El nuevo reglamento MiCA pone orden en los criptoactivos pero deja fuera a los NFT
El Parlamento Europeo ha aprobado la norma que unifica los derechos de los consumidores y los requisitos para los operadores de criptomonedas.
El Parlamento Europeo ha dado un salto cualitativo en materia de regulación para poner orden en las inversiones en criptoactivos, criptomonedas o tokens. Se trata de una amplia variedad de activos financieros digitales que hasta ahora habían estado funcionando en una suerte de limbo legal, con distintas regulaciones en cada país. Pero ahora se ha aprobado el reglamento MiCA (markets in crypto-assets, por sus siglas en inglés) que regula los criptoactivos. Los expertos consultados por THE OBJECTIVE consideran que esta armonización legal abre oportunidades de negocio, mejora la seguridad jurídica y protege a los inversores.
El reglamento MiCA es parte de un proyecto más ambicioso de la Comisión Europea. Es una de las cuatro normas que forman parte de un paquete más amplio, el Paquete de Medidas sobre Finanzas Digitales o Digital Finance Package, cuya prioridad es incentivar el desarrollo de la tecnología en las finanzas y, más concretamente, de la tecnología blockchain.
Ahora las reglas del juego son claras y para todos los operadores que trabajen en la Unión Europea. Por una parte, pone el foco en la gobernanza de los emisores y prestadores de estos servicios, con regulación relacionada con la operativa, organización y gobierno interno de los emisores de tokens y de proveedores de servicios de inversión.
También fija los medios de protección al consumidor frente a la emisión, negociación, intercambio y custodia de criptoactivos, con medidas de prevención de abusos y de otras situaciones que afecten a la integridad del mercado. Y facilita la expansión de los negocios a nivel europeo.
¿A qué criptoactivos se aplica el reglamento MiCA?
La norma entrará en vigor en dos fases. Por una parte, el régimen general entrará en vigor a los 20 días desde la publicación Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). Esto afectará de forma inmediata a los criptoactivos referenciados. Pero establece un periodo transitorio de 18 meses -lo que se conoce como vacatio legis– para gran parte de las disposiciones.
Además de la emisión de tokens, regula los proveedores de servicios. Por una parte, el reglamento MiCA regula a tres categorías de tokens. Por una parte, están los tokens de utilidad, que van vinculados a una aplicación o servicio de blockchain y que sólo se pueden utilizar para ese fin. Y por otra, a las stable coins.
Dentro de estas, están los tokens referenciados a activos, que se utilizan como medio de cambio cuyo valor está vinculado a un subyacente, que pueden ser una cesta de divisas de curso legal, otras commodities u otras criptomonedas. Y también están los tokens referenciados a dinero electrónico, que sirven como medio de cambio cuyo valor va vinculado a una sola divisa de curso legal.
Además de la emisión de tokens, la norma regula a los proveedores de servicios. Lo previsible es que sea la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) la que supervise el cumplimiento del reglamento y el Banco de España seguirá gestionando el registro de proveedores de monedas de cambio -los conocidos como exchanges– y de los custodios.
MiCA se aplica a los 27 de la Unión Europea
Con la nueva normativa, se homogeneizan los requisitos y gestiones para operar en Europa. Hasta ahora, una entidad podía ofrecer criptomonedas sólo en España si estaba registrada en el Banco de España y contaba con la tecnología adecuada.
Pero ahora, al ser entidades reguladas, las empresas que ya estén registradas sólo tendrán que cumplir con los pasos que establece MiCA y notificar a la autoridad local del país europeo donde quieren operar que quiere ofrecer servicios de criptomonedas en ese territorio con una antelación de 40 días como mínimo. Y se coordinará con la autoridad competente del Estado miembro de origen, con la ESMA (Autoridad Europea de Valores y Mercados) y la EBA (Autoridad Bancaria Europea).
Las gestiones hasta ahora eran más complejas. Tenían que registrarse en cada país y cumplir distintos requisitos legales, empezando desde cero. Las entidades nuevas también tendrán un procedimiento más simplificado y homogeneizado.
«MiCA es pionera a nivel mundial y seguramente será referencia en muchos países. Ahora, gran parte de la normativa que afecta a las emisiones de tokens es estatal. Si pensamos en Estados Unidos, el ámbito financiero lo tienen muy fragmentado. El tener un cuerpo normativo de 27 países tendrá un peso a nivel mundial y será un laboratorio de pruebas para el resto del mundo», señala Xavier Foz, socio del bufete Roca Junyent y especialista en Fintech y Blockchain.
Salvaguarda de fondos para los criptoactivos
Uno de los aspectos más destacables son las garantías que establece para los usuarios de criptomonedas. Tras la caída de compañías como FTX por mala praxis en la gestión de sus fondos, de Celsius o de Terra-Luna en 2022, también se fija una serie de obligaciones para que los proveedores de criptoactivos garanticen los fondos de los usuarios de sus plataformas.
Por un lado, están los requerimientos prudenciales; por otro, las obligaciones en materia de salvaguarda de fondos. «Hay un anexo de MiCA en los que hay unos requisitos para cumplir con una salvaguarda de fondos o contratar un seguro. No es mucho, pero es algo necesario», señala Joâo Augusto Teixeira, Chief Compliance Officer de Bit2Me.
Y destaca que ofrece más seguridad jurídica también en términos de desarrollo de negocio. «Con MiCA los requisitos van más allá de la prevención del blanqueo de capitales. Son de tipo operativo, de organización, de gobierno interno, de honorabilidad y transparencia. Es una normativa más completa que aplica a todas las entidades financieras», aclara.
Protección a los inversores en criptoactivos
El objetivo general es la protección al consumidor y la emisión de cada tipo de criptoactivo debe cumplir unos parámetros, es decir, hay una graduación de requerimientos dependiendo del tipo de activo. Otros deberes que tienen que cumplir los prestadores de servicios están relacionados con la gobernanza o la implantación de procedimientos efectivos para la detección, gestión y revelación de posibles conflictos de interés.
Para facilitar que los usuarios ejerzan sus derechos, MiCA exige a los prestadores de servicios que implanten medios eficaces para la gestión de reclamaciones. De este modo, se quiere evitar los casos de exchanges cuyo operador no se ha identificado o del que se desconoce el territorio en el que está establecido.
Las quejas ante los proveedores de servicios se podrán presentar de forma gratuita y los operadores deberán poner a disposición de los usuarios la plantilla de reclamaciones. También deberán llevar un registro de todas las quejas recibidas y de las medidas adoptadas. La atención deberá ser oportuna, justa y comunicadas en un plazo razonable.
Facilidades para operar a nivel europeo
Uno de los principales valores de esta normativa es la uniformidad y esto explica que se haya aprobado en forma de reglamento, para mantener reglas armonizadas en toda la región.
«El legislador europeo ha querido reforzar esta armonización a nivel europeo a diferencia de, por ejemplo, la directiva PSD2 o la quinta directiva. En estos casos hay margen para que los Estados miembros adapten las reglas y se ha querido evitar lo que ha pasado con algunas normativas nacionales que se habían creado en Malta y Francia, que habían derivado en una suerte de competencia», recuerda el socio de Roca Junyent.
Para las entidades del sector de criptoactivos, esta nueva regulación supone una oportunidad para expandir sus servicios y ofrecer de forma segura a sus clientes una mayor variedad de activos.
«Nosotros estamos contentos por la posibilidad de tener un pasaporte en la UE que nos permita expandirnos. Vemos que hay exchanges que vienen de paraísos fiscales o que están en Asia y hacen operaciones aquí sin cumplir. Para nosotros es una protección para el negocio», aclara Teixeira.
Otro aspecto positivo es que además de favorecer al ecosistema cripto a nivel europeo con un marco legal común, esta normativa contribuirá a aumentar la confianza de los mercados y de los clientes en las empresas del sector cripto y blockchain, algo mermada tras conocerse algunos escándalos el pasado año.
Los NFT se quedan fuera pero depende de su uso
En esta normativa se han quedado fuera algunos activos, como los NFT, o tokens no fungibles, algo que no ha estado exento de debate. Fuentes consultadas explican que el reglamento ya venía con retraso e incluir este tipo de criptoactivos podría retrasarla aún más; otros consideran que es un acierto dejarlo fuera y que es más adecuado regular los NFT en una norma específica.
«Seguramente serán objeto de una segunda revisión de esta normativa», explica el Foz, que pone el acento en que se trata de un criptoactivo con unas características muy concretas que lo diferencian: son únicos. «Esta naturaleza jurídica ha hecho que no se le encontrara un encaje», aclara.
Más allá de eso, todo depende del uso que se le dé a este tipo de activo. «Si un NFT es sólo para coleccionistas, por ejemplo, quedaría fuera; pero si se utiliza y cumple con las características de un utility token, tiene que cumplir con el reglamento MiCA«, señala Teixeira.