Una juez concede la eutanasia a un preso porque es un «derecho fundamental»
Se trata del exvigilante de seguridad de Tarragona que disparó a sus excompañeros de una empresa de seguridad y a un mosso
La juez ha avalado la eutanasia solicitada por el exvigilante de seguridad de Tarragona que disparó a sus excompañeros de una empresa de seguridad y a un mosso, porque es un «derecho fundamental» y porque la ley no prevé que la justicia pueda interferir en un proceso de muerte asistida.
Durante su detención, el mismo día que abrió fuego contra varios excompañeros el pasado diciembre, hiriendo a tres de ellos y a un agente de los Mossos cuando este trató de impedir su huida, el exvigilante de seguridad sufrió una lesión medular tras ser reducido a tiros por la policía, y hace dos semanas pidió que se le aplicara la eutanasia.
El Hospital Penitenciario de Terrassa en el que se encuentra ingresado autorizó al preso, M.E.S, de 46 años de edad, iniciar el proceso de muerte asistida, pero dos de las víctimas del tiroteo -entre ellas el agente de la policía catalana herido- pidieron al juzgado que paralizara el procedimiento, según avanza este El País.
En un auto, la magistrada del juzgado de Instrucción 5 de Tarragona resuelve que no procede «la interrupción» del proceso de muerte asistida solicitado por el pistolero, puesto que la Ley de Eutanasia «no atribuye ninguna competencia al juez de instrucción para decidir sobre el proceso».
La juez resalta en este sentido que la ley «no regula de manera específica la eutanasia aplicada a personas que se hallen en situación de prisión provisional o sujetas a un procedimiento judicial de cualquier tipo».
Sostiene, así, que las exclusiones previstas en la ley son en el caso de menores o de personas que «no tengan capacidad de decidir», por lo que esta exclusión no puede hacerse extensiva a un preso como es este caso.
Prevalece el derecho a una muerte digna
Además, la magistrada esgrime que se trata de un derecho fundamental y que debe prevalecer el derecho a una muerte digna: la «prioridad» son los derechos a la integridad física y moral, a la dignidad, a la libertad y autonomía personal, sostiene en su auto.
La acusación particular ejercida por el mosso d’esquadra herido, que representa el letrado José Antonio Bitos, abogado del sindicato USPAC, pidió a la juez que emitiera una «orden urgente» al Hospital Penitenciario de Terrassa para que cesara «cualquier actividad» encaminada a llevar a cabo la eutanasia hasta que no se dicte sentencia.
En un escrito, el letrado sostenía que el Hospital de Terrassa «no puede en modo alguno decidir sobre la vida de un investigado internado por orden judicial».
«Un asesino, o presunto en este caso, no puede esquivar ni el juicio ni una condena mediante una eutanasia», de forma que debe ser el juzgado el que acuerde «todas las medidas de protección necesarias para evitarlas», esgrimía la acusación.
Tras el aval de la juez instructora, será ahora la Comisión de Garantía y Evaluación, un organismo multidisciplinar dependiente de la Generalitat, la que evalúe el proceso de eutanasia solicitado por el pistolero.