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Las magistradas discrepantes creen que la condena a Griñán se basa en «especulaciones»

El voto particular sostiene que la condena al expresidente de Andalucía «no se ajusta a derecho» porque «adolece de un importante déficit argumentativo»

Las magistradas discrepantes creen que la condena a Griñán se basa en «especulaciones»

Manuel Chaves y José Antonio Griñán durante el juicio en Sevilla. | Europa Press

El Tribunal Supremo ratifica la condena a José Antonio Griñán. Sin embargo, la sentencia no es unánime. El alto tribunal ha notificado este miércoles la resolución completa del caso de los ERE que mantiene el castigo de seis años de prisión al expresidente andaluz. El voto particular de dos magistradas revela que la condena del tribunal sancionador «no se ajusta a derecho». En el texto, de 88 páginas, aseguran que la resolución «adolece de un importante déficit argumentativo» y se basa en «meras especulaciones». Exculpan a Griñán y a otras cuatro personas del delito de malversación porque la ejecución de las ayudas a empresas en crisis correspondió a los funcionarios de la Consejería de Empleo.

La Audiencia Provincial de Sevilla condenó a Griñán a seis años de prisión por prevaricación y malversación de caudales públicos en noviembre de 2019. El Supremo ratificó en julio la sentencia, aunque el texto definitivo, de más de 1.200 páginas, no se ha conocido hasta este miércoles. Era el requisito necesario para que su abogado comenzara los trámites oportunos para impedir que el expresidente andaluz ingrese en prisión. José María Calero ya anunció a THE OBJECTIVE que agotaría todos los cauces posibles, entre ellos el recurso de amparo. La familia ya presentó a principios de mes la solicitud de indulto.

La sentencia afirma que el Gobierno andaluz creó y desarrolló un sistema de concesión de ayudas exprés a empresas en crisis entre los años 2000 y 2009. La intención era evitar «todo control administrativo» disponiendo «del dinero público de forma discrecional y al margen de toda la legalidad». La conclusión pertenece a tres de los cinco magistrados del Supremo que revisaron la condena por el caso de los ERE dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla. La resolución cuenta con el voto particular de dos magistradas que consideran que Griñán y otros cuatro ex altos cargos de la Junta condenados no malversaron.

Los delitos de Griñán

El voto particular fue formulado por las magistradas Ana María Ferrer y Susana Polo. Ambas discrepan de la condena por malversación de los cinco acusados ajenos a la Consejería de Empleo, Griñán entre ellos. Critican que sus compañeros hayan confirmado este delito, que conlleva condena de cárcel, ya que se les atribuye sin que existan «pruebas sólidas, más allá de las meras especulaciones». Un extremo al que ya se refirió el abogado del expresidente andaluz al asegurar que su cliente sufrió «indefensión» durante el juicio. Ahora estudia presentar un incidente de nulidad ante el Tribunal Constitucional. Tiene 20 días.

Ferrer y Polo reconocen que hubo una concesión ilegal masiva de subvenciones, pero sostienen que no todas fueron improcedentes. En su escrito afirman que, si estas ayudas hubiesen seguido el procedimiento adecuado, no habrían tenido trascendencia penal. «Concurren supuestos de ayudas claramente fraudulentas que nunca se debieron conceder y otras de las que sí tendría que hacerse cargo el erario público en todo caso, aunque cumplimentando el procedimiento legal para las concesiones».

«Una cosa es asumir y aprobar todo un sistema específico» para agilizar la concesión de ayudas «y otra cosa muy diferente es que los acusados tuvieran conocimiento de que parte de esos fondos estuvieran siendo distribuidos de forma dolosamente fraudulenta por los funcionarios ejecutores», insisten las magistradas. Reconocen que las cinco personas que no pertenecían a la Consejería de Empleo, Griñán entre ellas, colaboraron con sus actos a la implantación de un sistema ilegal. No obstante, difieren de que se cometiera malversación además del delito de prevaricación.

Las magistradas señalan que se pretende condenar por malversación a Griñán y a otras cuatro personas por conductas que realizaron autoridades y funcionarios de la Consejería de Empleo en la fase final de la ejecución de las ayudas. Estas conductas consistieron en distribuir y repartir el importe de las subvenciones a personas y empresas que carecían de derecho a recibirlas. Además de a Griñán, exculpan a Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo Serrano, Jesús Rodríguez Román y Miguel Angel Serrano Aguilar.

Petición de indulto

El voto particular también cuestiona que la Audiencia Provincial de Sevilla apreciara un dolo eventual en la actitud de estos condenados. Las magistradas reprochan que en ningún momento existieron pruebas sólidas contra ellos y lo achacan a meras especulaciones, por lo que no sería posible acreditar que los condenados conocieran las ilegalidades en las que incurrían y que estas suponía un menoscabo del patrimonio público. Ferrer y Polo afean al tribunal sentenciador una «lacónica e inmotivada fundamentación jurídica sobre la autoría» del delito de malversación que «en ningún caso quedó acreditado».

La familia de Griñán presentó a principios de septiembre la solicitud de indulto por razones de «humanidad y equidad». La publicación de la sentencia completa activa la medida de gracia, que debe ser estudiada por el Consejo de Ministros y concedida por la ministra de Justicia. Numerosas personalidades han firmado ya la petición, entre ellas los expresidentes Felipe González y José Luis Rodríguez Zapatero. También lo ha hecho la sucesora de Griñan al frente de la Junta, Susana Díaz, que se convirtió en el primer cargo público del PSOE en rubricar el documento, lo que incumple el Código Ético del partido.

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