La UE pacta normas más estrictas para prevenir el blanqueo y la financiación del terrorismo
En concreto, han pactado la sexta directiva contra el blanqueo de capitales (AML) y el reglamento del «libro de normas único» de la UE
Los negociadores del Consejo y del Parlamento Europeo han alcanzado en la madrugada de este jueves un acuerdo provisional sobre nuevas medidas para reforzar el conjunto de herramientas de la UE para luchar contra el blanqueo de dinero, la financiación del terrorismo y la evasión de sanciones.
En concreto, han pactado la sexta directiva contra el blanqueo de capitales (AML) y el reglamento del «libro de normas único» de la UE. Las disposiciones acordadas, que forman parte del paquete contra el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo (AML/CFT), tendrán que ser aplicadas por los bancos y otras entidades obligadas para proteger el mercado interior de la UE contra el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo.
Los nuevos proyectos de ley brindan acceso a información sobre beneficiarios reales y otorgan más poderes a las Unidades de Inteligencia Financiera (UIF) para analizar y detectar casos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, así como para suspender transacciones sospechosas.
Durante las negociaciones, los eurodiputados aseguraron que a partir de 2029 los clubes de fútbol profesionales estarán obligados a verificar la identidad de sus clientes, controlar e informar de cualquier transacción sospechosa a las UIF.
El acuerdo, que aún debe ser adoptado formalmente por ambas instituciones para entrar en vigor, amplía la lista de sujetos obligados a nuevos organismos, de modo que las nuevas reglas cubrirán la mayor parte del sector criptográfico, lo que obligará a todos los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) a realizar la debida diligencia con sus clientes. Esto significa que tendrán que verificar hechos e información sobre sus clientes, así como informar actividades sospechosas.
Según el acuerdo, los CASP deberán aplicar medidas de debida diligencia con el cliente cuando realicen transacciones por valor de 1.000 euros o más y agrega medidas para mitigar los riesgos en relación con las transacciones con billeteras.
Otros sectores afectados por la diligencia debida del cliente y las obligaciones de presentación de informes serán los comerciantes de artículos de lujo como metales preciosos, piedras preciosas, joyerías, relojerías y orfebres; así como el sector de automóviles, aviones y yates de lujo, y de bienes culturales (como obras de arte).
El acuerdo provisional reconoce también que el sector del fútbol representa un alto riesgo y amplía la lista de entidades obligadas a clubes y agentes de fútbol profesional. Sin embargo, como el sector y su riesgo están sujetos a grandes variaciones, los Estados miembro tendrán la flexibilidad de eliminarlos de la lista si representan un riesgo bajo.
Las normas tras un período de transición más largo, que entrará en vigor cinco años después de su entrada en vigor, frente a los tres años de las demás entidades obligadas.