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Aumenta la falsa causa de necesidad entre algunos propietarios para recuperar su vivienda

Esta práctica impide las prórrogas obligatorias a las que tienen derecho los inquilinos

Aumenta la falsa causa de necesidad entre algunos propietarios para recuperar su vivienda

Piso en alquiler. | Europa Press

La incertidumbre lleva varios años instalada en el sector del alquiler. Y con ella están aumentando las tácticas irregulares entre algunos propietarios para intentar esquivar los controles de precios impuestos o recuperar su inmueble para la venta. Así lo reconocen a THE OBJECTIVE algunas fuentes del sector, entre ellas la Agencia Negociadora del Alquiler, que ha detectado hasta dos prácticas irregulares que están utilizando o intentando utilizar algunos arrendadores relacionadas con la causa de necesidad para impedir las prórrogas obligatorias a las que tienen derecho los inquilinos en los arrendamientos de viviendas.

Según el abogado José Ramón Zurdo, su origen deviene de la deficiente regulación que hace la LAU al regular en su artículo 9-3 la causa de necesidad. Este artículo dice lo siguiente: «Si transcurridos tres meses a contar de la extinción del contrato o, en su caso, del efectivo desaloje de la vivienda, no hubiera procedido el arrendador o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial a ocupar esta por si, según los casos, el arrendatario podrá optar, en el plazo de treinta días, entre ser repuesto en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo periodo de hasta cinco años».

«Hay directamente propietarios que nos están preguntando por esta posibilidad o inquilinos que nos cuentan que lo están sufriendo y nos piden consejo», reconoce Zurdo en conversación con THE OBJECTIVE. Esta agencia, que gestiona los alquileres tanto con los inquilinos como los propietarios, también vende casas arrendadas, una práctica cada vez más habitual. En este último caso es donde están observando la primera práctica irregular en este sentido.

Dos tácticas irregulares

Consiste en adquirir una vivienda arrendada con el único propósito de, una vez subrogado el comprador en el contrato, alegar una necesidad para desvirtuar las prórrogas de los inquilinos. Según explica el abogado, cuando un arrendador vende la vivienda arrendada, la Ley protege a los inquilinos de dos maneras: por un lado ofreciéndoles un derecho de adquisición preferente sobre la vivienda que se quiere vender, –salvo que se hubiere renunciado a él en el contrato– y por otro, con la obligación de que el nuevo comprador respete el contrato en alquiler vigente hasta su finalización (prórrogas obligatorias incluidas).

Sin embargo, si el comprador alega tras la compra una causa de necesidad puede recuperar anticipadamente la vivienda arrendada en perjuicio de los inquilinos. Es decir, si el nuevo propietario alega que necesita la vivienda para que viva un familiar en primer grado de consanguinidad –o por adopción o su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial–, los inquilinos tienen que desalojar la vivienda.

Esta manera de actuar, según Zurdo, eliminaría, en caso de venta, el derecho a la prórroga obligatoria que tuvieran los inquilinos sobre la vivienda arrendada, teniendo que abandonarla antes de su vencimiento. Una táctica utilizada cada vez más, según el experto para, tras vivir en ella tres meses, alquilarla de nuevo a un mayor precio. La otra práctica irregular para recuperar las viviendas arrendadas consiste en alegar directamente una ‘falsa’ causa de necesidad para desalojar a los inquilinos. El propietario –o familiar–, tras supuestamente residir en la vivienda durante cuatro o cinco meses, luego decide venderla o alquilarla de nuevo a un precio mayor.

¿Qué puede hacer el inquilino?

Cabe destacar que esta práctica es legal si realmente cumple con las condiciones y se usa para el fin que persigue. Sin embargo, hecha la ley hecha la trampa. La creciente normativa en torno al alquiler y la deficiente regulación que hace la LAU, según Zurdo, está haciendo que algunos propietarios encuentren el «agujero» en el sistema para desvirtuar las prórrogas lo que está perjudicando a los inquilinos.

En este sentido, según explica a este diario, la única defensa que tendrían los inquilinos para dirigirse contra los arrendadores que actúan de esta manera es acreditar una conducta fraudulenta realizada con el fin de resolver anticipadamente los arrendamientos, pero muchas veces ya fuera de las viviendas, «no les es fácil acreditarlo o por costes judiciales no les interesa hacerlo». 

Inseguridad jurídica

Estas son unas prácticas que, a ojos del abogado, demuestran la situación actual en el sector de los arrendamientos y «la inseguridad jurídica» que hay. «Es un tema muy confuso. Nos sucede a nosotros que nos dedicamos a esto, imagina a particulares. Se cometen una serie de barbaridades con las que nosotros alucinamos», reconoce. Es una situación que sucede porque en este momento están conviviendo hasta «siete legislaciones diferentes en el sector».

«Hay incertidumbre e inseguridad», destaca, debido a que España tiene muchas leyes que carecen de «técnica legislativa. Se regulan cosas rápidamente por una serie de motivos ideológicos y se queda abierto ahí».

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