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Los expedientes matrimoniales que gestionan los notarios crecen un 25%

Más de 22.300 parejas han tramitado su expediente matrimonial en una notaría. Los notarios también pueden casar y tramitar divorcios.

Los expedientes matrimoniales que gestionan los notarios crecen un 25%

Desde 2021, las parejas pueden tramitar el expediente matrimonial en una notaría | Unsplash

Desde el 30 de abril de 2021 es posible tramitar los expedientes matrimoniales ante notario en vez de en el Registro Civil. Y desde entonces, más de 22.300 parejas en España han optado por esta alternativa. Entre las principales causas está la agilidad, la brevedad de los plazos de esta gestión legal y el asesoramiento gratuito. De ahí que los expedientes previos a la celebración de matrimonio hayan aumentado un 25% entre enero y febrero. Además, los notarios también pueden celebrar matrimonios y divorcios.

Según datos facilitados por el Consejo General del Notariado, sólo durante enero y febrero de este año los notarios españoles han autorizado un total de 2.208 expedientes matrimoniales, con la ventaja de que esta gestión se ha realizado de forma rápida, eficiente y con seguridad jurídica.

Entre los aspectos positivos de esta vía están la reducción de los plazos, ya que se resuelve en apenas una semana, así como el acceso a asesoramiento imparcial y gratuito sobre los distintos aspectos jurídicos relacionados con el matrimonio: el régimen económico que pueden elegir los contrayentes, los efectos en materia sucesoria, entre otros.

Los notarios también pueden casar parejas y tramitar los divorcios de mutuo acuerdo | Unsplash

La posibilidad de tramitar el expediente matrimonial en el notario en lugar de en el Registro Civil está en vigor desde el 30 de abril de 2021, cuando entró en vigor la reforma del Código Civil y de la Ley de Registro Civil, con el objetivo de agilizar este tipo de gestiones.

¿Cómo tramitar el expediente matrimonial? 

Para tramitar el expediente matrimonial a través del notario, la pareja deberá acceder a la página web del colegio notarial de la comunidad autónoma donde tenga su domicilio al menos uno de los dos miembros de la pareja. También podrá hacerlo acudiendo a su notario de confianza.

En ambos casos se les facilitará un modelo de solicitud en el que tendrán que incluir datos básicos de identidad y adjuntar la copia de sus DNI y de los certificados de empadronamiento. Una vez cumplimentado con toda la información, tendrán que enviarlo vía online o de forma presencial en el colegio notarial de la comunidad autónoma.

En ese momento, el colegio notarial les asignará un notario y les comunicará su nombre para que pidan cita y comiencen la tramitación.

El notario asignado, como funcionario público y autoridad reconocida, deberá comprobar que los futuros contrayentes tienen capacidad para contraer matrimonio; que no existen impedimentos, tales como que sean menores de edad (salvo que se trate de menores emancipados), o que estén casados con otras personas; o, en su caso, la posible dispensa de los impedimentos. Asimismo, deberá asegurarse que no se trata de un matrimonio simulado.

Más de 73.000 bodas ante notario

Además, del expediente matrimonial, si los novios desean casarse ante notario, también pueden hacerlo con el que ellos elijan. Esta opción es posible desde la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, en julio de 2015. Desde entonces, los notarios españoles han casado a 73.060 parejas.

Para contraer matrimonio basta con que los novios acudan al notario en horario laborable con dos testigos y sus DNI. Para hacerlo, es indispensable que se haya concluido el correspondiente expediente matrimonial.

En la celebración, al igual que en todos los matrimonios civiles, la Ley exige que el notario lea los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil. Tras darse el ‘sí, quiero’, los contrayentes firman la escritura pública de matrimonio. A partir de ese momento, el notario remitirá una copia de la escritura pública al Registro Civil para su inscripción.

Divorcio ante notario, sólo si es de mutuo acuerdo

La misma Ley de Jurisdicción Voluntaria introdujo otros actos y funciones para los notarios, como es la tramitación de divorcios. De hecho, ésta es una de las vías más rápidas cuando hay mutuo acuerdo y no existen descendientes menores de edad.

La intervención de un abogado será necesaria, así como la existencia de un convenio regulador acordado por las partes. En él se debe hacer constar la suspensión de la vida en común y cómo se regula la situación patrimonial de la pareja, así como las relaciones con los hijos comunes. Si hay hijos mayores de edad que sean económicamente dependientes, el convenio debe ser aceptado por ellos.

En estos casos, el notario, al igual que hacía el juez, debe comprobar que el convenio regulador de la suspensión de la vida en común acordado por las partes se atiene a derecho. También que el acuerdo sea equitativo para los dos miembros de la pareja, es decir, que no incluye aspectos que discriminen a uno de ellos.

Una vez realizadas estas comprobaciones, incorpora el acuerdo y lo protocoliza dentro de la escritura pública de divorcio. De este modo, el divorcio es casi instantáneo y tiene costes mínimos.

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