Los expertos alertan de la inconstitucionalidad de los nombramientos de Sánchez para el TC
La Constitución establece que los miembros del Tribunal Constitucional son designados por un periodo de nueve años y se renuevan por tercios
El artículo 159 de la Constitución es clarificador: los 12 miembros del Tribunal Constitucional son designados por un periodo de nueve años y se renovarán por terceras partes. Esto es, de cuatro en cuatro. Ese procedimiento obliga al Gobierno a nombrar a sus dos candidatos junto a los dos que debe seleccionar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Los expertos consultados por THE OBJECTIVE sostienen que la designación de Juan Carlos Campo y Laura Díez sin esperar al órgano de gobierno de los jueces «violenta un artículo» de la Carta Magna y supone «una inconstitucionalidad flagrante». También ponen en entredicho la idoneidad de los elegidos y advierten de las consecuencias que puede acarrear.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la propuesta de Pedro Sánchez sin esperar a que el CGPJ nombre a sus dos candidatos al Constitucional. La decisión de promocionar a Campo, exministro de Justicia, y a Díez, ex directora general del Ministerio de Presidencia, ha levantado ampollas en la judicatura y la oposición política. Incluso ha abierto una nueva grieta entre el PSOE y Podemos, que asegura que se enteró de las intenciones del presidente el lunes por la noche.
La polémica trasciende los nombres elegidos. Los expertos ponen el foco en la maniobra del Gobierno. Javier Tajadura, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad del País Vasco, señala que el artículo 159 de la Constitución es claro, como también lo es el artículo 116.3 de la ley orgánica que establece el funcionamiento del órgano.
El Constitucional, por tercios
«El Tribunal Constitucional se renueva por tercios, no cabe otra interpretación». En su opinión, el paso que da el Ejecutivo significa «violentar un artículo» de la Carta Magna y supone «una inconstitucionalidad flagrante». Tajadura considera que el Ejecutivo puede salirse con la suya si el Constitucional da por bueno los nombramientos a través del informe de idoneidad, que es el último escollo que deben superar los aspirantes.
El profesor de la Universidad del País Vasco explica que la decisión depende de los 11 magistrados (hay una vacante por enfermedad que debe sustituir el Senado). No obstante, el Gobierno puede pedir que se abstengan «los cuatro cuyo mandato caducó en junio porque van a estar en contra de su cese. Pero ellos defienden el interés de la Constitución», insiste Tajadura.
De momento, los magistrados del Constitucional han echado el freno. Su intención es esperar hasta que se pronuncie el CGPJ para convocar el Pleno que debe conceder el plácet a los miembros designados por el Gobierno. Las fuentes consultadas explican que los nombramientos del Ejecutivo y del Consejo nunca se han producido al unísono, sino que se han distanciado unas semanas.
El órgano de gobierno de los jueces estaba cerca de llegar a un acuerdo para seleccionar a los dos candidatos que les corresponde. Una posibilidad que puede salvar la patata caliente que tienen ahora los miembros del tribunal de garantías. Sin embargo, el paso dado por Sánchez puede dar al traste con la fórmula porque su decisión ha causado indignación entre los vocales del CGPJ.
Ibor Fernandes, profesor de Derecho Constitucional en el CES Cardenal Cisneros, considera que la decisión de esperar a que se pronuncie el órgano de gobierno de los jueces es la más sensata. «El Constitucional va a dejar en barbecho la elección del Ejecutivo». En su opinión, esa es la única fórmula con la que la propuesta de Sánchez eludiría la inconstitucionalidad, ya que en este momento no pasa de ser una mera declaración de intenciones.
El examen de idoneidad
«La propuesta del Gobierno no vincula a los magistrados. Ahora hay que ver qué decisión adopta el Tribunal Constitucional con la idoneidad. Los nombramientos no son efectivos de inmediato», insiste Fernandes. Sin embargo, hay expertos que consideran que las normas dan un margen a la interpretación, a pesar de que la Constitución y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional hablan de la renovación a través de tercios.
José María Morales, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, destaca que el escenario es nuevo. Hasta este momento, el tribunal de garantías no se había enfrentado a un problema como el actual, en el que el Gobierno elige a sus dos candidatos sin que lo haga el CGPJ, por lo que no se completa el tercio. En su opinión, esto puede dar lugar a dos interpretaciones.
La primera llevaría a los magistrados del Constitucional a resolver el entuerto afirmando que «no se cumple la Constitución». La segunda opción, que avanzan autores como Tomás de la Quadra-Salcedo Janini, llevaría a los magistrados del tribunal de garantías a admitir a los dos candidatos que propone el Gobierno al entender que existe un bloqueo en el CGPJ.
«Si existe una vía obstruccionista, el Ejecutivo estaría legitimado porque hay una parte que le impide cumplir con sus obligaciones constitucionales», insiste Morales. En cambio, Tajadura, de la Universidad del País Vasco, señala que no existe ningún bloqueo por parte del Consejo, que «esta vez se está tomando en serio los nombramientos. Hasta ahora se hacía un reparto de cromos». En su opinión, el argumento del consenso es «solvente y razonable».
En lo que sí coinciden todos los expertos consultados es en que los nombres que ha puesto sobre la mesa el Gobierno «erosionan la imagen de independencia» del Constitucional. Tajadura sostiene que la designación de Campo, que fue ministro con Sánchez en esta legislatura, «es un auténtico escándalo». En la misma dirección se expresa Fernandes, para quien esa decisión supone «una barbaridad desde el punto de vista democrático».
Los especialistas advierten de que este escenario puede conllevar un problema con Europa, que ya ha tirado en varias ocasiones de las orejas a España por la falta de independencia que tienen los jueces. Lo ha hecho en su informe sobre el Estado de derecho en los países miembros, aunque hasta ahora vinculaban al CGPJ y a la Fiscalía. No obstante, descartan consecuencias directas, como que se active el procedimiento para suspender los fondos europeos de ayuda económica.