El operador del mercado eléctrico colapsa ante las dudas de las eléctricas por el tope al gas
Las compañías dudan del alcance e interpretación de la norma
El operador del sistema eléctrico OMIE está inundado a preguntas de las eléctricas relacionadas con el alcance e interpretación del tope al precio del gas aprobado por España y Portugal. El Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, recoge un sistema de exención del pago del ajuste a las centrales marginales para aquella energía que se encuentre sujeta a instrumentos de cobertura a plazo, y por aquí es por donde vienen los problemas para los agentes que acuden a comprar electricidad al mercado mayorista diario (pool).
Continuando con lo que dice el texto, «los agentes titulares de dichas coberturas podrán presentar ante las autoridades correspondientes las coberturas debidamente registradas, lo que les permitirá resultar exentos de dicho coste por dicha porción de energía». No obstante, conforme se vaya produciendo el vencimiento o renovación de las coberturas, «la nueva energía que aflore sí pasará a soportar el coste del ajuste, de conformidad con las especificidades del diseño regulado en el Real Decreto-ley».
En concreto, los agente tienen hasta el próximo lunes para declarar las coberturas. Ante la «falta de definición» que denuncian las fuentes del sector consultadas por THE OBJECTIVE y tras varias recibir varias dudas relacionadas con el alcance de la norma, OMIE ha elaborado un documento de 16 páginas con preguntas y respuestas a través del cual que pretende resolver todas las cuestiones que están dentro de su alcance y operativa.
«Para todas aquellas cuestiones que excedan del alcance propio de esta entidad, rogamos que para las aclaraciones correspondientes a las coberturas, se remita a los reguladores (CNMC y ERSE) y para cuestiones generales del mecanismo, a los ministerios correspondientes», señala OMIE en el mail que ha mandado a todos los agentes que compran en el pool.
Declaración responsable
Asimismo, la entidad aclara en el correo electrónico que será necesario remitir la declaración responsable sobre la energía mensual cubierta por instrumentos de cobertura prevista en el Anexo II del citado Real Decreto-ley, firmada electrónicamente. Las fuentes citadas aseguran que se están haciendo «grandes esfuerzos» para que se pueda aplicar la norma lo antes posible y que hay «nerviosismo» tanto en OMIE como entre los propios agentes del mercado.
«OMIE está inundado de trabajo y le falta personal y la CNMC, colapsada. No dan ni cita», aseguran desde una de las grandes eléctricas a este diario. Desde octubre del año pasado y bajo Real Decreto-ley 23/2021, las comercializadoras de electricidad y de gas natural tienen que reportar, con un mes de antelación, cualquier modificación en los contratos y remitir a la CNMC una información «transparente, comparable, adecuada y actualizada sobre los precios aplicables a todas las ofertas disponibles en cada momento».
Desde el sector se quejan de que tampoco han recibido directrices del Gobierno sobre cómo deben reflejar en las facturas este coste de la compensación que acabará soportando la demanda. «El Real Decreto-ley está lleno de buenas intenciones, pero de difícil implementación práctica. Declarar la energía cubierta (y exenta del pago del mecanismo de limitación de precio ) presenta muchas dudas y puede dar lugar a fraude», indica Joaquín Giráldez, socio de la consultora de mercado eléctrico Ingebau.
Giráldez destaca que se ha dado un plazo de cinco días hábiles para declarar la energía cubierta en OMIE, pero que no fue hasta este jueves cuando el operador del mercado ha habilitado la plataforma para declararla. «Esto hace que las dudas por el coste del mecanismo, la amenaza de sanciones y la falta de forma para declarar la energía que las comercializadoras independientes hayan entrado en pánico o saturado al operador de mercado», añade.
La inexactitud o falsedad en la documentación aportada tendrá la consideración de infracción «muy grave», que supone una multa de entre seis y 60 millones de euros, de acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. Ahora, con el tope al gas, las eléctricas tendrán que informar sobre sus contratos fijos y variables, al objeto de aplicar la medida inicialmente solo a los segundos, y OMIE y Red Eléctrica de España (REE) tendrán que adaptar sus sistemas y la operativa del pool.
Competencia se encargará de supervisar de que se cumpla el mecanismo y las empresas que no lo hagan se enfrentarán también a infracciones «muy graves». El límite al precio del gas que se usa para la generación eléctrica y que tiene como fin abaratar la factura de la luz aún tiene que recibir el aprobado respaldo definitivo de la Comisión Europea (CE).
Con este límite, se podrá desacoplar temporalmente los precios del gas y la electricidad en la península ibérica, que se beneficiará así de una excepción, tal y como se acordó en el Consejo Europeo de marzo. El mecanismo durará unos 12 meses y establece un precio de referencia del gas de 40 euros/MWh durante seis meses, que se incrementa en 5 euros/MWh al mes a partir de entonces, terminando en 70 euros/MWh para que haya una convergencia a la normalidad, frente al actual precio de referencia en el mercado de más de 100 euros/MWh —como en el caso del TTF holandés, de referencia en Europa—.
Pagarán los clientes
En este sentido, se aplicará un precio a las ofertas que pueden presentar en el mercado eléctrico las centrales de ciclo combinado y de carbón. Estas deberán recibir una compensación que sufragará las comercializadoras que acuden a comprar electricidad al mercado mayorista.
No obstante, estas lo trasladarán a sus clientes finales, que son los acogidos al mercado regulado o PVPC. También deberán subvencionar la compensación los consumidores directos en mercado, que son aquellos que compran en el pool para su propio consumo. Los clientes del mercado libre, todos aquellos que pactan un precio fijo con su eléctrica, lo notarán conforme les toque renovación de sus contratos durante el año que estará en vigor el mecanismo.
El Ejecutivo defiende que a términos netos será positivo para todos los consumidores, con una rebaja del 30% en la factura de la luz para clientes del mercado regulado, mientras que el sector asegura que tendrá más perjuicios que beneficios. Según cálculos «preliminares» de Endesa, la medida tendrá un impacto para los consumidores de 6.000 millones de euros.
Se ha dado un plazo de 5 días hábiles para declarar esta energía en OMIE pero hasta hoy 19/5/22 el operador de mercado no había habilitado la plataforma para declarar esta energía.
Esto hace que las dudas por el coste del mecanismo, la amenaza de sanciones del RDL, la falta de forma para declarar la energía y la falta de respuestas ante las dudas planteadas hace que las comercializadoras independientes han entrado en pánico u saturado al operador de mercado
Bruselas pide un cambio de la tarifa regulada-. Como condición para aprobar el tope al gas, la Comisión Europea ha pedido a España que modifique la metodología de cálculo del PVPC para que incorporar referencias basadas en una cesta de productos a plazo y del mercado diario e intradiario. Se combinaría así la estabilidad con incentivos para la eficiencia energética, el almacenamiento y la gestión de la demanda. Se prevé que el nuevo PVPC empiece a aplicarse desde el inicio de 2023, según ha informado Transición Ecológica.