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Ordenan a García-Castellón delegar la causa por revelación de secretos en 'Tsunami'

El magistrado abrió una pieza separada para conocer quién filtró la respuesta a la comisión rogatoria que envió a Suiza

Ordenan a García-Castellón delegar la causa por revelación de secretos en ‘Tsunami’

El juez instructor de Tsunami, Manuel García-Castellón. | Europa Press

La Audiencia Nacional ha corregido al juez Manuel García-Castellón. Tal y como demandaba la Fiscalía, la Sala de lo Penal ha ordenado este lunes al magistrado que envíe al Juzgado Decano de Madrid la pieza separada que creó en la causa de Tsunami Democràtic para investigar un presunto delito de revelación de secretos de aquellas autoridades o funcionarios que hubiesen conocido la respuesta de la comisión rogatoria que envió a Suiza a finales de noviembre. El contenido apareció en la prensa antes de que el instructor lo conociera.

En un auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, los magistrados de la Sala dejan sin efecto la decisión de García-Castellón de crear una línea de investigación para esclarecer lo ocurrido con la petición de auxilio judicial que remitió a las autoridades helvéticas. En su lugar, la Sala acuerda «expedir testimonio con el mismo contenido de dicha pieza separada y remitirlo al Juzgado Decano de Madrid» para que sea uno de los juzgados de Instrucción de Plaza de Castilla el que conozca los hechos de la pieza por si fuesen constitutivos de un delito de revelación de secretos.

El artículo 417 del Código Penal establece que «la autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, incurrirá en la pena de multa de 12 a 18 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años». Además, afirma que si de esa revelación resulta un grave daño para la causa o para un tercero podría derivar a una pena de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para empleo o cargo público de tres a cinco años.

Suiza y la investigación de ‘Tsunami’

García-Castellón se enteró el pasado 20 de febrero por la prensa de que la Oficina Federal de Justicia de Suiza rechazaba darle información para esclarecer el caso Tsunami. El juez encargó a la Guardia Civil investigar cómo se produjo la filtración y «eludir cualquier información sobre el curso de la investigación a sus superiores», debiendo reportarle directamente a él los avances. La Audiencia Nacional pide que la delegue por ser parte en la causa.

El magistrado cursó una comisión rogatoria a finales de noviembre. Recibió respuesta el pasado 20 de febrero, a pesar de que el documento estaba en poder del Ministerio de Justicia desde el 29 de diciembre. Un asunto que llevaron a diferentes fuentes judiciales a reprochar al ministro de Justicia, Félix Bolaños, que mantuviera la contestación en un cajón. El texto se conoció tras una filtración periodística a El País el pasado 20 de febrero, el mismo día que la recibió la Audiencia Nacional. La causa continúa secreta y tiene carácter reservado.

La Oficina Federal de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia de Suiza, suspendió la comisión rogatoria en la que García-Castellón solicitaba que se le facilitara la localización de la secretaria general de ERC, Marta Rovira, e información sobre una cuenta bancaria que supuestamente financió a Tsunami, la plataforma que organizó las protestas en Cataluña, algunas de ellas violentas, tras la sentencia del procés, en octubre de 2019. Además, ponía en duda la investigación por terrorismo en Tsunami.

La asociación Dignidad y Justicia, que ejerce la acusación popular en la causa, anunció después de conocer la filtración de la comisión rogatoria que iba a tomar «las acciones legales oportunas para depurar responsabilidades por estos gravísimos hechos».

En otro auto, la Sala desestima el recurso presentado por unos de los investigados en Tsunami, Oriol Soler, al que se había adherido el fiscal, contra la práctica de diligencias acordadas por García-Castellón. Los jueces consideran que la pretensión del recurrente es inadmisible porque el Tribunal Supremo, en un auto del pasado 29 de febrero, acordó abrir causa penal por delitos graves de carácter terrorista contra las personas aforadas, el expresidente Carles Puigdemont y el diputado de ERC Rubén Wagensberg. El resto serán investigados en la Audiencia Nacional.

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