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La Fiscalía pide al Constitucional que tumbe la petición del PSOE de revisar los votos nulos

El Ministerio Público entiende que la decisión del Supremo no vulnera el derecho fundamental de los socialistas

La Fiscalía pide al Constitucional que tumbe la petición del PSOE de revisar los votos nulos

Vista de la fachada del Tribunal Constitucional. | Jesús Hellín (Europa Press)

La Fiscalía rechaza que el Tribunal Constitucional revise los votos nulos de Madrid, tal y como plantea el PSOE. El Ministerio Público ha pedido que desestime el recurso de los socialistas contra la sentencia del Tribunal Supremo, que rehusó revisar más de 30.000 papeletas. La corte de garantías resolverá el fondo del asunto este martes. El fiscal Pedro Crespo asegura en su escrito que los razonamientos que expone la sentencia del Alto Tribunal se ajustan a la doctrina que emana de la jurisprudencia constitucional.

En las 21 páginas del texto, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, el fiscal insiste en que los pronunciamientos anteriores del Constitucional «no permiten reconocer la existencia de un derecho incondicionado, basado en la mera voluntad manifestada de los interesados, a la revisión por las Juntas Electorales de los votos declarados nulos y no protestados, ni sostener que tal supuesto derecho forma parte del contenido esencial del derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos representativos».

El Ministerio Público entiende que la decisión del Supremo no vulnera el derecho fundamental del PSOE. El Alto Tribunal determinó hace unas semanas que «la mera diferencia numérica en los resultados que se aduce en este caso (1.200 votos) no es base suficiente para la revisión». Crespo mantiene esa línea al considerar que los socialistas no alegan «un motivo concreto respecto de las papeletas declaradas nulas o una sospecha», lo que invalida su revisión.

Las razones del PSOE

«Frente a la tesis de los demandantes, la necesidad de que exista y se haga explícito tal motivo no solo se infiere de la doctrina constitucional relativa a la exigencia de alegar, como mínimo, un riesgo real y no meramente abstracto o hipotético, de lesión del derecho fundamental invocado, sino que viene exigida además por el carácter no inocuo de esa pretensión en
relación con otros intereses constitucionalmente protegidos
», sostiene el escrito.

El fiscal entiende que «acceder a una pretensión semejante no presupondría una simple aclaración o rectificación de la doctrina constitucional (…), sino que comportaría una reconsideración conceptual sin precedentes de toda la arquitectura constitucional».

Crespo se desmarca de su compañero en el Supremo, que en agosto apoyó la solicitud del PSOE. El Ministerio Público descarta que se trate de un giro, ya que son asuntos diferentes. Mientras que el representante de la Fiscalía en el Alto Tribunal consideró que la revisión del voto nulo en Madrid serviría para «despejar cualquier asomo de duda razonable sobre la voluntad exacta del cuerpo electoral», en el Constitucional se debate si el Supremo vulneró un derecho fundamental de los socialistas la desestimar su petición.

El PSOE considera que rechazarla supone «una vulneración del derecho de acceso al cargo representativo en condiciones de igualdad». El fiscal considera que ese argumento «carece del más mínimo desarrollo argumental y, lo que resulta más determinante, del más mínimo sustento fáctico y probatorio».

División de los magistrados

Los socialistas perdieron un diputado en detrimento del PP tras el recuento del voto extranjero en Madrid. Esa circunstancia rebajó su número de escaños a 121 en el territorio nacional, lo que dificulta las posibilidades de Pedro Sánchez para ser investido presidente del Gobierno, ya que con el nuevo escenario necesita el voto favorable de Junts per Cataluña.

Desde entonces, los socialistas han tratado quemar todos los cartuchos para recuperar el escaño. Ya acudieron a la Junta Electoral y al Tribunal Supremo para pedir que se recontaran esas papeletas, aunque en ambos casos fue desestimado. Eso les motivó a acudir al Constitucional, que decidió admitir el recurso la semana pasada.

La decisión dividió a la Sala. Los dos magistrados conservadores votaron en contra, mientras que los cuatro progresistas lo hicieron a favor. Estos últimos entienden que el recurso tiene especial trascendencia y que no existe doctrina al respecto (pese a lo manifestado por el Supremo al rechazar el recurso).

El magistrado Enrique Arnaldo, conservador, emitió un voto particular en el que sostiene que de acuerdo a la ley electoral, el PSOE no tiene «un derecho general e incondicionado a la revisión de los votos nulos no protestados en el acto de escrutinio general».

El Tribunal Constitucional ya aceptó en 2015 que se revisara el voto nulo en Badajoz, donde los votos necesarios para alterar la composición del Parlamento era «de unos 900» respecto a 7.118 votos nulos, frente a los 1.200 que necesita el PSOE en Madrid sobre unos 30.000 votos nulos.

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