El Constitucional avala el impuesto a las grandes fortunas y rechaza el recurso de Ayuso
Considera que dicho impuesto no supone una invasión por parte del Estado de las competencias autonómicas
El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado este martes el impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas -que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a los tres millones de euros-, al rechazar el recurso presentado por el Gobierno de la Comunidad de Madrid que preside Isabel Díaz Ayuso.
Fuentes de la corte de garantías han indicado que ha sido la mayoría progresista del Pleno –como ya adelantó THE OBJECTIVE que iba a suceder- ha aprobado por 7 votos contra 4 la ponencia redactada por la magistrada del ala progresista María Luisa Balaguer.
Dicha ponencia sostiene que la creación de dicho impuesto no supone una invasión por parte del Estado de las competencias autonómicas en materia fiscal. De hecho, subraya que las facultades autonómicas no pueden interpretarse hasta el punto de neutralizar las estatales.
El Ejecutivo de Díaz-Ayuso defendía en su impugnación que el nuevo tributo podría vulnerar, entre otros, los principios de seguridad jurídica, capacidad económica y no confiscatoriedad, así como la autonomía política y financiera de las comunidades autónomas. Sin embargo, el Constitucional que preside Cándido Conde Pumpido, exfiscal general del Estado con el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, ha desestimado los argumentos de la administración madrieña, al considerar que no hubo fraude en la tramitación parlamentaria ni ninguna de las vulneraciones alegadas.
Otras comunidades pendientes
Tras este fallo, el tributo seguirá ejecutándose este año -como en principio estaba planteado, para dos años, por su carácter temporal-, pero queda en suspense si, de reeditarse un nuevo Gobierno conformado por el PSOE y la fuerza de izquierdas, Sumar, esa figura tributaria se convierte en permanente, como así llegaron a un acuerdo estas dos formaciones políticas.
Además de la Comunidad de Madrid, también han impugnado este nuevo impuesto los gobiernos de Andalucía, Galicia y Murcia. Tanto el Ejecutivo madrileño como la Junta pidieron que se suspendiera cautelarmente la aplicación del tributo, pero el Constitucional lo denegó.
La decisión adoptada este miércoles por el TC tiene lugar 10 meses después de que el Senado aprobase el impuesto. La medida fue incluida vía enmienda en el Congreso por PSOE y Unidas Podemos en la proposición de ley para introducir nuevos gravámenes temporales a empresas energéticas y banca.
La iniciativa contó con el respaldo de 139 senadores, 107 votos en contra y 12 abstenciones. El impuesto avalado por el Constitucional es del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios de entre 5,3 y 10,6 millones; y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.
No en vano, y hasta ahora, la Agencia Tributaria solo ha logrado recaudar 623,6 millones de euros con el nuevo Impuesto temporal de Solidaridad de Grandes Fortunas, según los datos del Ministerio de Hacienda y Función Pública, de los que solo de la Comunidad de Madrid ha ingresado 555 millones.
Hasta ahora, este nuevo impuesto ha afectado a 12.010 grandes patrimonios –el 0,1% de los contribuyentes en España–, que de cuota media ha supuesto unos 52.000 euros. De ellos, el 85,8% reside en Madrid y un 7,2% en Andalucía.
Este mismo martes, y tras conocer el fallo del TC, Díaz Ayuso anunciaba la tramitación urgente de una nueva ley para que Madrid recaude directamente el Impuesto de las Grandes Fortunas. Por cierto, una idea que ya se trató, en su día, como posible respuesta a la enmienda de PSOE y Unidas Podemos.