Cataluña concentra el 42% de las 'okupaciones' que se producen en España: 20 casos cada día
Esta autonomía ha registrado 4.639 delitos de este tipo en los primeros siete meses del año, muy por delante de Andalucía, Comunidad Valenciana y Madrid
El fenómeno de la okupación de viviendas se ha convertido en los últimos años en una de las principales inquietudes de los españoles. El aumento de casos durante la pandemia puso el foco en este problema que, aunque ahora ha descendido ligeramente respecto a 2021, sigue arrojando datos preocupantes. Sobre todo, en el caso de Cataluña, que acumula casi la mitad de las okupaciones que se han llevado a cabo en España en los primeros siete meses de 2022. Esta comunidad autónoma ha registrado 4.639 delitos de este tipo, un 42,4% del total, según los últimos datos del Ministerio del Interior, a los que ha tenido acceso THE OBJECTIVE.
Lo que se traduce en que, cada 24 horas, más de 20 viviendas se okupan en la región catalana, en base a los cálculos realizados por este periódico. La estadística sitúa a esta comunidad autónoma como la más afectada por este delito, seguida de Andalucía (1.498 casos), Comunidad Valenciana (1.270) y Madrid (912). En datos generales, las okupaciones han descendido un 5,43% respecto al año pasado (10.220 casos frente a 10.807, hasta julio), pero siguen disparadas un 63% respecto a 2017, cuando se registraron 10.619. 2021 registró la cifra de okupaciones (17.274) más alta de los últimos cinco años.
El balance del departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska no diferencia la casuística entre delitos de usurpación o allanamiento. Principalmente, porque los agentes no especifican la falta, quien lo hace es el juzgado posteriormente. El primer caso se trata de okupaciones de viviendas vacías, propiedad de bancos o grandes empresas. En segundo, de viviendas habituales particulares.
Desalojo en 48 horas
Fuentes expertas en este ámbito evitan llevar este problema al extremo, y matizan que la mayoría de casos corresponde a usurpaciones. Pero también advierten del coste, tanto a nivel económico como psicológico, que puede conllevar el proceso para el propietario de una vivienda. Consciente de esta lacra, incluso el PSOE ha propuesto una modificación legislativa para que los jueces puedan desalojar a los okupas en un plazo máximo de 48 horas desde que lo pide el propietario o se recibe el atestado policial, tanto en los casos de allanamiento de morada como de usurpación.
Una medida que llega después de que las que supuestamente aprobó, en septiembre de 2020, el departamento de Grande-Marlaska, pero que finalmente, según avanzó este diario, han quedado en agua de borrajas. Tras el primer verano de la pandemia, y con él, el aumento de okupaciones, tanto la Fiscalía General del Estado como Interior, anunciaron una serie de normas para agilizar la expulsión de los okupas.
En el primer caso, su entonces titular, Dolores Delgado, reclamó a los fiscales reforzar su intervención en defensa de los derechos de las víctimas por los delitos de allanamiento y usurpación de bienes inmuebles y recurrir con la mayor inmediatez a las herramientas legales disponibles en el ordenamiento jurídico. Delgado quería evitar que se retrasase la salida de los delincuentes de las casas okupadas y poder restablecer el legítimo derecho del denunciante que, mientras se tramita su procedimiento judicial, se ve desprovisto de su vivienda durante largo tiempo.
«Fue un bulo»
Por su parte, el Ministerio del Interior puso en marcha un nuevo protocolo de actuación policial que eliminaba el plazo de 48 horas para proceder a echar a los okupas de la vivienda por parte de los agentes, solo en los casos en que el delito fuese reciente y sin importar el tipo de vivienda, tanto primera como segunda residencia. La realidad, dos años después, es que ese supuesto plan no ha llegado a ninguna parte. Mejor dicho, no se emplea en ninguna jefatura ni comisaría provincial de Policía, según aseguran las fuentes consultadas por THE OBJECTIVE.
«Fue un bulo. Nunca existió ese protocolo. Se intentó maquillar la situación ante la que nos encontrábamos siempre, pero siguen existiendo las mismas dudas. Así que se hace como se hacía antes», sostiene un inspector de Seguridad Ciudadana a este periódico. El protocolo de Grande-Marlaska apunta que si el inmueble okupado no constituye morada se trata de una usurpación y que si el delito no es flagrante hay que solicitar el desalojo al juez. Y ahí es donde radica la principal incertidumbre de los agentes.
«¿Cómo podemos saber si se trata de morada o no? El protocolo de 48 horas es más una interpretación de reconocer o no la vivienda como morada legalmente reconocida por los okupas. No podemos arriesgarnos a desalojarlos y que un juez después diga lo contrario. Al policía se le deja en un limbo legal en el que tiene que decidir…», sostienen las mismas fuentes.
En definitiva, todo sigue igual. Ni se desaloja en un primer momento, ni en 48 horas. Las fuerzas de seguridad trasladan a la autoridad judicial las denuncias, y es el juez el que decide desalojar o no el inmueble okupado como medida cautelar una vez se inicia el proceso. En ningún caso, según insisten las fuentes policiales, los agentes desalojan a los okupas sin haber trasladado el caso al juzgado.
‘Inquiokupación’
Por otro lado, la Plataforma de Afectados por la Okupación, la organización que aglutina a la mayor parte de afectados por ese problema, sostiene que las estadísticas oficiales no incluyen la totalidad de casos que se registran. Según sostiene un portavoz de esta plataforma, están proliferando métodos distintos a los clásicos, como la patada en la puerta, para usurpar las viviendas. Se refiere principalmente a «la inquiokupación». Los criminales aparentan ser los inquilinos de una vivienda que acaban de alquilar y pagan durante los primeros meses la cuota a los propietarios hasta que dejan de hacerlo y jamás se marchan.
Tampoco se contabilizan aquellas ocasiones en las que los propietarios deciden contratar una empresa de seguridad para expulsar a los indeseados inquilinos de su vivienda. La Justicia dispone de medios para acabar con esta práctica ilegal, pero el procedimiento es muy lento, puede durar incluso dos años dependiendo de si se escoge la vía civil —más rápida— o penal. Lo que implica que las víctimas viven en una situación de indefensión mientras el okupa permanece en el inmueble.
En este escenario de abandono es donde muchas compañías han visto su oportunidad de negocio. Reducen un proceso que puede durar años a un par de semanas, valiéndose estrictamente de lo permitido por la legislación. Lo más común es que lleguen a un tipo de acuerdo con los criminales tras advertirles de las consecuencias penales. En otras ocasiones, ese pacto pasa también por desembolsar una cantidad económica a los okupas. El coste de estos servicios oscila entre los 3.000 y los 8.000 euros.