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Un juez cancela las oposiciones a la Policía de Oviedo por el requisito de estatura a las mujeres

El tribunal ha estimado la demanda de un sindicato tras probar que las bases del proceso discriminaban al 25% de las aspirantes

Un juez cancela las oposiciones a la Policía de Oviedo por el requisito de estatura a las mujeres

Policías locales de Oviedo, en una imagen de archivo. | TO

Varapalo de la Justicia al Ayuntamiento de Oviedo por exigir una estatura mínima a las mujeres por encima de la media nacional en las bases de acceso de las oposiciones a la Policial Local. El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de la capital asturiana ha estimado la demanda contra el citado requisito de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) y ha paralizado el proceso selectivo, en el que se ofertaban 36 plazas para la escala básica, por considerarlo «discriminatorio» para al menos el 25% de las aspirantes, según desgrana el auto, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE.

Fuentes sindicales aseguran a este periódico que, tres meses antes de la publicación de la oferta de puestos, advirtieron en dos ocasiones al Consistorio de Oviedo, gobernado por el Partido Popular, de que la estatura mínima exigida a las mujeres suponía una «discriminación indirecta» y debían corregirlo. «Nos hicieron caso omiso. Ellos decidieron seguir con el proceso, pese al perjuicio que iba a ocasionar. Esto ocurrió hace poco también con los exámenes a Policía Local del Ayuntamiento de Grado, pero les avisamos y corrigieron el error», critican desde el CSIF

En la demanda, el abogado del sindicato señalaba que el requisito suponía una infracción del principio de igualdad y no discriminación habida cuenta de que «los aspirantes de sexo masculino se ven sometidos a un requisito de estatura mínima menos exigente (1,65 cm)» y excluye a un porcentaje de hombres menor que el de mujeres, a quienes se le exige una estatura de 1,60 centímetros. 

En otras palabras, es mucho mayor el porcentaje de chicas (25%) que no alcanzan la altura requerida por la norma reglamentaria, que el de chicos (3%). Una «discriminación» que se produce a consecuencia «de que los límites fijados no atienden atienden a los estándares de estatura media actuales de hombres (1,74cm) y mujeres (1,63) entre los 20 y 49 años», argumenta el CSIF. De manera que sólo una estatura mínima de 1,54 cm para las mujeres restablecería la necesaria igualdad.

Funciones policiales sin requisitos de altura

En el fallo, el Juzgado Contencioso Administrativo estima todas las pruebas, en forma de informes, presentadas por la parte recurrente, afirmando que el requisito de estatura diferente es «en sí mismo discriminatorio por restrictivo para el acceso a la mujer». Y asesta un duro ‘golpe’ al Ayuntamiento de Oviedo, que en sus alegaciones a la demanda señaló que los funcionarios, «con independencia del sexo deben poseer unas características que permitan una polivalencia en el desempeño de las funciones que tienen encomendadas». 

Ante esto, el juez, en relación con esa «polivalencia» y su influencia en el mantenimiento de la seguridad ciudadana, recrimina a la administración local que no argumenta nada sobre la justificación de la diferente estatura mínima y le recuerda que, como pone de relieve la parte recurrente, «dentro de la estructura de la Policía existen multitud de áreas funcionales que ni tan siquiera necesitan para su adecuado desempeño ninguna condición física especial, y mucho menos tener una estatura más o menos elevada». 

Si bien es cierto que el ejercicio de las funciones policiales relativas a la protección de las personas y bienes, la detención y la custodia de los autores de hechos delictivos y las patrullas preventivas, pueden requerir el empleo de la fuerza física e implicar una aptitud física particular, «no lo es menos que algunas funciones de policía, como el auxilio al ciudadano o la regulación del tráfico, no precisan aparentemente un esfuerzo físico elevado», argumenta el tribunal. 

Sentencia del TJUE

Como prueba de esta «discriminación indirecta por sexo», el juez también hace alusión a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de noviembre de 2017. «La discriminación indirecta que se produce al fijar las mismas alturas para mujeres y hombres, que es lo que rechazaba la sentencia el TJUE, no se salva con el mero hecho de fijar estaturas mínimas diferentes si al hacerlo sigue sin atenderse a las funciones que han de realizar y a las acreditadas diferencias de estatura media, por sexo, de la población española», zanja la sentencia. 

Tras años de repetidas quejas por parte de las opositoras, recientemente el Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional en el que definitivamente se elimina el requisito de estatura mínima para acceder al cuerpo. Aunque esta condición sí se mantendrá para ingresar en las unidades de intervención policial, las UIP, conocidos como los antidisturbios, las UPR, y el Grupo Especial de Operaciones, el GEO. 

Hasta este año, era imprescindible tener una altura de al menos 1,65 centímetros en el caso de los aspirantes hombres y 1,60 para las futuras agentes, unas medidas que ya no serán requisito para quienes se presenten en los próximos procesos selectivos de 2023. Se trata de los mismos requisitos que hasta la paralización del proceso en la Policía Local también exigía el Ayuntamiento de Oviedo. El Consistorio debe decidir ahora si elimina el requisito o lo adapta los estándares nacionales, como ha corregido en su fallo el tribunal asturiano. 

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