez aumentó, en solo un año, hasta en un 84% más el volumen de encargos a medios propios del conjunto del sector público, lo que supuso 3.713 millones de euros más que en el último ejercicio. Una gestión que favoreció a las entidades públicas, en detrimento del sector privado.
Pero esta apuesta por la gestión de la Administración Pública, que no solo perjudicó a las empresas, pymes y autónomos, también ha dejado a España, junto a Italia, Grecia y Estonia, entre otros países, a la cola de los 38 miembros que conforman la OCDE, en lo que se refiere al gasto público destinado a la externalización de servicios y obras. Ello nos sitúa por debajo de la media de la UE y de la media de la OCDE. De hecho, y según el Índice IEE de externalización del gasto público, España presenta un valor inferior en un 27,6% a la media de las economías avanzadas de la UE.
Por cierto, se trata de una actuación que también deja en muy mala posición a nuestro país. Según datos valorados por la OCDE, perdemos posición en la relación entre eficiencia pública y outsourcing (externalización y subcontratas).
La ecuación es de extraordinaria importancia porque, a tenor de los 11 expertos consultados en Economía, Gestión y Empresas, aquellos países como Alemania y Finlandia que apuestan por externalizar de manera más extensa su sector público son también los que exhiben niveles más elevados de eficiencia en sus gastos.
El presidente y el director del IEE, Iñigo Fernández de Mesa y Gregorio Izquierdo, recalcaron este miércoles que una acción de este tipo, con la externalización de funciones y servicios del sector público, también contribuye a una mayor competitividad mediante la especialización, la reducción de costos y la adquisición de conocimientos técnicos del sector privado.
Por cierto, esta posición también fue defendida desde la sede de este organismo, ubicado en la central de CEOE, por Fernando Jesús Santiago Ollero, presidente de la Asociación Empresarial de Gestores y Gestorías Administrativas, y cuya opinión también queda recogida en este estudio, en el capítulo «La Ley de Colaboración Social Administrativa: la solución integral al problema de la tramitación administrativa pública».
Apoyo de las autoridades comunitarias
A tenor de la clasificación y metodología establecidas por el Sistema Nacional de Cuentas, implementado en todos los países de la OCDE, el informe del IEE distingue dos componentes del consumo público que provienen de la externalización o subcontratación. El primero haría referencia a la compra de bienes o servicios por parte del sector público al sector privado, y que son utilizados para sus procesos de producción, es decir, en la externalización de los consumos intermedios; y el segundo se refiere a la contratación de una empresa privada que provee directamente el bien o servicio público al consumidor final, esto es, mediante transferencias sociales en especie.
El estudio señala que la externalización continúa recibiendo el impulso de las instituciones tanto comunitarias como nacionales, existiendo un marco regulatorio en este ámbito. Y esto, apunta el IEE, facilita que las economías de estos países observen mejores datos en la reducción de sus costes, en la generación de ahorro público, en servicios más sostenibles y mayor inversión en innovación, y por tanto, en un gasto más racional, en consonancia con la consolidación que pedirá la Comisión Europea una vez que dé luz verde a las nuevas reglas fiscales.
Así, y teniendo en cuenta el efecto positivo que sobre la economía de un país, en tanto a la eficiencia del gasto público y sobre sus servicios tiene la colaboración público-privada, las consideraciones generales del estudio sugieren a España un menor abuso por parte de la Administración en la utilización de los medios propios para desarrollar actividades del sector privado, en el ámbito de la provisión de servicios públicos.
Por esto, mantiene el trabajo, «sería conveniente que este modelo se sustituyera por un modelo de colaboración público-privada real, a través de los instrumentos normativos contemplados en nuestra legislación, y que recogen los principios de libre concurrencia, que hacen efectivos los principios de igualdad de trato y no discriminación, así como los de publicidad, transparencia y confidencialidad».
No en vano, subraya la Revista nº 3 de este año, no se debería pasar por alto que, dadas las circunstancias excepcionales que se han producido en los últimos años, a partir de significativos choques de oferta que han generado aumentos de costes de producción imprevistos, es necesario que, en aras de limitar estas contingencias y ofrecer certidumbre sobre el desarrollo de los contratos a largo plazo, se verifique el mecanismo técnico-jurídico.
Beneficio para el ciudadano
En parecidos términos se pronunció ayer el presidente de la Asociación Empresarial de Gestores y Gestorías Administrativas, Fernando Jesús Santiago Ollero, para quien, si queremos avanzar en ofrecer un sistema de tramitación administrativa pública al ciudadano, eficaz y coherente con las necesidades y demandas que tiene, «deberemos poner en marcha una Ley de Colaboración Social Administrativa e integral que dé un paso más y confíe en el sistema de colaboración social que tan buenos resultados ya ha dado en nuestro país».
En opinión de Santiago Ollero, el sistema de colaboración -teniendo en cuenta que no solo las inversiones en obras públicas son la que precisan de la colaboración del sector privado- «ha sido y es la única solución al sistema burocrático administrativo de nuestro país. Y como muestra, el ejemplo que destacan los datos de beneficio de un usuario que acude a un gestor administrativo para resolver cuestiones administrativas, antes que a la ventanilla. Beneficios que tienen su traducción en tiempo, coste económico y resultado, como se puede observar en el cuadro de abajo, elaborado por los gestores administrativos».
La gestión urbana del agua también ocupó su espacio en el análisis-informe elaborado por el Instituto de Estudios Económicos, cubierto este miércoles por THE OBJECTIVE. Una exposición que corrió a cuenta de Hilario Albarracín Santa Cruz, presidente de la Asociación de Gestores Urbanos del Agua (AGUA), quien comenzó admitiendo el cambio que España ha experimentado en este sentido desde la democracia hasta ahora, de modo que el intervencionismo ha ido dando paso a la colaboración en la gestión con el sector privado.
Y la razón de ese cambio puede ser, citando a José María Serrano Sanz, doctor en Economía, por la Universidad de Barcelona, que «hay un consenso bastante amplio en la literatura sobre los tres motivos que parecen haber sido los más significativos, y que son: el aprovechamiento de los conocimientos técnicos que proporcionan a las empresas privadas las economías de escala en la gestión, el intento de reducir costes a través de la gestión privada, o bien, la necesidad de hacer frente a dificultades financieras».
En la actualidad, demuestra Albarracín, «la titularidad del agua es ejercida siempre por la Administración pública, cuyo acceso está regulado por ley y determina qué usos son de libre acceso y qué utilización debe ser obtenida mediante algún tipo de autorización o licencia». Pero -matiza- «durante los últimos 30 años han sido diversos los modelos de gestión que se han desarrollado para la prestación de los servicios del agua, que se pueden dividir en cuatro grupos: el 34% de la población es abastecido por entidades públicas, el 34% por empresas privadas, el 22% por empresas mixtas y el 10% por servicios municipales».
Pues bien -sostiene-, teniendo en cuenta en el contexto actual, «España tiene unos estándares de cobertura y de calidad de abastecimiento de agua de primer nivel y, por otra parte, el servicio del agua es de carácter altamente local, lo que explica la diferencia de precios entre los diferentes municipios, las críticas al recibo del agua, cuando es una empresa privada quien lo gestiona, no tienen en cuenta -apunta- que, en la mayoría de los casos, dicho recibo incluye el cobro de cánones, impuestos autonómicos y tasas locales relacionadas con el ciclo del agua, e incluso en muchas ocasiones incorporan tasas o impuestos que nada tienen que ver con el agua (como la tasa de recogida de basuras)», apostilla.
Con estos argumentos, Albarracín Santa Cruz destaca las aportaciones que se desprenden de la gestión pública-privada, y cuyos beneficios son «la eficiencia y sostenibilidad en la gestión; la estabilidad en la prestación de servicios; la opción para que los recursos para la financiación de inversiones y liberación de recursos públicos puedan ser destinados a políticas sociales; la calidad en los empleos y estabilidad laboral o las inversiones en I+D+i». Asimismo -concluye-, «es de sobra conocido que el entorno de la Administración local no es el más propicio para la gestión y el desarrollo de actividades con alto contenido de innovación tecnológica y organizativa como requieren la mayoría de los servicios municipales».