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La nueva embajadora de Maduro ante España y el lado más oscuro del chavismo

La llegada de Gladys Gutiérrez marca el inicio de una nueva etapa en las relaciones entre ambos países

La nueva embajadora de Maduro ante España y el lado más oscuro del chavismo

La embajadora de la República Bolivariana de Venezuela, Gladys María Gutiérrez Alvarado, en el Palacio Real de Madrid, a 16 de mayo de 2024, en Madrid (España). | Marta Fernández, Europa Press

En cualquier democracia de corte occidental, como la española, que el Poder Ejecutivo controle al Poder Judicial (y al Electoral) sería motivo de escándalo. 

Pero en Venezuela los escándalos duran tres días y pasan al inevitable paisaje de autoritarismo, abusos contra el ciudadano común, violaciones sistemáticas a los derechos humanos y desigualdad ante la Ley que definen hoy a este olvidado país de la América del Sur cuyo gobierno goza de la estrecha y perturbadora simpatía del PSOE.

La todavía magistrada y expresidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela Gladys Gutiérrez completó el 16 de mayo pasado su acreditación como nueva embajadora en España, lo que marca el inicio de una nueva etapa de normalización en las relaciones entre ambos países.

Gutiérrez, que ya había sido embajadora ante el Reino entre 2002 y 2005, trae en sus alforjas, además de las credenciales, años de responsabilidades como figura clave del Poder Judicial, y del TSJ, una instancia firmemente controlada por el chavismo y denunciada en informes de expertos de la Organización de Naciones Unidas (ONU) como corresponsable y cómplice necesario de graves violaciones a los Derechos Humanos y al debido proceso.

A menudo, algunos activistas políticos opositores y activistas por los Derechos Humanos definen al TSJ como una especie de bufete particular de la llamada revolución bolivariana y la nomenclatura chavista que gobierna a Venezuela. Algunas denuncias, evidencias, testimonios e investigaciones revelan en efecto cómo la balanza del máximo tribunal se inclina siempre a favor de sus camaradas en el régimen militar cívico fundado por Hugo Chávez y agravado por su heredero, Nicolás Maduro.

Como la memoria es frágil y las cosas importantes suelen ser arrastradas por la vigorosa corriente de información (y la de desinformación) que nos inunda cada día, vale hoy recordar el minucioso informe «El aparato estatal, sus mecanismos de represión y las restricciones al espacio cívico y democrático», presentado por la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre Venezuela el 18 de septiembre de 2023 ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, en su Quincuagésimo cuarto período de sesiones.

Con este nombramiento diplomático cobran nueva relevancia documentos como éste. 

Este informe de 429 páginas recaba una serie de testimonios y evidencias que ayudan a comprender cómo el TSJ y sus protagonistas contribuyen a deteriorar el Estado de Derecho, y a consolidar un régimen autoritario, que persigue a los disidentes, liquida a partidos opositores y que practica de forma recurrente procesos judiciales amañados, detenciones arbitrarias y la tortura contra prisioneros políticos.

Como recuerda su hoja de vida oficial, Gutiérrez ya fue presidenta del TSJ del 2 de junio de 2020 hasta el 4 de mayo de 2021, y otra vez entre abril de 2022 y enero de 2024.

La embajadora fue juramentada como magistrada de la poderosa Sala Constitucional (la más importante) del TSJ el 26 de abril de 2022 y un día después electa por unanimidad presidenta del propio Tribunal, en sala plena.

En su larga hoja al servicio del gobierno también ha sido Procuradora General de la República. Como diplomática y académica ya previamente fue embajadora de Venezuela ante el Reino de España, cónsul general de Venezuela en Madrid, ministra Consejero en la Embajada de Venezuela en España.

También fue investigadora del Departamento de Sociedad Civil del Instituto Universitario de Estudios Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid.

Eso sí, credenciales académicas no le faltan: tiene una especialización en Derecho Constitucional y Ciencia Política en el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales del Ministerio de la Presidencia en España y un doctorado en el programa de «Desarrollo Sostenible: Instrumentos Jurídicos Socioeconómicos, Educativos y Territoriales», en el Departamento de Derecho Público de la Universidad Complutense de Madrid, y de la Universidad de Zaragoza. 

Ha sido muy cercana a España, pues, a donde acaba de regresar como embajadora gracias a su trayectoria y al deshielo de las relaciones de la Unión Europea con el ahora menos cuestionado régimen de Maduro. 

En mayo de 2017 Gutiérrez fue sancionada, junto con otros siete magistrados, por el gobierno de Estados Unidos, en respuesta al papel del TSJ en la usurpación de funciones del parlamento que había sido electo en 2015 con amplia mayoría opositora. 

Esa Asamblea Nacional (Congreso) fue eventualmente reducida a un cascarón vacío, mediante acciones legalistas de la Sala Constitucional, ordenadas por Maduro.

En las entrañas del monstruo

Ya la abogada había sido magistrada de la Sala Constitucional, designada por la Asamblea Nacional chavista el 9 de diciembre de 2010; designada Representante del Poder Judicial ante la «Misión Justicia Socialista», una reforma auspiciada por el gobierno, y fue presidenta de la Comisión Judicial del mismo Tribunal, designada en febrero de 2011. 

«La funcionaria no solo encabezó el TSJ y la Sala Constitucional, sino también la Comisión Judicial desde 2011, instancia que se encarga de designar y remover, sin procedimiento alguno, a los jueces provisorios», señala la ONG Suprema Injusticia, vinculada a Transparencia Venezuela y a Transparencia Internacional.

En su informe, tras referirse a un caso contra la libertad de expresión, la Misión de la ONU señala que en el contexto venezolano «la independencia del poder judicial se ha visto perjudicada de manera progresiva».

«A este respecto, la Misión recuerda que tiene motivos razonables para creer que el sistema de justicia ha jugado un rol destacado en la represión del Estado contra las personas percibidas como opositoras al Gobierno», señala.

Recuerda también que desde 2016, ante una Asamblea Nacional controlada por los partidos políticos de la oposición, el Gobierno emitió una serie de decretos declarando estados de emergencia, alegando la situación de la «emergencia económica» que atravesaba el país. 

La Misión concluyó que estos decretos, convalidados luego por el Tribunal Supremo de Justicia, sirvieron de hecho para expandir las prerrogativas del Ejecutivo y contemplaban una cláusula «habilitando la restricción de derechos inderogables, en contraposición con lo establecido por el derecho internacional de los derechos humanos».

El poder judicial también ha sido clave en la persecución sostenida contra los partidos políticos de la oposición que han sido intervenidos judicialmente mediante sentencias del TSJ que nombraron juntas directivas ad hoc, y les otorgaron amplios poderes de gestión y representación electoral. 

«Este tipo de intervenciones siguieron un patrón claro: su objetivo fueron los partidos políticos de la oposición en el tiempo y el contexto inmediatamente anterior a un proceso electoral. Debido a su estatuto y rol diferenciados, las limitaciones a los partidos políticos no solo inciden en el derecho de asociación de sus miembros, sino que tienen impactos evidentes en los derechos políticos, tanto de los candidatos y candidatas, como de la ciudadanía en su conjunto».

Ese informe recuerda que la crisis institucional «sin precedentes» en Venezuela derivó de la clara victoria de los partidos de oposición agrupados en la Mesa de la Unidad Democrática en las elecciones legislativas de 2015, y las posteriores sentencias del TSJ, que recortaron las prerrogativas constitucionales de la Asamblea Nacional y, en abril de 2017, llevaron a la convocatoria por Nicolás Maduro de una Asamblea Nacional Constituyente (que terminaría dando la estocada al parlamento opositor).

La Misión «tiene motivos razonables para creer que la intervención judicial por parte del TSJ ha afectado la capacidad de los partidos políticos de funcionar de forma independiente» y ha debilitado el sistema de partidos políticos, y su la autonomía.

Se refiere a una serie de decisiones que terminaron «expropiando» los principales partidos de oposición para otorgarles su control a sujetos simpatizantes del régimen y que públicamente se definen como opositores. 

Entre junio de 2012 y agosto de 2023, el Tribunal emitió al menos 14 de estas resoluciones para reemplazar a las juntas directivas de partidos opositores, y las nuevas juntas fueron designadas por el propio Tribunal.

Gutiérrez, una fiel militante del chavismo desde hace décadas (fue candidata a gobernadora, diputada y rectora del Consejo Nacional Electoral, el tenido como «ministerio de las elecciones»), tiene un permiso especial para desempeñar sus nuevas funciones diplomáticas sin perder su condición de miembro del Tribunal Supremo, ha aclarado este organismo.

«La nueva designación de la magistrada Gladys Gutiérrez como embajadora es una mala señal por varios motivos. En primer lugar, es otra prueba de la ausencia de independencia del máximo juzgado frente al Gobierno, porque sus miembros no tienen ningún tipo de problema en representar los intereses de aquel al que deberían controlar», señala en un análisis la ONG Acceso a la Justicia.

«En segundo lugar, deja en claro que las disposiciones constitucionales y legales son letra muerta en Venezuela, por cuanto, pese a que el texto fundamental prohíbe a los magistrados desempeñar dos cargos remunerados a la vez e incompatibles con su misión, los ejercen sin ningún tipo de consecuencias», agrega.

La Ley Orgánica del Tribunal establece que los magistrados podrán obtener licencia para que se separen temporalmente del cargo, por motivo de enfermedad, desempeño de misión oficial compatible con el cargo, u otra causa que la Sala Plena considere justificada. 

Pero la misma Ley aclara que podrán ejercer cargos académicos y docentes que no sean a tiempo completo y no pueden ir a «destinos públicos remunerados», señala Acceso a la Justicia.

Ejercer cargos para el Poder Ejecutivo no parece ser «desempeño de misión oficial compatible con el cargo», pues no garantiza su independencia, agrega la ONG.

Gutiérrez y el lado oscuro de la Fuerza

Otro informe, presentado ante el cuadragésimo período de sesiones en septiembre de 2021, llamado «Conclusiones detalladas de la Misión internacional independiente de determinación de los hechos» sobre Venezuela, advierte que «según varias fuentes con conocimiento interno de las instituciones judiciales, si bien el deterioro de la independencia fiscal y judicial ha sido constante durante varias décadas, se ha acelerado en los últimos años».

«Un problema importante que afecta a la independencia del sistema judicial, lo constituyen las graves y generalizadas acusaciones de corrupción. Numerosas fuentes entrevistadas por la Misión, incluyendo exjueces, juezas y fiscales, así como quienes respondieron al cuestionario, identificaron que el cobro por transacciones es una práctica constante entre ciertos miembros de la judicatura».

«Esto incluye tanto las transacciones rutinarias como las excepcionales, por ejemplo, el cobro de prebendas para avanzar un expediente judicial entre los pendientes ante el tribunal, para presentar documentos o extraer copias de las decisiones. Un exjuez señaló que dicha corrupción ha disminuido los incentivos para nombrar una defensa privada ya que a las personas les resulta más sencillo sobornar a los jueces, juezas o fiscales que litigar un caso. Según un experto, el sistema en sí mismo es tan corrupto que no se le está prestando un servicio público de justicia al pueblo venezolano», afirma el documento.

«Múltiples fuentes informaron que es común que los jueces cobren por las transacciones y que, como se ha señalado, las denuncias de corrupción en el sistema judicial son habituales», señala.

El informe recuerda que la Constitución de Venezuela (1999) estableció procedimientos para la selección de los miembros del Tribunal Supremo y para jueces de primera instancia y de apelación, con garantías «para una selección transparente, apolítica y basada en el mérito de funcionarios y funcionarias judiciales».

Esas disposiciones constitucionales exigen que los jueces y juezas no ejerzan activismo político y que su nombramiento y destitución no esté motivado en intereses políticos.

«Sin embargo, el incumplimiento progresivo de estas normas ha dado lugar al deterioro de la independencia fiscal y judicial, tanto interna como externa, que afecta al sistema de justicia. En particular, la injerencia política en la elección de magistrados y magistradas del Tribunal Supremo ha dado lugar a cambios permanentes en su alineación ideológica».

«Ello ha derramado sus efectos sobre todas las instituciones del Poder Judicial». Como señaló un experto en el sistema de justicia venezolano entrevistado por la Misión, «es impactante cómo la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha desestabilizado al Poder Judicial. Es el propio Poder Judicial el que ha invalidado la independencia judicial».

Fuentes consultadas por la Misión afirmaron que magistrados del Tribunal Supremo reciben habitualmente órdenes con respecto a la forma de decidir las sentencias, «a dedo». 

Al menos desde 2015 a 2018, el Poder Ejecutivo transmitió órdenes al Tribunal Supremo de Justicia a través de mensajes directos a los magistrados correspondientes; a través de un contacto designado como intermediario entre el Ejecutivo y el Tribunal Supremo, que se desplazaba al Tribunal o invitaba a magistrados y magistradas a Miraflores (el palacio presidencial); a través de las declaraciones públicas del presidente Maduro o Diosdado Cabello (el capitán y diputado, número dos del chavismo), que a veces fueron resumidas en actas y distribuidas entre magistrados.

El 18 de mayo de 2022, la Sala Plena del TSJ presidido por Gutiérrez decidió reconstituir la llamada Comisión Judicial, que se encarga de nombrar y destituir a los jueces provisorios, temporales y accidentales. 

La propia Gutiérrez quedó al frente de la Comisión. 

La tortura en Venezuela

Uno de los aspectos más sórdidos entre las constantes denuncias y evidencias físicas recabadas por activistas y misiones de Derechos Humanos es la persistencia de la tortura física y psicológica en las cárceles venezolanas, especialmente contra presos políticos civiles y militares.

En sus «Conclusiones detalladas de la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela», la Misión señala que «tiene motivos razonables para creer que, además de desempeñar un papel activo en los casos de detenciones arbitrarias, ciertos actores fiscales y judiciales no previnieron las violaciones y delitos cometidos por otros actores del Estado contra opositores reales o aparentes, en el contexto de los procedimientos penales». 

«De acuerdo con la legislación venezolana, fiscales, jueces de control y jueces de juicio tienen la obligación de velar por la preservación de los derechos de los imputados e imputadas a lo largo de las distintas etapas del proceso penal. El incumplimiento de estas responsabilidades por parte de estos actores contribuyó directamente a la impunidad de los delitos y las violaciones de derechos humanos». 

«Esto impidió que las víctimas de detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes, y violencia sexual y de género perpetuadas especialmente por los cuerpos de seguridad e inteligencia del Estado tuvieran acceso a recursos legales y judiciales efectivos».

 «El hecho de que la Fiscalía persista en la presentación información viciada por haber sido obtenida bajo tortura o coacción y que juezas y jueces continúen admitiendo dicha información como prueba, actúan como de incentivo para que los servicios de inteligencia sigan utilizando la tortura como técnica de recolección de información con valor legal. La información obtenida a través de torturas se utiliza para justificar nuevas detenciones y de esa forma el ciclo se repite».

La Misión también recuerda que, aunque tiene el mandato de investigar y documentar las violaciones de los derechos humanos, lo que incluye a las personas e instituciones implicadas en su comisión, no es un órgano judicial. Cualquier determinación de la responsabilidad individual por las violaciones documentadas «debe ser realizada por las autoridades competentes, sobre la base de procedimientos que aseguren el derecho a la defensa y todas las garantías del debido proceso».

Es decir, en ningún momento los expertos -y quienes publican sus conclusiones- pretenden individualizar denuncias, ni involucrar, o responsabilizar a ninguna persona de ninguno de los poderes públicos como responsables en la cadena de mando por las violaciones a los Derechos Humanos en Venezuela, ni por acción ni por omisión.

Es aparentemente una culpa generalizada, dentro del régimen y sus representantes, donde son todos y nadie es culpable.

Pero las conclusiones hablan por sí solas: «El sistema de justicia ha tenido un papel de gran importancia y centralidad en la crisis venezolana. La Misión tiene motivos razonables para creer que, si los actores fiscales y judiciales hubieran desempeñado de manera adecuada y completa su función constitucional podrían haber evitado la comisión de muchos de estos crímenes y violaciones o, por lo menos, podrían haber puesto trabas rigurosas para obstaculizar la capacidad de los miembros de los servicios de seguridad pública e inteligencia del Estado para cometerlos».

«La Misión tiene motivos razonables para creer que, en lugar de proporcionar protección a las víctimas de violaciones de derechos humanos y delitos, el sistema de justicia ha jugado un rol destacado en la represión del Estado contra las opositoras y los opositores al Gobierno». 

Este informe presenta «recomendaciones de reformas que son urgentes».

Entre ellas, garantizar que el nombramiento de jueces y juezas de primera instancia y de apelación se lleve a cabo exclusivamente por concurso público, en estricto cumplimiento de los requisitos legales y constitucionales y respetando los principios de idoneidad, probidad y transparencia. 

«En algunos casos, los actos de tortura o malos tratos tuvieron por objeto extraer confesiones inventadas o declaraciones falsas. Según las investigaciones de la Misión, las autoridades estatales no actuaron en respuesta a las denuncias de torturas y malos tratos. Ni el Poder Judicial, ni la Fiscalía, ni la Defensoría del Pueblo han actuado con diligencia para responder a las denuncias. De esta manera, la impunidad por estos actos en casos que involucran a personas opositoras o percibidas como tales sigue siendo la norma».

 «Los hechos reportados por la misión son consistentes con el uso de la tortura y los malos tratos por parte de las autoridades del Estado para generar y perpetuar un clima de temor en la sociedad civil venezolana y para mostrar las consecuencias que podrían sufrir aquellos que disientan». 

«La Misión tiene motivos razonables para creer que el sistema de justicia penal venezolano se ha utilizado para criminalizar a las personas críticas u opositoras al Gobierno, o percibidas como tales, y en particular a periodistas, sindicalistas, defensores de derechos humanos y activistas políticos. Al imputar arbitrariamente a estas personas delitos, a menudo graves, y someterlas a juicios prolongados con violaciones al debido proceso, el Estado utiliza el sistema de justicia penal para silenciar y castigar la crítica y la oposición al Gobierno».

El restablecimiento pleno de las relaciones entre España y Venezuela, lo que incluye la función de embajadores, en vez de encargados de negocios, es oportuno entonces para recordar una serie de recomendaciones a la comunidad internacional, expuestas en sus informes por los expertos de la Misión Independiente, creada por resolución del, 27 de septiembre de 2019, del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.

En la lista de buenos deseos se incluye «garantizar que la futura cooperación en materia de seguridad y las transferencias de equipo policial y militar» estén condicionadas al compromiso de Venezuela de garantizar que sus fuerzas de seguridad cumplen con sus obligaciones en virtud de los instrumentos internacionales de derechos humanos. 

También, garantizar que la cooperación internacional y los proyectos de inversión en Venezuela «incluyan garantías de respeto y protección de los derechos humanos». 

Ya sabemos que esta es la parte más difícil, pues en el pragmatismo de la política y los negocios (especialmente en los del petróleo y el gas), los interesados miran para otro lado, silban al viento y tampoco es que le meten mucho ojo a informes como éstos, que quedan dando vueltas ente los mismos círculos de activistas de los Derechos Humanos, que miran, impotentes, cómo el olvido y el «aquí no ha pasado nada» terminan siendo la costumbre.

El 20 de marzo 24 Marta Valiñas, presidenta de la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre Venezuela presentó en el 55° período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de la ONU una actualización donde se demuestra que en Venezuela las cosas empeoran y que el sistema judicial ha hecho muy poco para investigar denuncias.

 «Los numerosos eventos registrados durante el período de esta actualización confirman que nos encontramos ante una fase de reactivación de la modalidad más violenta de represión por parte de las autoridades. En ese sentido, la Misión observa una repetición de los mismos patrones de violación de derechos humanos contra personas opositoras o percibidas como tales, que incluye a personas defensoras de los derechos humanos que se atreven a criticar, denunciar o a protestar por decisiones o políticas del Gobierno».

En este período, el 1 de marzo de 2024, la Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional confirmó la autorización para que la Fiscalía reanude la investigación sobre crímenes de lesa humanidad.

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