El TC admite el recurso del PP contra Sánchez por impedir al Senado vetar el techo de gasto
El Gobierno eliminó esta competencia de la Cámara a través de una enmienda camuflada en la Ley de Paridad

La portavoz del Grupo Popular en el Senado, Alicia García | EP / Eduardo Parra
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Popular en el Senado contra la eliminación por parte del Gobierno de la capacidad de la Cámara Alta de vetar el techo de gasto, según ha podido saber THE OBJECTIVE de fuentes populares. La portavoz popular, Alicia García, denuncia los «trámites fraudulentos» que utiliza el Ejecutivo de Sánchez para escapar del control del Senado, en el que el PP tiene mayoría absoluta.
El Ejecutivo de Pedro Sánchez suprimió el pasado mes de junio, a través de una treta legislativa, la capacidad de veto que tenía el Senado sobre los objetivos de estabilidad, paso previo a la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado (PGE). PSOE y Sumar se valieron de una enmienda introducida en la ley de paridad, sin relación con el contenido de la norma, para cercenar esta facultad de la cámara e impedir así que vuelva a tumbar el techo de gasto, como sucedió el pasado mes de marzo. Hasta ahora, el Senado podía derribar los objetivos de estabilidad y de deuda pública, y en ese caso estos debían someterse a una nueva votación en el Congreso, por lo que ese veto de la Cámara Alta suponía un obstáculo para la aprobación de las cuentas públicas.
La portavoz del Grupo Parlamentario Popular, Alicia García, ha subrayado «el derecho del Senado para tener esta capacidad de veto. El Gobierno está acostumbrado a recurrir a trámites fraudulentos y por la puerta de atrás para saltarse los controles establecidos en las Cortes Generales». «No es la primera ni la única vez que lo hemos visto», añade. Por ello, «desde el PP seguiremos trabajando y defendiendo desde el ámbito parlamentario, político y jurídico el papel y las capacidades del Senado y los intereses de los españoles aquí representados».
García insiste en que el nuevo procedimiento establecido por el PSOE y sus socios «implica una vulneración de hasta cinco artículos de la Constitución. En concreto, el 23, 90.2, 66.2, 134 y 135». A su juicio, «la debilidad parlamentaria del Gobierno y la minoría de su grupo parlamentario en ambas cámaras, siempre a expensas del ‘Tetris‘ de sus socios», lleva a que, «ante su incapacidad para hacer las cosas por los caminos legales y los trámites necesarios, tenga que recurrir a argucias o incluso despreciar al Senado, la Cámara que representa la voluntad soberana de los distintos territorios de España».
Tras la decisión del Alto Tribunal, sigue por tanto su recorrido el recurso interpuesto ante el TC por los senadores del Grupo Popular contra la Disposición Final Cuarta de la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, por la que el Congreso pueda levantar el veto del Senado a los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública del Gobierno, ratificándolos mediante mayoría simple.
Alicia García recalca que la disposición recurrida modifica el artículo 15.6 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, lo que supone reducir la participación del Senado en este procedimiento a un papel prácticamente testimonial. Del mismo modo, recuerda que el recurso ahora admitido argumenta que la palmaria ausencia de la necesaria «conexión de homogeneidad» –de acuerdo con la reiterada doctrina del Tribunal Constitucional- de esta enmienda con el objeto del Proyecto de Ley fue puesta en evidencia por el informe de la letrada de la Comisión de Igualdad del Congreso.
Igualmente, destaca que el Tribunal Constitucional tiene reiteradamente establecido en su jurisprudencia que ha de ser siempre exigible una «evidente y manifiesta» conexión de homogeneidad de las enmiendas parciales con el objeto de la iniciativa legislativa.
Finalmente, la portavoz popular señala que «es evidente que la enmienda que sustenta la Disposición Final Cuarta de esta ley versa sobre materias absolutamente desconectada del objeto de la misma, pues se ocupa de regular las facultades de intervención del Senado en la aprobación del Acuerdo del Consejo de Ministros en el que se determinan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública, sin contemplar perspectiva de género alguna».