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La Audiencia rechaza enviar 'Tsunami' a Cataluña y lo investigará como terrorismo

La Sala Penal rechaza el recurso de la Fiscalía que pedía llevar el caso a Cataluña y calificarlo como desórdenes públicos

La Audiencia rechaza enviar ‘Tsunami’ a Cataluña y lo investigará como terrorismo

Puigdemont en un acto en Francia. | Europa Press

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de la Fiscalía en el que consideraba los hechos de Tsunami Democràtic como desórdenes públicos. Una tipificación que dista de la opinión del juez instructor, Manuel García-Castellón, que los calificó como terrorismo. La Sala de lo Penal también rechaza enviar la causa a los juzgados de Cataluña, tal y como pedía el Ministerio Público.

En un auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, la Sala basa su negativa en los argumentos esgrimidos en el auto del Tribunal Supremo del pasado 29 de febrero, por la que asumió la parte de la causa de Tsunami relacionada con los aforados. El alto tribunal seguirá las pesquisas sobre el eurodiputado y expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el parlamentario de ERC Ruben Wagensberg. La competencia para investigar al resto de acusados que no están aforados continúa en la Audiencia Nacional.

Los magistrados desestiman también el recurso de la investigada Marta Molina en el que calificaba de prospectivas las diligencias de investigación acordadas por García-Castellón. La Sala entiende que de esa resolución se desprende la existencia de perjudicados y el posible uso de instrumentos aptos para causar graves daños materiales y personales, con numerosos heridos y un agente de la Policía Nacional que quedó inconsciente tras impactar en su cabeza una piedra, lo que obligó a su traslado a un hospital.

Puigdemont y Tsunami

La Sala desestima igualmente el recurso del investigado Josep Lluis Alay, que fue jefe de gabinete de Puigdemont, en el que señalaba que no había elemento alguno que acreditara, ni siquiera de forma indiciaria, que hubiera tenido una participación penalmente relevante en los hechos investigados.

Los magistrados responden que los indicios contra Alay vienen recogidos en el auto del juez instructor en el que acordó su citación como investigado, en un oficio de la Guardia Civil y en el mencionado auto del Supremo por el que se declaró competente para investigar a Puigdemont.

Las acciones atribuidas a Alay, sostiene la Audiencia, «no son las de un simple mensajero a asistente ajeno a los hechos de que trata y de la información que transmite. La envergadura de las acciones llevadas a cabo por Tsunami relatadas en el auto recurrido y la participación descrita de Alay evidencian lo esencial que era su participación para el desarrollo de aquellas».

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