Un detenido con dos kilos de cannabis, absuelto porque era para repartir entre sus amigos
Cada uno de los amigos le entregó 260 euros, tras lo que el 23 de marzo de 2020, el inculpado adquirió la droga «según lo acordado»
Un hombre que fue detenido en Irun (Gipuzkoa) con 2,1 kilos de cannabis el 23 de marzo de 2020, pocos días después de decretarse el confinamiento por la emergencia sanitaria de la covid-19, ha sido absuelto porque la droga iba a ser repartida entre un total de trece amigos, sin que el acusado llegara a lucrarse de la operación.
Según recoge la sentencia del caso, a la que ha tenido acceso EFE, los trece amigos, todos ellos consumidores de cannabis «se pusieron de acuerdo» para que uno de ellos comprara la droga para repartírsela «entre todos».
Dadas las restricciones de movilidad impuestas desde el 14 de marzo de aquel año por el Estado de Alarma decretado a raíz de la pandemia, los amigos decidieron que el encargado de comprar el cannabis sería uno de los miembros del grupo (el ahora acusado) «que tenía mayor facilidad de movilidad» porque disponía de un pase «que le permitía circular para el cuidado de un enfermo».
De esta manera, cada uno de los amigos le entregó 260 euros, tras lo que el 23 de marzo, el inculpado adquirió la droga «según lo acordado», si bien fue interceptado sobre las 12.00 horas por efectivos de la Guardia Civil en un control instalado en la localidad fronteriza en cumplimiento de la normativa contra la covid-19.
2.133 gramos de cannabis
Los agentes descubrieron en el maletero del turismo del procesado un total de 2.113 gramos de cannabis, que hubiera alcanzado un valor de 10.777 euros en el mercado ilícito en caso de haber sido vendida al por menor y de 3.498 euros al por mayor.
Para absolver al acusado, la resolución concede total credibilidad a la versión exculpatoria ofrecida por el hombre, ratificada en el juicio por los otros doce miembros del grupo, quienes declararon que el inculpado «no iba a obtener ningún beneficio económico» por la gestión de la compra y que el reparto de la sustancia iba a ser «a partes iguales» y con la «aportación del mismo dinero» por parte de cada uno de ellos.
Todos recalcaron asimismo que el cannabis del que iban a disponer iba a ser destinado a «su propio autoconsumo».
El texto judicial constata por otra parte que la cantidad de la droga que el procesado llevaba en el maletero del coche así como su posterior valoración económica «refuerzan» su versión exculpatoria, dado que los 260 euros aportados por cada uno de los trece amigos para su adquisición suponen un total de 3.380 euros, «que era la prevista para que a cada uno de ellos les correspondieran aproximadamente 150 gramos».
En función de todas estas circunstancias y «atendiendo» también a las «restricciones de movilidad y de confinamiento domiciliario» existentes en aquel momento, la sentencia considera que «no cabe por menos que concluir» que la droga «no estaba preordenada al tráfico».